Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vivienda

2 Comentarios
 
22/07/2003 18:57
Totalmente de acuerdo con mi compañera.
Es más la atribución del uso del piso por lo general se realiza al bien más necesitado de protección que son los hijos. Lógicamente quien se quede con la custodia, se quedará en el piso. Pero si ahora ya tiene otro piso, el mismo no puede ser utilizado para un negocio profesional

Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
22/07/2003 17:36
Entiendo que cuando mediante la sentencia de divorcio le atribuyen el piso a tu ex esposa es porque era el domicilio conyugal y era el interés más necesitado de protección. En consecuencia, no pueden montar un salón de belleza en el mismo dado que la atribución del piso se hizo en su día con un fin y no para beneficiarse ahora montando un negocio.
En consecuencia, yo instaría una modificación de medidas por cuanto han cambiado las circunstancias y en este caso tu ex y tu hija ya no residen en el domicilio que se les atribuyó.
Espero haber sido de ayuda.
mariaulibarrena@ole.com
Vivienda
22/07/2003 12:08
Hace 7 años que me divorcie, el piso en el que viviamos lo compre varios años antes de contraer matrimonio en la sentencia de divorcio se lo adjudican a mi hija y a la madre que tiene la custodia, ahora se ha marchado del piso (con su novio) y pretende poner en el mismo un salon de belleza, mi pregunta es si eso es posible, o de lo contrario puedo reclamar lo que creo que me pertenece.
Muchas gracias
Vivienda | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vivienda

2 Comentarios
 
22/07/2003 18:57
Totalmente de acuerdo con mi compañera.
Es más la atribución del uso del piso por lo general se realiza al bien más necesitado de protección que son los hijos. Lógicamente quien se quede con la custodia, se quedará en el piso. Pero si ahora ya tiene otro piso, el mismo no puede ser utilizado para un negocio profesional

Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
22/07/2003 17:36
Entiendo que cuando mediante la sentencia de divorcio le atribuyen el piso a tu ex esposa es porque era el domicilio conyugal y era el interés más necesitado de protección. En consecuencia, no pueden montar un salón de belleza en el mismo dado que la atribución del piso se hizo en su día con un fin y no para beneficiarse ahora montando un negocio.
En consecuencia, yo instaría una modificación de medidas por cuanto han cambiado las circunstancias y en este caso tu ex y tu hija ya no residen en el domicilio que se les atribuyó.
Espero haber sido de ayuda.
mariaulibarrena@ole.com
Vivienda
22/07/2003 12:08
Hace 7 años que me divorcie, el piso en el que viviamos lo compre varios años antes de contraer matrimonio en la sentencia de divorcio se lo adjudican a mi hija y a la madre que tiene la custodia, ahora se ha marchado del piso (con su novio) y pretende poner en el mismo un salon de belleza, mi pregunta es si eso es posible, o de lo contrario puedo reclamar lo que creo que me pertenece.
Muchas gracias