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Acta de notoriedad y expediente de dominio

6 Comentarios
 
07/02/2013 09:19

vamos a ver, tengo un caso acerca de falta de 1/2 del dominio de titularidad registral, por haberse paralizado el tracto sucesivo entre herederos de esa 1/2 restante, por lo demas, aparece en el catastro la plena titularidad, y existen documentos ( transmisiones de dominio mediante escrituras testamentariasde hace mas de 30 años que no fueron inscritas en su momento), pudiendo posibilitar la reanudacion del tracto mediante acta de notoriedad. El problema que veo, es que a veces el Registrador se niega a registrar sin el expediente de dominio, osease que el acta de notoriedad es mas barata y mas rapida, pero a veces da mas problemas, con sentencia judicial no se oponen nunca. A ver que os parece, a ver si me pudieras dar otro punto de vista.
28/12/2010 10:17
Busca donde puedas los lindes de las fincas segregadas y toda la informacion que puedas.
10/12/2010 00:13
me he explicado mal, de la finca rustica inscrita tal cual en el registro, se segregó por el titular un solar que adquirio mi cliente a traves de contrato privado. esto ocurrio en 1980, actualmente esta zona a pasado a zona urbana, y lo que pretendemos es escriturar el solar
09/12/2010 18:22
DCCANUELO: cuando dices que la finca está inscrita ... te refieres al Registro de la Propiedad ? si es así, eso se contradice con la inmatriculación. si está inscrita pro 1ª vez a nombre de alguien, está "matriculada", por lo tanto, inscrita ya. Si a lo que te refieres es que está a nombre de "alguien" en el catastro.. puede ser que esté pendiente de inmatriculación. Además ficna rústica ahora urbana... tiene que haber algún papel justificativo por medio...
09/12/2010 12:25
Buenos días compañeros, os planteo el caso:
Finca rustica INscrita, de la que mi cliente adquirio por contrato privado solar segregado de la misma. Mi pregunta es si podría utilizar un expediente de dominio (o acta de notoriedad) para inmatricular el solar, que actualmente esta en suelo urbano. gracias
14/09/2009 12:34
Habida cta de q el acta de notoriedad se tramita por notario competente y el expediente de dominio por el juzgado, le recomiendo q 1º se informe en uno o varios notarios sobre la mejor opción (la consulta es gratis) y luego, si quiere, consulte con uno o varios abogados (aqui ya se tiene q pagar), previo presupuesto por escrito.
Acta de notoriedad y expediente de dominio
11/09/2009 19:37
Hola a todos, tengo dudas sobre que medio utilizar para la reanudación de tracto sucesivo, pues como pueden saber existen que yo sepa dos formas, EL ACTA DE NOTORIEDAD Y EL EXPEDIENTE DE DOMINIO. Los requisitos son muy parecidos, por lo que me gustaría si alguno de ustedes tiene tiempo y conocimientos sobre el tema, me comentara cuales son los pros y los contras de uno u otro medio, por cual obtarían y porque, GRACIAS ( HABLAMOS DE HEREDEROS, DONDE SE HA ROTO EL TRACTO SUCESIVO)