¿Puede un trabajador que inicia ejecución judicial de sentencia firme de condena de cantidad líquida a pagar por parte de una empresa, reclamar el 30% adicional a esa cantidad objeto de condena, en concepto de intereses, costas y gastos de la ejecución? Se sirve de un graduado social y el objeto de la condena es de 23.000 euros, pide 6900 euros más. Gracias y saludos.
La LPL dice que salvo que se disponga otra cosa motivadamente, los intereses de demora y costas no excederán para los primeros del importe de los que se devengarían durante un año y para las costas del 10 %. Por tanto, el graduado social ha puesto esa cantidad por si acaso y ha colado. Lo que ocurre ahora es que no habrá otra forma de pedir que se rectifique sino con la oposición a la ejecución. En el caso expuesto han pedido el 30 % del principal.