Supongo que te estás refiriendo al comité intercentros. Sólo por convenio colectivo puede pactarse la constitución y funcionamiento de un comité intercentros. Por lo tanto, el funcionamiento del mismo debe estar recogido en el convenio colectivo que crea y sostiene este comité intercentros.
La pregunta debe ir dirigida a la Comisión de Seguimiento del Convenio aplicable o a los sindicatos firmantes del mismo. Y lo más normal es que los desplazamientos y la manutención vaya con cargo a la empresa. En el caso de que no esté recogido el tema es cuestión de reivindicarlo a la empresa.
Cuando se haya convocado reunión ordinaria del comité, debe la empresa abonar los gastos de desplazamiento de los miembros que deban desplazarse desde otras provincias?