Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Jubilacion anticipada autonomos

4 Comentarios
 
Jubilacion anticipada autonomos
17/05/2007 11:15
Hola a tod@s quisiera saber si alguien sabe o a escuchado algo sobre si las personas Autonomas se pueden jubilar antes de los 65 años. Creo haber oido algo y la verdad es que estoy muy muy interesado.
17/05/2007 12:47
De momento,nada.A no ser que la nueva reforma para los autónomos que sacará proximamente el Sr.Caldera tenga esto en cuenta.......
19/05/2007 00:28
Hola.
Yo creo que sí que existe la jubilación anticipada para los autónomos, pero eso sí, sólo en algunos casos y con unos requisitos.
No tengo delante la ley pero creo recordar que eran:
- Tener la condición de mutualista antes del 01-01-1967. Que quiere decir más o menos haber cotizado en el Régimen General al menos 1 día amtes del 01-01-1.967.
- Tener la 1/4 de las cotizaciones en el Régimen General (no sé si sólo el Régimen General o cualquier otro que reconozca la jubilación anticipada, desde luego el de autónomos no).
Me parece que si tienes más de 30 años cotizados vale con tener 5 años en el Régimen General.
- Por cada año de anticipación se descuenta un 8%.

Lo estoy diciendo de memoria, pero sí que estoy seguro que un autónomo se puede jubilar anticipadamente, pero con estos requisitos. Me parece que no me olvido ninguno.
Otra cosa es que al autónomo le compense o no, porque eso ya depende de cada caso. Lo digo por el descuento del 8% por cada año de anticipación.
Saludos.
19/05/2007 02:20
Correcto todo lo apuntado por FORITO07.

Lo que no se contempla es la jubilación protegida a los 64 alos (100 %).

En cuanto a la reforma, es inminente. Se aprobó en el Congreso el 10 de mayo pasado. En el art. 26.4 dirá: "en atención a la naturaleza tóxica, peligrosa o penosa de la actividad ejercida, y en los términos que reglamentariamente se establezcan, los trabajadores autónomos afectados que reúnan las condiciones establecidas para causar derecho a la pensión de jubilación, con excepción de la relativa a la edad, podrán acceder a la jubilación anticipada, en los mismos supuestos y colectivos para los que esté establecido dicho derecho respecto de los trabajadores por cuenta ajena."

Un último apunte: en las jubilaciones anticipadas el descuento del 8% por año de anticipación se aplica sobre la base reguladora teórica (aunque tal base sea superior a la pensión máxima). Por eso hay casos en los que el (afortunado) pensionista, al tener una base muy superior a la pensión máxima, aún con las reducciones termina cobrando esa pensión máxima, por lo que sí que le interesa la jubilación anticipada. No suele ser el caso de los autónomos.
25/08/2008 23:35
Hola.
Me he jubilado este año a los 60, sin saber que podia haberlo hecho por invalidez ya que achaques no me faltan.
Pregunta puedo solicitar ahora la invalidez, pues tengo reconocido recientemente el 66% de minusvalia.