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Empleada de hogar interna

10 Comentarios
 
29/02/2012 10:36
Yo no se a vosotros pero a mi me sale que esta pregunta la han leido 39.176 foreros y que es del año 2004.
Suelo estar espeso por las mañanas.
26/02/2012 23:40
pepdomestico

se te ve el plumero...
26/02/2012 19:15
Debo añadir que la empleada de hogar interna debe tener un dia y medio de fiesta a la semana.Tambien tienes la posibilidad de contratar los servicios de una empleada de hogar para el cuidado de personas mayores por agencia, ellos te gestionan los contratos y los papeleos, te dejo la que me lleva ami el personal domestico, un saludo
http://www.cangurin.com/servicios/empleadas-hogar-zaragoza.html
18/11/2011 21:18
Franbour, una esposa no es una empleada de hogar, aunque muchas veces lo parezca.
Todo el mundo trabaja más de 8 horas diarias, sobre todo si tiene hijos, porque, cuando termina su jornada laboral (los que tienen trabajo) empieza la "jornada doméstica": limpieza, compra, cocina, cuidado de los hijos...
A ver si no confundimos las cosas.
Respecto a la consulta de Lds, no puedo aportar nada. Siento haberme metido aquí, pero hay algunas cosas que no puedo evitar contestar.
18/11/2011 14:26
Tengo una empleada de hogar desde el 19 septiembre de este año, ¿que porcentaje de la paga extra de navidad le corresponde?
18/07/2011 01:40
¿cómo medir el tiempo de trabajo efectivo?
Se trata de una persona con discapacidad que necesita ayuda para casi todo. La empleada de hogar tiene una habitación al lado y de vez en cuando tiene que intervenir para llevarle al baño, coger al telefono o traer un vaso de agua, etc. ¿cómo medir el tiempo de trabajo efectivo?
18/02/2010 10:14
¡Anda! Yo tengo 6 hijos y mi mujer trabaja mucho más de 12 horas diarias. No tiene 10 horas entre jornada y jornada. Las dos horas de las comidas principales las pasa trabajando -a la vez que come-. Y si en algún momento termina su jornada de trabajo, sí que está obligada a permanecer el hogar familiar.
Quizás el tema del trabajo y lo que se pueda pedir a un trabajador esté relacionado con lo que Ud. le dé a cambio: un trato como realmente se merece una persona, un reconocimiento a su trabajo, un sueldo suficientemente alto, el cariño correspondiente al trabajo realizado.
06/10/2004 16:59
Te transcribo el artº 7 del Texto mencionado:
Uno.- La jornada máxima semanal de carácter ordinario será de 40 horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudieran acordarse entre las partes. El horario será fijado libremente por el titular del hogar familiar, sin que en ningún caso las horas ordinarias de trabajo efectivo al día puedan exceder de nueve. Entre una y otra jornada deberá mediar un mínimo de diez horas, si el empleado de hogar no pernocta en el domicilio, y de ocho horas, en caso contrario. El empleado interno dispondrá de al menos dos horas para las comidas principales, y este tiempo no se computará como trabajo.
Una vez concluida la jornada de trabajo diaria, y, en su caso, el tiempo de presencia pactado, el empleado no está obligado a permanecer en el hogar familiar.

Saludos,
perfil Lds
06/10/2004 13:16
Sí pero una persona interna se supone su jornada laboral de 40 horas o de 24 h al día . Gracias
06/10/2004 11:47
Hola:
La relación laboral de las empleadas de hogar se regula por lo establecido en el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, cuyo artº 6 establece “El Salario Mínimo Interprofesional, fijado anualmente por el Gobierno, es aplicable en el ámbito de esta relación laboral especial, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el ordenamiento laboral común; dicho salario mínimo se entiende referido a la jornada de trabajo completa a la que se refiere el artículo 7, uno, de este Real Decreto, percibiéndose a prorrata si se realizase una jornada inferior”.
Dicho salario mínimo es en la actualidad de 490,80 Euros més, y se corresponderá con 40 horas de trabajo efectivo a la semana. Igualmente tienen derecho a dos gratificaciones extraordinarias por importe de 15 dias cada una de ellas. En los casos de prestación de servicios con derecho a prestaciones en especie, como alojamiento o manutención, se podrá descontar por tales conceptos el porcentaje que las partes acuerden, sin que de la suma de los diversos conceptos pueda resultar un porcentaje de descuento superior al 45 por 100 del salario total.

En relación al importe de Seguridad Social y a partir del 1 de julio la base de cotización es de 572,70 euros/mes y El tipo de cotización del 22 %, del cual corresponde un 18,3 % al cabeza de familia y un 3,7 % al trabajador.

Saludos,
Empleada de hogar interna
perfil Lds
06/10/2004 11:03
Necesito saber cual es el sueldo mínimo de una empleada de hogar interna (para cuidar de una ancianita) y que importe se paga de seguridad social. muchas gracias