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Incapacidad total absoluta revisable

2 Comentarios
 
25/02/2011 11:54
Hola, soy un enfermo físico y psíquico. Tengo una pensión total permanente para mi anterior profesión. Estoy de juicio con la S.S porque en primera instancia no me concedió la total absoluta, por eso tengo recirrido el caso. La cuestión es que los putos médicos dicen una cosa y escriben (cuando escriben) otra. Estoy operado de cervicales desde 2002 y no quedé bien y por eso me dejaron el 55% pero con el tiempo se ha agravado esta situación porque hay estenosis de canal. Físicamente hay otras hernias discales en lumbares. Y sicológicamente llevo en tratamiento siquiátrico desde 2006 creo recordar. He ingresado tres veces en el siquiátrico de Toledo, la última entre finales de 2010 y principio de 2011. En esta última, pedí el alta voluntaria por culpa de la ley antitabaco, y la doctora que me la dio ni siquiera leyó mi informe, de hecho, durante casi quince días no me vio ningún médico por las fiestas. Lo curioso es que "copia" el informe del ingreso anterior y es eso lo que me da. Yo creo que eso es falsedad en documento público, pero siempre será su palabra contra la mía. He sido diagnosticado sucesivamente como bipolar, ciclotimia y distimia. Todo esto estando yo en una profunda depresión que me dura ya diez años. Varios médicos, varios diagnósticos, el mismo enfermo.
Quisiera saber si tengo posibilidades de conseguir la absoluta, además de por el cuadro físico por el siquiátrico. ¿Qué diagnóstico mínimo sería necesario en siquiatría que pese lo suficiente? Además, ¿hay casos parecidos que han sentado jurisprudencia? ¿O, eso depende también de la Comunidad Autónoma en la que se resida?
Muchas gracias anticipadas.
22/10/2010 12:37
Así es. Todas son revisables hasta la edad de jubilación.
Incapacidad total absoluta revisable
22/10/2010 04:07
Hola que tal a todos.
Mi pregunta es la siguiente: Si en una situacion de un trabajador la Inspecion Medica Resuelve darle una incapacidad total abslotuta revisable, si en un periodo no superior de dos años, tuviera la gran suerte de tener una recuperacion, y la Inspecion medica le da el alta, es decir, resuelve que esta acto para trabajar, tiene la empresa la obligacion de admitir al trabajador en su puesto de trabajo que estaba desempeñando.
Han comentado, que segun el estatuto de los trabajores, que si antes de transcurrir un plazo de dos años, ocurriese, o se dara esta situacion, la empresa tiene la obligacion de admitir al trabajador en su puesto de trabajo, si es antes de transcurran el plazo de los dos años, contado como fecha inicial, la fecha en que obtuvo el trabajador la Resolucion de una Incapacidad total absoluta revisable.
Esperando que tengais alguna informacion sobre estas situaciones. Un Saludo