Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Wi-Fi

6 Comentarios
 
Wi-fi
20/01/2006 01:13
Hola:

Advierto de antemano que no tengo muchos conocimientos de informática.

Mi duda es:

Si A, mediante Wi-Fi, se conecta a Internet a través de la red inalámbrica de B.
Si B se descarga, por ejemplo, pornografía infantil.

¿Puede verse, en principio, implicado A en los actos de B?

¿Y a la inversa?

Muchas gracias de antemano y saludos a todos.
20/01/2006 10:09
Entiendo que el culpable se determinará por el ordenador.
Más problemático sería si dos personas utilizan el mismo ordenador, pero si son diferentes, es sencillo saber qué ordenador produjo la descarga.
20/01/2006 10:11
Muchas gracias, Eurozas. Un saludo.
27/01/2007 16:05
Estimada Sra.:

Valga la redundancia para hacerle constar que, según mi casquivano entender, al pertenecer la línea wifi al teléfono X en concreto, las primeras pistas nos llevarán al teléfono que descarga el emolumento en especial.

No oxtante, hacerle constar mis disciplinas acerca de que entiendo asimesmo, que en un disco duro se puede investigar el archivo existente e in cluso el borrado, por lo que se podrá exonerar arrapazmente al propietario del ordenador en el que no haya aparecido el archivo en concreto.

De este modo, con la teknología logística existente, se podría incluso ver desde donde se "chupa" el archivo.

Por otro lado, le expongo con los dedos de mis manos que lo que figura en internet es la IP (dirección del ordenador) y me embarga que pienso que la IP no es la misma, por lo que no sepreoupe por lo demás.

Gracias por escucharme.
27/01/2007 16:36
Muchas gracias, D. Guarroman, sobre todo por su celeridad.

Ahora me queda más claro, si cabe. De nada.
28/01/2007 02:14
Srta. Ana vaya por delante que el mundo de la informática es para mi tan misterioso e incomprensible, como el locuaz texto de guarroman.

Las conexiones inhalambricas comunes disponen de una serie de medidas de seguridad, basadas básicamente en la utilización de contraseñas, cortafuegos, y antivirus.

No obstante, todavía queda mucha gente que por desconocimiento no protege sus equipos, y los mantiene en una red abierta accesible a cualquier persona que desde un ordenador portátil se encuentre en el radio de acción de la red inhalámbrica.

De hecho, yo mismo aunque poseo una red alambrica de las normales, mi ordenador desde el que estoy operando, de vez en cuando, detecta una red abierta, desde la cual podría sin problema conectarme.


Problemas de A y B. Siempre. Es decir, la IP que menciona Guarroman, es la que un servidor "H" fija a un determinado usuario en un momento concreto de conexión (dado que la misma puede ser fija -lineas ADSL por ejemplo, o variable, e incluso puede ser enmascarada, etc).

Cuando esta linea se halla abierta el IP identifica esa linea, pero no el ordenador. Es decir, si bajamos un archivo, la IP nos va a decir que linea física tiene adjudicada, pero no, en el caso de las conexiones WIFI, quien la está utilizando.

Problemas, en un primer momento siempre, dado que si bajamos desde esa red pornografía, en esa fase de investigación, el primero en responder es el usuario de la linea. Consecuencia lógica, se queda sin ordenador hasta que se realice un examen forense del mismo, y quede acreditado que ese PC no fue el destinatario del archivo ilícito. En la práctica y con los avances informáticos, es posible que cuando le sea restituído a su poseedor, se haya convertido en otro dinosaurio informático como el que yo tengo.

Cada vez es más usual que este tipo de redes en abierto, se utilicen para la comisión de estafas, distribución o captación de pornografía infantil y otros menesteres. Aunque, como siempre debemos hablar de prueba para la condena, lo cierto es que a priori, resulta gravoso que llegue la policía a tu domicilio, te acuse de pederasta y se lleve tu ordenador. Conclusión: el usuario habilitado de la línea siempre se verá implicado (aunque, puede que no condenado)
28/01/2007 12:13
Muchas gracias, Vulpes.
Wi-Fi | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Wi-Fi

6 Comentarios
 
Wi-fi
20/01/2006 01:13
Hola:

Advierto de antemano que no tengo muchos conocimientos de informática.

Mi duda es:

Si A, mediante Wi-Fi, se conecta a Internet a través de la red inalámbrica de B.
Si B se descarga, por ejemplo, pornografía infantil.

¿Puede verse, en principio, implicado A en los actos de B?

¿Y a la inversa?

Muchas gracias de antemano y saludos a todos.
20/01/2006 10:09
Entiendo que el culpable se determinará por el ordenador.
Más problemático sería si dos personas utilizan el mismo ordenador, pero si son diferentes, es sencillo saber qué ordenador produjo la descarga.
20/01/2006 10:11
Muchas gracias, Eurozas. Un saludo.
27/01/2007 16:05
Estimada Sra.:

Valga la redundancia para hacerle constar que, según mi casquivano entender, al pertenecer la línea wifi al teléfono X en concreto, las primeras pistas nos llevarán al teléfono que descarga el emolumento en especial.

No oxtante, hacerle constar mis disciplinas acerca de que entiendo asimesmo, que en un disco duro se puede investigar el archivo existente e in cluso el borrado, por lo que se podrá exonerar arrapazmente al propietario del ordenador en el que no haya aparecido el archivo en concreto.

De este modo, con la teknología logística existente, se podría incluso ver desde donde se "chupa" el archivo.

Por otro lado, le expongo con los dedos de mis manos que lo que figura en internet es la IP (dirección del ordenador) y me embarga que pienso que la IP no es la misma, por lo que no sepreoupe por lo demás.

Gracias por escucharme.
27/01/2007 16:36
Muchas gracias, D. Guarroman, sobre todo por su celeridad.

Ahora me queda más claro, si cabe. De nada.
28/01/2007 02:14
Srta. Ana vaya por delante que el mundo de la informática es para mi tan misterioso e incomprensible, como el locuaz texto de guarroman.

Las conexiones inhalambricas comunes disponen de una serie de medidas de seguridad, basadas básicamente en la utilización de contraseñas, cortafuegos, y antivirus.

No obstante, todavía queda mucha gente que por desconocimiento no protege sus equipos, y los mantiene en una red abierta accesible a cualquier persona que desde un ordenador portátil se encuentre en el radio de acción de la red inhalámbrica.

De hecho, yo mismo aunque poseo una red alambrica de las normales, mi ordenador desde el que estoy operando, de vez en cuando, detecta una red abierta, desde la cual podría sin problema conectarme.


Problemas de A y B. Siempre. Es decir, la IP que menciona Guarroman, es la que un servidor "H" fija a un determinado usuario en un momento concreto de conexión (dado que la misma puede ser fija -lineas ADSL por ejemplo, o variable, e incluso puede ser enmascarada, etc).

Cuando esta linea se halla abierta el IP identifica esa linea, pero no el ordenador. Es decir, si bajamos un archivo, la IP nos va a decir que linea física tiene adjudicada, pero no, en el caso de las conexiones WIFI, quien la está utilizando.

Problemas, en un primer momento siempre, dado que si bajamos desde esa red pornografía, en esa fase de investigación, el primero en responder es el usuario de la linea. Consecuencia lógica, se queda sin ordenador hasta que se realice un examen forense del mismo, y quede acreditado que ese PC no fue el destinatario del archivo ilícito. En la práctica y con los avances informáticos, es posible que cuando le sea restituído a su poseedor, se haya convertido en otro dinosaurio informático como el que yo tengo.

Cada vez es más usual que este tipo de redes en abierto, se utilicen para la comisión de estafas, distribución o captación de pornografía infantil y otros menesteres. Aunque, como siempre debemos hablar de prueba para la condena, lo cierto es que a priori, resulta gravoso que llegue la policía a tu domicilio, te acuse de pederasta y se lleve tu ordenador. Conclusión: el usuario habilitado de la línea siempre se verá implicado (aunque, puede que no condenado)
28/01/2007 12:13
Muchas gracias, Vulpes.