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vivo en comunidad, en un bajo con terraza de uso privativo

2 Comentarios
 
Vivo en comunidad, en un bajo con terraza de uso privativo
29/04/2022 14:13
Buenas, vivo en comunidad, en un bajo con terraza de uso privativo, (250m), la vivienda tiene dos salidas paralelas a la terraza, cocina y salón. Por esas salidas quiero poner algo que me dé cobijo e intimidad. He pensado en un porche de madera o en una pérgola. De lo que tengo duda es que permiso debo pedir a la comunidad de vecinos y al ayuntamiento. Podrían asesorarme ? Gracias y saludos
29/04/2022 14:47
Por regla general,esas terrazas son de uso privativo, es decir, no son de su propiedad sino de la comunidad, aunque usted la tiene por destino como uso y disfrute, y por ello tiene usted la obligación de mantenla en buenas condiciones, (limpieza, pintura, etc...). Esto se lo digo por si no lo sabe, aunque su administrador debería informarle de esto.
Dicho lo anterior le digo que, ya que no es suya esa terraza (casi con seguridad) no puede usted poner lo que usted quiera sin el consentimiento del resto de propietarios y por unanimidad, ya que podría ser denunciado por usurpación de zonas comunes por alguno de sus vecinos. Por ello, lo sensato es que en la próxima reunión lo traten en la junta exponiendolo en el orden del día y que se vote. No sería el primer caso de que después de hacer un gasto, lo han tenido que quitar todo. También le sugiero que, lo que ponga, no esté anclado al suelo, ya que además de poder generar filtraciones, cabe la posibilidad de que por motivos de obras en la fachada de la comunidad, se tengan que poner andamios y lo que usted haya puesto, moleste y lo tenga que retirar.
Otra cuestión es si esa terraza da a la calle o un parió interior. Sí es esto último no hay mucho problema, pero si da a la calle, hay que mantener una configuración con la fachada, no se puede alterar.
29/04/2022 15:01
Si lo que va a poner no va anclado a suelo o pared, no necesita permisos.
Si fuese ancldo, necesita permiso del ayuntamiento y el de los 3/5:de todos los propietarios, sin tener en cuenta el presunto voto del ausente. Segun lo estipulado en los arts. 10.3.b y 17.8
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Vivo en comunidad, en un bajo con terraza de uso privativo
29/04/2022 14:13
Buenas, vivo en comunidad, en un bajo con terraza de uso privativo, (250m), la vivienda tiene dos salidas paralelas a la terraza, cocina y salón. Por esas salidas quiero poner algo que me dé cobijo e intimidad. He pensado en un porche de madera o en una pérgola. De lo que tengo duda es que permiso debo pedir a la comunidad de vecinos y al ayuntamiento. Podrían asesorarme ? Gracias y saludos
29/04/2022 14:47
Por regla general,esas terrazas son de uso privativo, es decir, no son de su propiedad sino de la comunidad, aunque usted la tiene por destino como uso y disfrute, y por ello tiene usted la obligación de mantenla en buenas condiciones, (limpieza, pintura, etc...). Esto se lo digo por si no lo sabe, aunque su administrador debería informarle de esto.
Dicho lo anterior le digo que, ya que no es suya esa terraza (casi con seguridad) no puede usted poner lo que usted quiera sin el consentimiento del resto de propietarios y por unanimidad, ya que podría ser denunciado por usurpación de zonas comunes por alguno de sus vecinos. Por ello, lo sensato es que en la próxima reunión lo traten en la junta exponiendolo en el orden del día y que se vote. No sería el primer caso de que después de hacer un gasto, lo han tenido que quitar todo. También le sugiero que, lo que ponga, no esté anclado al suelo, ya que además de poder generar filtraciones, cabe la posibilidad de que por motivos de obras en la fachada de la comunidad, se tengan que poner andamios y lo que usted haya puesto, moleste y lo tenga que retirar.
Otra cuestión es si esa terraza da a la calle o un parió interior. Sí es esto último no hay mucho problema, pero si da a la calle, hay que mantener una configuración con la fachada, no se puede alterar.
29/04/2022 15:01
Si lo que va a poner no va anclado a suelo o pared, no necesita permisos.
Si fuese ancldo, necesita permiso del ayuntamiento y el de los 3/5:de todos los propietarios, sin tener en cuenta el presunto voto del ausente. Segun lo estipulado en los arts. 10.3.b y 17.8