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Ayudas mayores de 52 años

7 Comentarios
 
Ayudas mayores de 52 años
16/07/2011 15:08
Mi mujer trabaja y cobra 1150 € en bruto y yo estoy en el paro tengo 56 y 1/2 años y termino de cobrar el paro en Junio de 2013¿En estas condiciones y llegado el momento tendre derecho al subsidio para mayores de 52 años?y poder jubilarme a los 61 años tengo 42 años de cotizacion.
Creo que supero el SIM ""Puede existir la posibilidad de una separacion para que no compute mi mujer o seria mejor hacer una saparacion de bienes,viviendo en la misma vivienda que es en propiedad.
Espero vuestra respuesta Gracioas

El cierre de la empresa se produjo el 26 de Mayo de 2011 estoy en un ERE
16/07/2011 15:13
Para el subsidio mayores de 52 años no se exige el requisito de responsabilidades familiares ni se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar, sólo las del solicitante. Ahora bien, si te encuentras en una situación difícil desde el punto de vista matrimonial, tal vez puedas alegar a tu pareja que te tienes que separar para cobrar el subsidio. Saludos.
16/07/2011 20:27
Si, como parece, tienes derecho al subs. 52 a. y tienes más de 30 a. cotizados, cuando tengas 61 a. tienes derecho a la jubilación anticipada.
Te darán un porcentaje del 76% de tu base reguladora, que es el promedio de los últimos 15 a., o sea, desde los 46a (de edad) hasta tus 61.
Estate atento a la reforma de pensiones, que entrará en vigor a partir del 2013. Es de suponer que dicha reforma mantenga, para quien está en tu situación, la legislación actual, que es la que he empleado para contestar tu pregunta.
16/07/2011 21:16
Muchas gracias por la rapidez en contestar,si me hacen un contrato en otra empresa de unos 5 o 6 meses,puesto que en la que estaba hera una Cooperativa de tres socios se cerro en 2011 por falta de trabajo no perdere el derecho a jubilarme a los 61 por motivos de crisis,segun el anteproyecto de ley nuevo.
Siempre las cotizaciones son en el regimen general
Gracias de antemano.
17/07/2011 01:15
Difícil respuesta, por no decir imposible, la que haces acerca de la jubilación por motivos de crisis del anteproyecto.
Con la legislación actual en la mano, como te decía antes, si te hacen un nuevo contrato el cese ha de ser involuntario. Has de provenir de un cese involuntario para acceder a la jubilación de los 61 a.
Se me olvidó preguntarte si tienes condición de mutualista (haber cotizado al R.g. antes de 01-01-1967) pues en ese caso siempre tendrás derecho a jubilarte a partir de los 60 a.
17/07/2011 13:02
No soy Mutualista,el cierre de la empresa fue el 26 de Mayo de 2011 y el anteproyecto de ley dice:
Para poderse prejubilar a los 61 años, el cese en el trabajo tiene que ser como consecuencia de una situación de crisis o cierre de la empresa que impida objetivamente la continuidad de la relación laboral. A estos efecto, las causas de extinción del contrato de trabajo que podrán dar derecho al acceso a esta modalidad de jubilación anticipada serán las siguientes:

El despido colectivo por causas económicas autorizado por la autoridad laboral, conforme al artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.

El despido objetivo por causas económicas, conforme al artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores.

La extinción del contrato por resolución judicial, conforme al artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

La muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, o la extinción de la personalidad jurídica del contratante.

La extinción del contrato de trabajo motivada por la existencia de fuerza mayor.
Pero poco lo entiendo,ahora estoy en un ERE y me an propuesto un contrato en otra empresa de 5 o 6 meses
pero ya no se si se como se considerara la extincion del contrato.
Saludos


19/07/2011 00:00
Me gustaría ver ese anteproyecto del que sacas toda esa información, porque no coincide con el que yo tengo......
19/07/2011 13:33
como no puedo ponerte el texto completo te envio el enlace :http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/01/31/anteproyecto-de-ley-de-reforma-de-la-pension-de-jubilacion-2011/
Espero que me puedas aconsejar puesto que el posible contrato para un determinado trabajo se puede firmar para despues del verano.
Gracias Luis