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La custodia compartida no puede ser excepional.

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18/12/2011 22:21
El PSC quiere impulsar la custodia compartida

18/dic

EL DÍA, S/C de Tenerife

El grupo parlamentario socialista informó ayer, en una nota, de que la diputada Rosa Guadalupe Jerez pedirá a la Cámara Autonómica mediante una proposición no de ley que inste al Gobierno regional a dirigirse al Ejecutivo central para analizar las modificaciones legales necesarias en relación a la custodia compartida en los procedimientos de separación y divorcio mediante una ponencia de estudio. Busca así priorizar la defensa del "interés superior" del menor y el derecho de los hijos a disfrutar de una adecuada relación con sus padres. El PSOE pretende, asimismo, hacerlo extensivo a los abuelos.

La diputada socialista recuerda que esta ponencia de estudio llegó a constituirse en el Senado, pero decayó en el momento de la disolución de las Cortes Generales. "Lo que se pretende es escuchar a todas las partes, a las distintas asociaciones de padres y madres, a los jueces de familia, a fiscales, abogados, psicólogos, trabajadores sociales, etcétera, y sólo después de escucharlos se modificará la ley", señala.
La parlamentaria del PSOE explica que el grado de intervención de la ley solo se plantea a través del juez cuando no hay un acuerdo razonable para el desarrollo potencial de las individualidades de ese niño.

"No se trata de sustituir el principio de autonomía de la voluntad de los progenitores, sino de intervenir sólo cuando no impera la racionalidad, el sentido común y lo que más conviene a ese menor", destaca, por lo que insiste en que no es un debate acerca de las libertades de los progenitores. "Es un debate sobre lo que más conviene a ese niño".

Jerez insiste en que la atribución de la custodia "no puede ser tomada a la ligera y regirse por una norma de aplicación general, sino que necesita de un estudio exhaustivo", por lo que demanda abordar este asunto "con seriedad y con rigor".

http://eldia.es/2011-12-18/CANARIAS/3-PSC-quiere-impulsar-custodia-compartida.htm

10/01/2012 14:04
EL MOVIMIENTO GRITO EN SILENCIO, CON EL APOYO DE OTRAS ORGANIZACIONES SOCIALES, CONVOCA UNA CONCENTRACIÓN EN MADRID, EL 14 DE ENERO DE 2012

http://custodiaenpositivo.blogspot.com/2012/01/nota-de-prensa-concentracion-contra-la.html

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Cuando se habla de imposición de la custodia compartida se debería hablar, también, de la práctica habitual de la custodia monoparental impuesta, en un alto porcentaje a favor de la madre, y de sus consecuencias.

Parece claro que, a pesar de legislaciones que facilitan las separaciones y divorcios, un elevado porcentaje, cada vez mayor, se resuelven de forma contenciosa, es decir, sin mutuo acuerdo. Y si no se trata de imponer un determinado tipo de custodia, en estos casos, tampoco se debería condicionar, la misma, al acuerdo entre las partes.

Las afirmaciones de graves consecuencias negativas para los menores, de autenticas patologías psíquicas con sufrimiento mental incluido, etc. para los niños pequeños, en los casos de custodia compartida sin acuerdo entre las partes, se antojan, al menos para mí, de precipitadas y no muy rigurosas. En cualquier caso desconozco los citados estudios que alguien podría aportar.

Por otro lado, que la patria potestad es compartida, se sabe, pero también de lo poco que se respeta en numerosas ocasiones. Ejemplos de ello se pueden leer en este mismo foro.

De acuerdo en que hay que estudiar cada caso de forma pormenorizada, algo que, en general, no se ha hecho hasta ahora, pero contemplando que el cuidado y atención de los menores es una obligación y responsabilidad de ambos progenitores. Por supuesto, sin olvidar los casos en los que no pueda ser así, y que los hijos deban quedar bajo la custodia de aquel progenitor, madre o padre, que les garantice mayor estabilidad y bienestar.

Un saludo.
11/01/2012 10:35
Buenos días.

Aunque me parece que esta reflexión ya fue incluida en el foro, dada la importancia de las recomendaciones incluidas, en aras de la reducción de la conflictividad entre progenitores ante una situación de separación o divorcio, con las que estoy totalmente de acuerdo, me ha parecido oportuno incluirla de nuevo en este apartado.

Un saludo.
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EL DIVORCIO EN LA ESCUELA

Una reflexión sobre los problemas que en el ámbito escolar y en el alumno genera la separación de los padres

El divorcio en la escuela

ÁNGEL LUIS CAMPO JUEZ DE FAMILIA DE GIJÓN

Luisa, por decir un nombre, puede representar a esa niña que ha vivido el divorcio de sus padres hace dos años, y desde entonces ha dejado de compartir con papá o con mamá la alegría de sus buenas notas, los problemas del día a día en el colegio y se ha visto privada de la ayuda que recibía de uno de ellos para hacer los deberes.

Pedro, por decir otro nombre, puede representar a ese niño que está viviendo el proceso de divorcio de sus padres, y ve cómo su comportamiento y rendimiento escolar han empeorado. Y además, por un conflicto de lealtades mal entendido, no sabe a quién acudir para pedir ayuda. María o Javier pueden ser ese progenitor que, aprovechando que tiene la guarda y custodia en exclusiva, y pese a ostentar ambos la patria potestad compartida, ha dado las órdenes oportunas en el centro escolar al que acuden sus hijos, para que el otro progenitor no tenga acceso a ningún tipo de información escolar de ellos. José o Ana, en cambio, pueden representar al progenitor que, por no ostentar la guarda y custodia de sus hijos, se ha visto de un día para otro privado de cualquier contacto e información sobre la vida escolar de sus hijos.

Estos casos son una pequeña muestra de los múltiples problemas que se están generando en el ámbito escolar por un divorcio o separación mal tramitado o mal resuelto; generalmente, por una mala información de lo que es la patria potestad y la guarda y custodia, y una mala defensa de los intereses del menor, que, salvo prueba en contrario, pasa por tener la debida relación con uno y otro progenitores, así como con la familia paterna extensa y la familia materna extensa; y del malestar que se genera entre los progenitores divorciados, que ven cómo se les ponen uno y mil obstáculos para acercarse al centro escolar u obtener plena información de dichos centros sobre las notas, actividades, excursiones, reuniones? de sus hijos.

Situación a la que se debe poner remedio de forma urgente, para evitar situaciones conflictivas o violentas entre los cónyuges progenitores, y muchos incidentes judiciales que poco ayudan a pacificar y hacer más cordiales las relaciones del menor con cada papá y mamá. Para ello, sería conveniente:

1.-USAR UNA TERMINOLOGÍA MÁS ACORDE CON LA QUE SE UTILIZA EN LA NORMATIVA EUROPEA.

Véase, responsabilidad parental, convivencia... sabiendo que cuando hablamos de divorcio, de cese de la convivencia y sus efectos en los hijos, es mejor no pensar en repartir o dividir, sino en participar (en función de la disponibilidad de cada uno) en la formación y educación de los hijos; eso, y no otra cosa, es la custodia compartida.

2.-LOS NIÑOS/AS NO SON PROPIEDAD DE LOS PADRES, y tienen derecho a relacionarse y a convivir con cada progenitor el tiempo necesario para que cada uno de ellos pueda ejercer su rol de papá o mamá, entre otras esferas, en el ámbito escolar.

3.-REALIZANDO CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN PÚBLICA, PARA QUE TODOS LOS CIUDADANOS SEPAN LA DIFERENCIA ENTRE PATRIA POTESTAD Y GUARDA Y CUSTODIA. En concreto, la patria potestad implica que su titular ostenta la representación legal de los menores, y es quien debe tomar las decisiones que afectan al desarrollo integral del menor, tales como: lugar de residencia, centro escolar al que acudir, formación religiosa, decisiones médicas? Por lo tanto, si es compartida, esas decisiones las deben tomar entre ambos progenitores. Por el contrario, la guarda y custodia no da derecho a su titular a tomarlas, sino que sólo le faculta a tener al hijo en su compañía y tomar las decisiones menos importantes del día a día: qué se come, a qué hora se acuesta, cómo distribuir el ocio cuando está con el menor, qué ropa se pone? sabiendo que los conflictos, en el ejercicio de esa patria potestad, los resuelve el juez tras oír a ambos progenitores, al menor y al ministerio fiscal. (Artículo 156 del Código Civil).

11/01/2012 10:36
4.-QUE LA ADMINISTRACIÓN FIJE PARA LOS CENTROS ESCOLARES PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN UNIFORMES PARA ESTAS SITUACIONES. Es decir, cómo se debe comportar el personal docente cuando los progenitores de uno de sus alumnos ya no viven juntos y, pese a ello, siguen conservando la titularidad y ejercicio de la patria potestad de forma compartida. Protocolo en el que se puede recoger: a) que el personal docente, al menos la dirección y el tutor del menor, tenga conocimiento cuanto antes de esa circunstancia. b) Que el centro escolar tenga la dirección, teléfono o correos electrónicos de ambos progenitores, para que cualquier información que afecte al menor llegue a ambos; evitando siempre usar al menor como correo, c) Impedir que el progenitor que tiene la guarda y custodia, por este simple hecho, impida al otro ejercer sus derechos como progenitor que ostenta la patria potestad, d) Estar atentos desde los centros escolares a la incidencia del cese de la convivencia de sus padres, en la convivencia escolar del menor y su evolución escolar, y en caso de que se aprecien problemas o incidencias negativas, ponerlas en conocimiento de los padres inicialmente. Y si la cosa no mejora, en conocimiento del ministerio fiscal.

5.-LOS CENTROS ESCOLARES DEBERÍAN CONOCER EL CONTENIDO DE LA SENTENCIA antes de tomar cualquier decisión sobre traslado de información a uno o ambos progenitores.

6.-LOS PROGENITORES DEBEN EJERCER SU DERECHO A LA INFORMACIÓN ESCOLAR DE SUS HIJOS, PERO NO DIRECTAMENTE ANTE LOS JUZGADOS; SINO INICIALMENTE ANTE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO Y/O AUTORIDADES EDUCATIVAS.

Todo ello, sin olvidar QUE LA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS HIJOS ES UNA TAREA DE LOS PADRES, QUE PUEDEN Y DEBEN CONTAR CON LA AYUDA Y COLABORACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE, siempre y cuando éstos reciban el respeto debido, recobren la autoridad perdida y se les dote del resto de herramientas precisas y adecuadas.

Para ir terminado, y siguiendo el esquema de uno de los capítulos del libro de Eduardo Punset «Viaje a la felicidad», se pueden reseñar unas pistas para que los divorcios no sean fuente de tantas tristezas, problemas, quejas o resentimientos:

1.-HAY QUE SABER ESPERAR Y REFLEXIONAR; pues muchas veces por actuar de prisa, con poca información, entran en juego las emociones, basadas en unas vivencias o memoria que no concuerdan al 100% con la realidad, pasando a ser por tanto malas consejeras para adoptar soluciones de futuro.

2.-OBSERVAR A LOS DEMÁS. Es decir aprender de los aciertos, y sobre todo de los fracasos, de los demás; pero si olvidar que cada pareja es un mundo con sus propios problemas que necesitan su propia y específica solución. Soluciones que no tienen que coincidir con las adoptadas en el divorcio de la hermana, el amigo, la madre, el compañero de trabajo, el tío etcétera.

3.-NO SE PUEDE SOLUCIONAR UN PROBLEMA DESDE EL TEMOR O LA AMENAZA. El miedo a la multa, a la cárcel, a la denuncia, a dejar de ver a los hijos, a perder la casa, a no tener dinero para vivir de forma decorosa son malos compañeros de viaje y peores consejeros para tomar buenas decisiones. Para ello es mejor el dialogo, la empatía, la educación, un buen asesoramiento?

4.-NO DEBEMOS TENER MIEDO A LOS CAMBIOS O A LAS NOVEDADES. Si siempre hacemos lo mismo, siempre cometeremos las mismas equivocaciones. Todos evolucionamos y no vivimos ni nos relacionamos como hace cincuenta años. Por ello no cerremos las puertas a las nuevas figuras de custodia compartida o alterna (que ya se recogen en las leyes de Aragón, Cataluña, Valencia y que admite el Tribunal Supremo como la solución más normal, si se dan los elementos precisos), a las distintas formas de garantizar a los hijos/as un derecho de habitación digno cuando están con papá y cuando están con mamá; realicemos los cálculos justos y adecuados para saber qué necesitan realmente los hijos y cómo deben contribuir papá y mamá a esos gastos

Como punto final y motivo de reflexión, poner de manifiesto un pensamiento de Mafalda: «Como siempre, lo urgente no deja tiempo para lo importante».

http://www.lne.es/gijon/2012/01/03/divorcio-escuela/1178729.html

11/01/2012 13:36
POR UNA VIA IGUALITARIA HACIA LA CUSTODIA COMPARTIDA

http://www.ahige.org/pdfs/AHIGE_Via_Igualitaria_CC.pdf

En esta línea, como hombres implicados activamente en la igualdad, entendemos que sería contradictorio, por un lado, defender la asunción de responsabilidades, la paternidad afectiva y cercana y la eliminación de los roles convencionales y, por el otro, emitir el mensaje a los hombres de que, en caso de separación, van a ser considerados únicamente padres proveedores y será la madre la que asuma la responsabilidad de la crianza. Esto consolida los roles tradicionales de género que subordinan a las mujeres y dificulta buena parte del desarrollo personal y las relaciones afectivas de los hombres.

Entendemos necesario un desarrollo del actual marco legal, en la línea de concretar aquellas situaciones en las que la custodia compartida es la solución más idónea y aquellas otras en las que no es la más adecuada.
12/01/2012 23:57
Custodia Compartida en Hoy por hoy , Radio Elche Cadena Ser

Fuente:

http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/medios/ser/ACCA-RADIO-ELCHE-110112.mp3
16/01/2012 11:07
MAMA YO FLIPO……

Domingo, 15 de enero de 2012

Dejar un comentario Llevo todo el día de domingo sentada en una silla del despacho de mi casa preparando los juicios de la semana, entre ellos un asunto en el que la todavía mujer de mi cliente un buen día, concretamente 29 de agosto de 2011, comunico a su marido cual era la nueva dirección y la nueva ciudad en la que vivían sus hijos, porque abusando del mes que le correspondía de vacaciones y de que el señalamiento de las medidas provisionales que decidan sobre custodia, régimen de visitas etc. no es hasta mañana, se cambio de ciudad llevándose con ella a los menores. Desde entonces es obvio que los niños no han vuelto a ver su padre todas las tardes de la semana como antes lo hacían, que este no ha vuelto a poder recogerlos en su colegio, y que se hace cientos de kilómetros con sus pequeños en coche para cada quince días estar juntos en la que era su ciudad….. Es decir una madraza, vaya!!!! generosa con sus hijos y con la relación que estos deben de tener con su padre facilitando la estabilidad emocional que le genera una optima relación con ambos progenitores, conciliadora en sus decisiones, respetuosa con el contenido de la patria potestad como el cambio de domicilio y colegio de sus hijos, …… Un ramillete de virtudes…..(irónicamente claro).

Estaba un poco cansada y decidí tomar un te leyendo las ultimas noticias de Facebook cuando veo la siguiente frase ” La gente que acepta la guardia y custodia compartida impuesta acepta tanto los abusos como la violencia de genero”…….

La verdad necesitaría horas, páginas para decir todo lo que se me viene a la cabeza, empiezo:

Cuantas veces hemos oído que los hombres no hacen nada en casa?

Cuantos años llevamos luchando en esta sociedad por la igualdad?

Cuantas asociaciones reman cada día para que la mujer se equipare al hombre en todos los sentidos?

Cuantas criticas hemos hecho a generaciones anteriores en las que los hombres no ejercían de padres?

Podría decir decenas de pleitos de divorcio en el que el discurso era:

* El no iba al colegio a hablar con los profesores.
* El no iba al pediatra con los niños.
* El no los llevaba a las actividades extra escolares.
* El nunca fue a comprarles la ropa.
* El nunca los bañaba.
* El nunca les daba la cena…..

Y suma y sigue….. Resulta que ahora esto cambio, resulta que ahora es absolutamente normal ver a un papa en la puerta de un colegio, ¿O no? Absolutamente normal verlo en una actividad extra escolar de una hija o hijo, ¿O no? Completamente normal ver a un señor con su carrito en el supermercado ¿O tampoco? Y de igual manera en el pediatra ¿ O solo los veo yo? ….

16/01/2012 11:08
Pues estos señores cuando se divorcian no pretenden hacer ningún daño a sus hijos, simplemente quieren ser lo mismo que eran antes, UN PADRE. Y para ello piden que no se cierre la puerta al reparto de tiempos de sus hijos, y que si su disponibilidad de tiempos es la misma casados que divorciados, si ellos pueden seguir haciendo aquellas labores de atención a sus hijos que venían haciendo antes, que se les permitan y no se les corten las alas en beneficio de una empleada de hogar que cubra esas horas que ellos dedicaban a los hijos mientras la madre trabaja.

No existe sector doctrinal alguno, ni representante alguno de asociación, jueces etc. que hubiera hablado nunca de imponer la custodia compartida en los supuestos de divorcio contencioso en los que no haya acuerdo al respecto entre los padres, sino que se trata de que se reconozca la posibilidad a aquellos padres, muchos o pocos, que están en condiciones de pedirlo, que la ostenten de igual forma que la madre, siempre y cuando el oportuno informe psicosocial confirme que es lo mejor para los hijos y se pueda organizar sin dañar al menor y sin que se le impida al padre por el simple hecho de ser un varón.

Afirmaciones como la que transcribí en boca de una representante de una asociación que hoy se manifestaron en Madrid me deja atónita, ¿Es que solo queremos la igualdad para lo que nos conviene? ¿ Es que se puede sacar asuntos de contexto manipulando al lector u oyente al punto de decir que la defensa de la custodia coincide con la defensa del abuso o de la violencia de genero? realmente es inaudito, Si no quieren ejercer de padres porque son malos padres, si quieren ejercer de padres porque defienden el patriarcado machista….. ¿ Estamos locos o que?

Le diría a esta señora que preside esta asociación y que hace frases de este tipo que eso es lo que lleva a la continuidad de un derecho de familia completamente obsoleto, automatizado y perjudicial para muchos menores, que existen madres y madres y padres y padres que en mas de dieciséis años he visto padres ante los que me sacaría el sombrero cada minuto y madres que no se explica que traten a sus hijos así y al revés otras que viven 24 horas al día por y para sus hijos y que han tenido la desgracia de tener de marido y padre de sus hijos a un indeseable….ya esta bien de afirmaciones categóricas, ya esta bien de ser sexistas justamente aquellos que defienden la igualdad.

Cada madre es un mundo, cada padre lo es también y en cada pleito de familia debe de practicarse cuanta prueba sea necesaria para que el Juez adopte simplemente la mejor decisión para los niños que en la mayoría de los casos será aquella que mantenga su vida lo mas parecida y cercana a la que tenía antes de la ruptura familiar cuando en su vida había dos progenitores y cuando la madre estaba encantada de que el padre compartiese esas obligaciones que por querer ahora mantener se le tilda de defensor de la dictadura patriarcal, del machismo, del reparto de los hijos, de maltratados, de pederasta … Como dice mi hija Carlota, MAMA YO FLIPO…….

http://blogs.elcorreogallego.es/letrada/2012/01/15/mama-yo-flipo/
20/01/2012 00:10
La custodia compartida en las rupturas matrimoniales

19/ene/12

Normalmente, siempre que se produce una ruptura matrimonial, bien sea por divorcio o separación de sus cónyuges, se suele plantear conflicto entre ambos por dos motivos principales: la custodia de los hijos y la situación económica en que quedará cada miembro de la pareja.

En España, tras una ruptura matrimonial, los jueces tienden a otorgar la custodia de los hijos menores de edad a uno de los padres, generalmente a la madre, ocasionando con ello serios perjuicios a los niños, a los que se separa de sus padres condenándoles a una orfandad cruel e innecesaria. También produce un enorme desasosiego y frustración por parte del padre.

De esta manera se aboca a los progenitores a una lucha por el derecho a convivir con los hijos que, en muchos casos, degenera en una guerra y crea el caldo de cultivo para que surja la llamada violencia doméstica, que desde este enfoque es la consecuencia de un proceder injusto por parte de la sociedad a través de sus máximos representantes, por lo que se hace precisa una reforma legal que regule la custodia compartida de los menores afectados tras una separación o divorcio de sus padres.

La custodia compartida es tanto un derecho del niño como de los padres, porque el divorcio se produce siempre entre los padres y no entre estos y sus hijos. Salvo cuando un juez disponga lo contrario por haber existido maltrato, mal ejemplo, etc., la custodia de los hijos ha de ser compartida entre los padres por igual.

Los hijos siempre siguen teniendo el derecho a seguir teniendo padre y madre en igualdad de condiciones después del matrimonio. Un derecho del que los jueces no pueden privar a los hijos, porque los derechos de la familia trascienden al matrimonio. La custodia compartida es básicamente un derecho que poseen los hijos y los progenitores a seguir teniendo una relación paterno-filial y materno-filial igualitaria y justa sobre la que seguir desarrollando la afectividad y el cariño al margen de las relaciones contractuales entre los padres que fijen los jueces y acaban con el matrimonio.
Por ello, quien dimita de este derecho sin que exista delito alguno comete un profundo acto de injusticia, siendo responsable de la violencia que pueda seguir a una pérdida injusta del derecho a la custodia compartida. Los convenios de mutuo acuerdo que no parten del derecho inalienable a la cooparentabilidad con los hijos son injustos, ya que en el fondo responden a una correlación de fuerzas desequilibrada a favor de uno u otro progenitor. Por consiguiente, sobre la base del derecho a la custodia compartida, se puede llegar a cualquier tipo de acuerdo mutuo que tenga en cuenta las necesidades de los hijos y de cada uno de los progenitores sobre el tiempo de convivencia con uno u otro excónyuge, la distancia de las viviendas, la colaboración económica, la educación de los hijos, las nuevas relaciones de pareja o matrimoniales, etc.

Si se elimina la custodia compartida, nada de esto es posible dentro del sentido común, sino que, por el contrario, se aboca a una lucha cruel e injusta entre los progenitores. Lucha que sufren los hijos de forma dramática y da origen al temido y cruel Síndrome de Alienación Parental, por el cual el progenitor que tiene la custodia del niño manipula a este para que rechace al otro.

La custodia monoparental de los hijos por parte de uno de los dos progenitores que se divorcian supone una enorme injusticia y atenta contra el derecho que tienen los padres a tener a sus hijos, y al de los hijos a tener a sus padres. Además, el progenitor que acepta esta aberración judicial está renunciando a un derecho fundamental reconocido en la Carta de las Naciones Unidas, provocando, al mismo tiempo, la privación de este derecho en sus hijos, a la vez que se convierte en una persona que acepta la alienación. Con el divorcio, se mantiene el concepto familia mientras que se disuelve el concepto matrimonio.

Si tenemos en cuenta que en España cada año se rompen 110.000 matrimonios y que, salvo raras excepciones, la custodia de los niños menores de edad recae casi siempre sobre la madre, se hace necesario una revisión y una nueva regulación legal que garantice la custodia compartida a favor de ambos cónyuges. Es justo y necesario.

http://eldia.es/2012-01-19/CRITERIOS/21-custodia-compartida-rupturas-matrimoniales.htm
25/01/2012 23:50
YA SON 160 AYUNTAMIENTOS POR LA CUSTODIA COMPARTIDA

Son 160 los ayuntamientos españoles que han aprobado una moción instando a las Cortes Generales a modificar el Código Civil.

La Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia compartida (Uefacc) informó en un comunicado de que ya dispone de los acuerdos plenarios de 160 ayuntamientos españoles, “que han aprobado una moción instando a las Cortes Generales a modificar el Código Civil de modo que la custodia compartida de los hijos se recoja como un derecho fundamental de éstos a continuar compartiendo su vida con sus dos padres en igualdad temporal, espacial y legal”, así como un conjunto de derechos y obligaciones para los padres cuyo ejercicio debe salvaguardarse tras la ruptura de la pareja.

Para Uefac, “es el momento de desligar la custodia compartida de los hijos de otros asuntos como la vivienda, las denuncia por maltrato, del acuerdo entre los padres o de la opinión de un fiscal retrógrado” y ligarla solo al cuidado de los hijos. Entre ellos figura el Ayuntamiento de Córdoba así como un total de 14 gallegos. Entre ellos se encuentran los coruñeses de Neda, Narón, Arzúa, Boiro, Ribeira, A Pobra do Caramiñal y Rianxo. A esta iniciativa se ha unido, además, el Parlamento de Galicia, según informó ayer esta asociación en defensa de esta custodia.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/01/25/ya-son-160-ayuntamientos-por-la-custodia-compartida/
26/01/2012 23:00
Un vizcaíno inicia una huelga de hambre para reclamar la custodia compartida

26-01-2012 / 20:20 h

Ortuella (Bizkaia), 26 ene (EFE).-

Koldo Meabe, un vecino de Ortuella (Bizkaia) ha iniciado hoy una huelga de hambre indefinida a las puertas del ayuntamiento de la localidad para reclamar las custodia compartida de su hijo de cuatro años y en favor de la igualdad de derechos entre padres y madres.

Según ha señalado a Efe el propio Meabe, de 36 años y parado, que cuenta con el apoyo de la Asociación por la Custodia Compartida La Terraza, de Bilbao, ha decidido iniciar la huelga de hambre "por mi hijo" porque "es una agonía y un sufrimiento verle cómo se marcha llorando cada vez que está conmigo y tiene que volver con su madre".

El régimen de visitas establecido por el juez le permite estar con su hijo los martes y jueves de 16:30 a 20:30 horas y un fin de semana alterno, pero quiere estar más tiempo con su hijo "porque él me lo pide".

Cuando tiene que entregar a su hijo a su madre, el niño "se agarra a mi pierna y no para de llorar y piensa que no puede quedarse conmigo porque ha hecho algo malo y no sé como explicarle que no ha hecho nada", señala.

Asegura que "siempre" ha estado con su hijo y que cuando trabajaba como vigilante de seguridad por las noches al llegar a casa esperaba a que se despertarse para llevarle a la guardería y destaca que entre su hijo y él hay una relación "especial".

En la actualidad, Koldo Meabem se encuentra en paro y vive con su madre "pero mi hijo no tiene problemas económicos" porque, según asegura, hace efectiva todos los meses la ayuda de manutención establecida.

Insiste en que la huelga de hambre la hace "por mi hijo, no voy contra nadie" y que lo único que quiere es estar más con él y cambiar una situación que lleva viviendo desde julio de 2009, unos meses antes de que en septiembre su hijo cumpliese dos años. EFE

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1082792
27/01/2012 09:38
La verdad es que no se que tiene que pasar en este pais para que la justicia sea realmente justa, en estos temas familiares, de separaciones, violencia de genero y similar estamos bastante atrasados, vamos que se parte de una indefension total para una de las partes, el hombre, que si tienes que probar que no has maltratado...¿pero no se dice aquello de la presuncion de inocencia?...¿no se habla de ser inocente hasta que se demuestre lo contrario?...en el tema de separaciones igual...de entrada custodia par la madre ¿porque?...¿porque no compartida como deberia ser?, claro luego asi los datos dicen que la mayoria de las separaciones son iniciadas por las madres, no me extraña teniendo todos los ases en la manga, asi cualquiera, ¿porque este hombre y todos los demas no pueden pasar mas tiempo con sus hijos?, vamos el 50% como corresponderia al ser corresponsable de ellos, ahora eso si para pagar si lo es, o incluso en mas de ese 50%...

Custodia compartida ya y por defecto.
27/01/2012 12:10
No justifiqueis la violencia de género. La violencia machista jamás tendrá justificación.
Por favor no hagais apología del maltrato
27/01/2012 13:33
VicenteM.

No me ha parecido, en mi opinión, que se haya justificado o hecho apología de ningún tipo de maltrato o de violencia.

Un saludo.

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EL AYUNTAMIENTO PIDE QUE SE MODIFIQUE EL CÓDIGO CIVIL PARA RECONOCER LA GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA
Fecha: 27.1.12

• La moción fue aprobada por PSE y PP • Barakaldoko Ezkerra (EB) ha votado en contra PNV y Bildu se han abstenido •

El Ayuntamiento ha aprobado en el pleno celebrado este jueves una moción en la que se compromete a a promover la guarda y custodia compartida de los hijos e hijas e insta a las Cortes Generales a modificar el Código Civil para introducir esta figura como un derecho del menor. La iniciativa estaba promovida por la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida y fue presentada al pleno por el grupo socialista.

Además, el Ayuntamiento se ha comprometido a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la guarda y custodia compartida a todos sus órganos y muy especialmente en las áreas relacionadas con la familia, igualdad y servicios sociales.

Insta a las Cortes Generales a modificar el Código Civil para introducir esta figura como un derecho del menor, ya que puede continuar compartiendo vida con su padre y madre en igualdad de condiciones

Barakaldo, 27-1−2012

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Barakaldo aprobó ayer una moción en la que se compromete a promover la guarda y custodia compartida de los hijos e hijas e insta a las Cortes Generales a modificar el Código Civil para introducir esta figura como un derecho del menor. La iniciativa, promovida por la Unión Estatal
de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida y presentada por el Grupo Municipal Socialista, fue aprobada con los votos a favor de PSE-EE y PP. Barakaldoko Ezkerra votó en contra y PNV y Bildu se abstuvieron.

A través de esta moción, la institución local considera la figura jurídica de la guarda y custodia compartida de los hijos e hijas como el mayor garante del interés superior de los mismos, ya que pueden continuar compartiendo sus vidas en igualdad temporal, espacial y legal con su padre y su madre. “Se impide así que uno de los progenitores tenga el monopolio exclusivo de los niños y niñas”, ha defendido hoy en rueda de prensa la concejala de Acción Social y para la Igualdad, Cooperación y Prevención de Drogodependencias, Amaya Rojas.

El Pleno Municipal acordó exigir al legislador -en este caso, las Cortes Generales- a que modifique el Código Civil para que éste recoja el ejercicio de la guarda y custodia compartida “desde el mismo momento en que se presenta ante el juzgado una demanda de separación o divorcio, salvo en los casos excepcionales que puedan producirse”.
Por su parte, desde el ámbito de responsabilidad municipal, el Ayuntamiento de Barakaldo se compromete a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la guarda y custodia compartida a todos sus órganos y muy especialmente en las áreas relacionadas con la familia, igualdad y servicios sociales.

27/01/2012 13:34
IGUALDAD REAL Y EFECTIVA

“Creemos que la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida es una constante en los países democráticos y un objetivo primordial en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. Igualmente, la Convención sobre los Derechos del Niño proclamada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España el 30 de noviembre de 1990 obliga a los Estados a respetar el derecho de los niños a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular”, recoge la moción aprobada.

El Ayuntamiento de Barakaldo considera que la custodia de los niños y niñas no es un tema menor y, de hecho, afecta hoy en día a un significativo número de familias de la ciudad. Tantos como casos de separación o divorcio de parejas se producen. “No hay datos exactos referentes a nuestra ciudad, pero creemos que la masa de población afectada es enorme, porque según el Instituto de Política Familiar actualmente se celebran en España dos divorcios por cada tres matrimonios y se estima que casi la mitad de los matrimonios que se contraen acaban, antes o después, en divorcio”, ha explicado Amaya Rojas.
Sin embargo, a juicio del Consistorio las leyes que regulan las rupturas matrimoniales están “anticuadas” y es necesario reformarlas, pues producen graves perjuicios sobre todo en los menores, a los que no se les garantiza su derecho más elemental de continuar conviviendo con sus dos padres de forma igualitaria
y alterna, convirtiéndoles a menudo en instrumento de arma arrojadiza o en moneda de cambio para obtener considerables beneficios materiales en el proceso de divorcio.

“Estas leyes son normas de un pasado ya lejano, que no tienen en cuenta la transformación de la sociedad española, en la que la mujer ha logrado incorporarse con fuerza al mercado laboral y, por tanto, está en condiciones de mantener su autonomía. Por su parte, hay más varones que adoptan un papel activo en la crianza de los hijos, se implican en sus cuidados desde el nacimiento y se preocupan por su educación, su bienestar y su futuro”, recuerda la moción.

GANADORES Y PERDEDORES

En la actualidad, el índice de contenciosidad en la resolución de la resolución de las disoluciones matrimoniales se sitúa en el 41%. Además, el actual modelo de divorcio impone, en el 92% de los casos, que los hijos queden a cargo de un solo progenitor, mientras el otro pasa a tener, a menudo de modo impuesto, un papel secundario y sin relevancia alguna. Y esto no es justo ni bueno para el niño.

Las consecuencias de este sistema de ganadores y perdedores -recuerda la moción- lejos de garantizar el ejercicio de los derechos y deberes, incentiva el conflicto, provocando la desaparición brutal de un progenitor en la vida de sus hijos y dificultando enormemente la posibilidad de que el divorcio pueda significar una oportunidad real para rehacer la vida de los adultos y, al menos tiempo, normalizar y armonizar la vida de los menores con sus dos padres.

Son muchos los países que han introducido la guarda y custodia compartida o responsabilidad parental compartida en su legislación, desde Alemania hasta Austria, pasando por Australia, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Francia, Inglaterra, Gales, Italia, Portugal, República Checa, Suecia, Suiza, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Puerto Rico…

http://barakaldodigital.blogspot.com/2012/01/el-ayuntamiento-pide-que-se-modifique.html
10/02/2012 20:51
PP pide retirada de recurso de inconstitucionalidad de la Ley de Custodia Compartida

El portavoz popular en Les Corts, Rafael Blasco, anunció que el Grupo Popular apoya “clara y firmemente” al Consell de Alberto Fabra en su petición al Gobierno de España para que convoque la Comisión Bilateral de Cooperación y aborde la retirada de los recursos de inconstitucionalidad que pesan sobre algunas cuestiones autonómicas.

El portavoz popular en Les Corts, según informa El Periodic, ha aprovechado para recordar que en el Parlamento Valenciano “los populares hemos defendido siempre nuestras tradiciones, costumbres y capacidad para aplicar leyes”. Así, ha recordado que su formación ha presentado diferentes iniciativas en los últimos años en las que ya instaba al Gobierno de España a retirar los recursos contra la Ley de Custodia Compartida o mostraba su posición de defensa sobre el parany o la reforma del Cabanyal.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/02/10/pp-pide-retirada-de-recurso-de-inconstitucionalidad-de-la-ley-de-custodia-compartida/

13/02/2012 00:59
Custodia compartida al ralentí

Víctor Mondelo | Barcelona

Actualizado domingo 12/02/2012 05:34 horas

Excepción. El término es recurrente al abordar la cuestión de la crianza compartida de un hijo tras una separación o divorcio. Cuando la decisión final no viene precedida de un acuerdo. Si es el juez quien resuelve el contencioso. Se cumple un año de aplicación del nuevo código civil catalán, uno de los más ambiciosos en el impulso de esta fórmula de cuidado coparental de los menores, pero la custodia dividida a partes iguales sigue sin convertirse en la opción preponderante.

El Título Segundo del Código Civil de Cataluña, que entró en vigor en enero de 2011, se quedó a las puertas de establecer como literalmente preferente la guardia y custodia compartida. Meses antes sí lo había hecho Aragón y algunos después lo haría la Comunidad Valenciana -en una norma que se está aplicando, pero se encuentra recurrida ante el Tribunal Constitucional (TC) al estimar el Gobierno que la comunidad vulnera sus competencias sobre legislación civil-. El por entonces tripartito gobernante prefirió un redactado menos explícito y ello no está allanando el camino.

En este primer año, las sentencias siguen en los juzgados de primera instancia; no han llegado a las Audiencias Provinciales, que serán las encargadas de sentar jurisprudencia, pero las perspectivas de cambio ante la falta de acuerdo entre los progenitores son prácticamente nulas.

"La responsabilidad parental debe ejercerse, en la medida de lo posible, conjuntamente", dice el código catalán

"Cuando hay niños pequeños de por medio, de dos, cuatro, cinco años, que un juez decida dar la guardia y custodia compartida en un pleito contencioso sigue siendo muy complicado de conseguir. Para mí siempre serán, de momento, excepciones. Si se pacta, se pacta, pero cuando es el juez quien lo determina sigue siendo crudo de lograr. Se sigue teniendo negro", aclara Julián Valón, vocal de la sección de Derecho Matrimonial y Familia del Colegio de Abogados de Barcelona.

Estas dificultades vienen motivadas, en parte, por la falta de concreción que el presidente de la misma sección del Colegio, Antonio Rubio, atribuye a la norma. "Se están utilizando conceptos de manera muy vaga. A veces, la responsabilidad parental hace referencia a la patria potestad y otras a la guarda", denuncia y carga: "El legislador puede haber querido contentar a las asociaciones de padres separados para hacer ver la existencia de una guarda y custodia compartida. Ha estado más preocupado por responder a estos sectores sociales que por regular unas normas para el justiciable".

El nuevo código recoge que "la autoridad judicial, si no existe acuerdo o si éste no se ha aprobado, debe determinar la forma de ejercer la guarda, ateniéndose al carácter conjunto de las responsabilidades parentales". Y define dichas responsabilidades diciendo que, tras el divorcio, "mantienen el carácter compartido y, en la medida de lo posible, deben ejercerse conjuntamente". Sin embargo, como en el resto de códigos civiles vigentes en el Estado, también precisa que "la autoridad judicial puede disponer que la guarda se ejerza de modo individual si conviene más al interés del hijo". En el caso aragonés, la preferencia por defecto hacia la custodia compartida queda sujeta a que la individual no sea "más conveniente" y en la reforma del código civil español de 2005, aplicado en la mayoría de comunidades autónomas, que el magistrado se decante por esta forma de guardia del menor sin acuerdo previo es considerado sólo una salida "excepcional".

Estas cláusulas son las que llevan al Ángel Antón, presidente de la Asociación Catalana de Padres Separados (Acapase), a descartar cualquier apego a la nueva norma de Cataluña, que ve "papel mojado".
"Judicialmente no sirve para nada", apostilla.

Rubio cuestiona, paralelamente, que el cuidado compartido vaya aplicarse "con carácter automático" incluso en Aragón. "Aunque se establezca esa fórmula prioritariamente y de una manera hermética, cada separación es diferente a ojos del juez", reflexiona el letrado, que llega a definir las diferentes legislaciones existentes como "el mismo perro con diferentes collares" y fía la evolución hacia esta "deseable" e "ideal" forma de cuidado a la propia evolución social.

En Cataluña, hoy por hoy, la cifra de custodias compartidas en divorcios amistosos ronda el 30%, mientras que se ve reducida a aproximadamente el 10% cuando se dilucida en un contencioso. "Igual que era impensable hace 15 años que un padre pudiera pedir la repartición al 50% de la guardia de su hijo, dentro de 15 lo más normal es que nadie se lleve las manos a la cabeza cuando se hable de la misma", vaticina Rubio.
13/02/2012 01:00


Pactos a la europea como modelo

El tripartito optó por intentar promocionar la mediación y el pacto, siguiendo los modelos de Francia, Bélgica o Italia. En ello está jugando un papel destacado el llamado plan de parentalidad, un documento que debe elaborar cada progenitor tras la separación en el que precisa a qué se compromete en adelante con respecto a la cría de sus hijos y el modo en que pretende llevarla a cabo.

Esta novedad, sin parangón en el resto de España, obliga a cada una de las partes a precisar aspectos como las características del lugar de residencia, la forma del cambio de guardia, quién asumirá los costes que generen los desplazamientos, el tipo de educación que los menores recibirán y las actividades extraescolares que realizarán.

Núria Sauné, presidenta de la Associació de Dones per la Igualtat i la Custòdia Compartida (Adicc) y ponente en la comisión de justicia de la que salió la nueva norma catalana, apunta a que el plan permite una reflexión "más profunda y menos visceral" sobre las consecuencias de la ruptura. "Tener que presentar ante el juez un plan donde explicas a qué estás dispuesto hace que las parejas sean mucho más flexibles, que no todo sea esa rabia inicial, que se paren a pensar en que hay un más allá y se mire más por los niños", abunda.

El abogado Julián Valón sostiene que esta herramienta le ha permitido pactar durante este año más custodias que anteriormente gracias a que quedan concretadas "todas las obligaciones que tienen que ver con el menor".

"Le tendríamos que dar las gracias a los letrados, que están haciendo un buen trabajo como mediadores al empujar a los padres a llegar a criterios comunes en esos planes antes de que un juez los decida", suma Sauné.

El presidente de la Sección de Familia del Colegio de Abogados de Barcelona considera, no obstante, que si las discrepancias en estos exhaustivos planes son muy notorias, el juez "no se postulará" ante una u otra opción, ciñéndose a los aspectos más básicos de los mismos y dejando sin efecto muchas otras propuestas. "Si la madre plasma que quiere que el niño haga la comunión de marinero en la ciudad y el padre de calle en el pueblo, obviamente el magistrado no va a entrar en ese detalle", clarifica. Rubio lamenta, además, que pudiendo precisar aspectos tan nimios como el "régimen de visitas a mascotas" la norma no prevea cuestiones tan conflictivas como "quién va a asumir la representación legal del menor, o cómo se va a administrar un patrimonio en caso de que lo tenga".

13/02/2012 01:00
La vivienda, hasta para el niño

Otro de los avances de la legislación catalana es la regulación del uso de la vivienda. El nuevo código establece que, si no hay acuerdo, se atribuirá preferentemente al progenitor que tenga la guarda, mientras la posea. Estableciendo, por tanto, una limitación temporal. Además, en determinadas circunstancias, como cuando la situación económica de quien disfrute la custodia sea desahogada, el inmueble también podría ser otorgado a la otra parte. Asimismo, es destacado que, por primera vez, la atribución del uso del domicilio se cuantifica a efectos de la prestación compensatoria. "Es decir, te damos el uso pero, ojo, que ese uso tiene un valor y se tiene en cuenta para darte la prestación", aclara Rubio.

La normativa queda apuntalada, en este sentido, al considerar que la custodia compartida no exime a los padres de la responsabilidad respecto a la alimentación de sus hijos. Algo que el letrado ensalza como "un gran acierto" para acabar con el "fin mercantilista" que determinados progenitores quieren lograr al reclamar la guardia. "La gente tiene que concienciarse que la custodia compartida no implica que, de inmediato, el pago de los alimentos vaya a ser al 50%".

La normativa ha introducido, por último, una nueva y revolucionaria premisa repleta de controversia, como es que, en caso de custodia compartida, los hijos puedan continuar viviendo en el domicilio familiar y sean los padres los que vayan entrando y saliendo de éste. "Se está dando esta circunstancia y es una locura", señala Sauné. "Además del gasto que supone tener tres pisos (uno por cada progenitor y otro para los hijos) no sabes qué te encontrarás cuando vuelvas al cabo de tres meses, el otro puede haberlo cambiado todo cuando llegues", protesta. Rubio subraya: "Creo que esa opción está llamada al fracaso". Y Sauné retoma: "Es lo que ocurre cuando los jueces tienen tantas opciones y necesitan pensar demasiado".

La presidenta de Adicc asegura que los magistrados les reclamaban una legislación más cerrada "para no tener que interpretar" y que, así como muchos "quieren ir de progresistas" introduciendo novedades como el mantenimiento de la vivienda familiar para los vástagos, otros "siguen sus usos y costumbres". "Los jueces me continúan dando mucho miedo, no confío demasiado. La norma no dice que la preferencia sea para la compartida y tienden a seguir los procedmientos que seguían hasta ahora. Muchos incluso aplican todavía el código estatal", acusa.

Y el temor parace estar fundado, pues el presidente de la Derecho Matrimonial y Familia del Colegio de Abogados de Barcelona admite que en este año de aplicación sólo ha visto una sentencia de primera instancia "redactada conforme al código civil catalán, hablando de los planes de parentalidad, reseñando las formas de entrega...". Claro que establecía una custodia compartida. Un avance al ralentí.

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/02/10/barcelona/1328863727.html?cid=GNEW970103#comentarios
15/02/2012 16:15
Piden a la fiscal jefe que promocione la custodia compartida

AMALIA F. LÉRIDA / SEVILLA

Día 15/02/2012

La asociación Custodia Compartida Sevilla integrada en la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) ha solicitado una entrevista a la Fiscal Jefe de Sevilla, María José Segarra, para exponerle la importancia que tiene el Ministerio Fiscal a la hora de devolverle a España el modelo de custodia compartida de los hijos cuando las parejas se separan, eclipsado en la práctica por la nueva Ley de Divorcio de 2005.

Este colectivo refiere que las Audiencias Provinciales de Navarra y Las Palmas han interpuesto sendas cuestiones de constitucionalidad a dicha ley, ya que impide el ejercicio de una corresponsabilidad parental efectiva; y que en Aragón y Valencia se han desarrollado normas en ese sentido que constituyen el pistoletazo de salida para una reforma profunda en el ámbito estatal.

http://www.abcdesevilla.es/20120215/sevilla/sevp-piden-fiscal-jefe-promocione-20120215.html
La custodia compartida no puede ser excepional. | PorticoLegal
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La custodia compartida no puede ser excepional.

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18/12/2011 22:21
El PSC quiere impulsar la custodia compartida

18/dic

EL DÍA, S/C de Tenerife

El grupo parlamentario socialista informó ayer, en una nota, de que la diputada Rosa Guadalupe Jerez pedirá a la Cámara Autonómica mediante una proposición no de ley que inste al Gobierno regional a dirigirse al Ejecutivo central para analizar las modificaciones legales necesarias en relación a la custodia compartida en los procedimientos de separación y divorcio mediante una ponencia de estudio. Busca así priorizar la defensa del "interés superior" del menor y el derecho de los hijos a disfrutar de una adecuada relación con sus padres. El PSOE pretende, asimismo, hacerlo extensivo a los abuelos.

La diputada socialista recuerda que esta ponencia de estudio llegó a constituirse en el Senado, pero decayó en el momento de la disolución de las Cortes Generales. "Lo que se pretende es escuchar a todas las partes, a las distintas asociaciones de padres y madres, a los jueces de familia, a fiscales, abogados, psicólogos, trabajadores sociales, etcétera, y sólo después de escucharlos se modificará la ley", señala.
La parlamentaria del PSOE explica que el grado de intervención de la ley solo se plantea a través del juez cuando no hay un acuerdo razonable para el desarrollo potencial de las individualidades de ese niño.

"No se trata de sustituir el principio de autonomía de la voluntad de los progenitores, sino de intervenir sólo cuando no impera la racionalidad, el sentido común y lo que más conviene a ese menor", destaca, por lo que insiste en que no es un debate acerca de las libertades de los progenitores. "Es un debate sobre lo que más conviene a ese niño".

Jerez insiste en que la atribución de la custodia "no puede ser tomada a la ligera y regirse por una norma de aplicación general, sino que necesita de un estudio exhaustivo", por lo que demanda abordar este asunto "con seriedad y con rigor".

http://eldia.es/2011-12-18/CANARIAS/3-PSC-quiere-impulsar-custodia-compartida.htm

10/01/2012 14:04
EL MOVIMIENTO GRITO EN SILENCIO, CON EL APOYO DE OTRAS ORGANIZACIONES SOCIALES, CONVOCA UNA CONCENTRACIÓN EN MADRID, EL 14 DE ENERO DE 2012

http://custodiaenpositivo.blogspot.com/2012/01/nota-de-prensa-concentracion-contra-la.html

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Cuando se habla de imposición de la custodia compartida se debería hablar, también, de la práctica habitual de la custodia monoparental impuesta, en un alto porcentaje a favor de la madre, y de sus consecuencias.

Parece claro que, a pesar de legislaciones que facilitan las separaciones y divorcios, un elevado porcentaje, cada vez mayor, se resuelven de forma contenciosa, es decir, sin mutuo acuerdo. Y si no se trata de imponer un determinado tipo de custodia, en estos casos, tampoco se debería condicionar, la misma, al acuerdo entre las partes.

Las afirmaciones de graves consecuencias negativas para los menores, de autenticas patologías psíquicas con sufrimiento mental incluido, etc. para los niños pequeños, en los casos de custodia compartida sin acuerdo entre las partes, se antojan, al menos para mí, de precipitadas y no muy rigurosas. En cualquier caso desconozco los citados estudios que alguien podría aportar.

Por otro lado, que la patria potestad es compartida, se sabe, pero también de lo poco que se respeta en numerosas ocasiones. Ejemplos de ello se pueden leer en este mismo foro.

De acuerdo en que hay que estudiar cada caso de forma pormenorizada, algo que, en general, no se ha hecho hasta ahora, pero contemplando que el cuidado y atención de los menores es una obligación y responsabilidad de ambos progenitores. Por supuesto, sin olvidar los casos en los que no pueda ser así, y que los hijos deban quedar bajo la custodia de aquel progenitor, madre o padre, que les garantice mayor estabilidad y bienestar.

Un saludo.
11/01/2012 10:35
Buenos días.

Aunque me parece que esta reflexión ya fue incluida en el foro, dada la importancia de las recomendaciones incluidas, en aras de la reducción de la conflictividad entre progenitores ante una situación de separación o divorcio, con las que estoy totalmente de acuerdo, me ha parecido oportuno incluirla de nuevo en este apartado.

Un saludo.
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EL DIVORCIO EN LA ESCUELA

Una reflexión sobre los problemas que en el ámbito escolar y en el alumno genera la separación de los padres

El divorcio en la escuela

ÁNGEL LUIS CAMPO JUEZ DE FAMILIA DE GIJÓN

Luisa, por decir un nombre, puede representar a esa niña que ha vivido el divorcio de sus padres hace dos años, y desde entonces ha dejado de compartir con papá o con mamá la alegría de sus buenas notas, los problemas del día a día en el colegio y se ha visto privada de la ayuda que recibía de uno de ellos para hacer los deberes.

Pedro, por decir otro nombre, puede representar a ese niño que está viviendo el proceso de divorcio de sus padres, y ve cómo su comportamiento y rendimiento escolar han empeorado. Y además, por un conflicto de lealtades mal entendido, no sabe a quién acudir para pedir ayuda. María o Javier pueden ser ese progenitor que, aprovechando que tiene la guarda y custodia en exclusiva, y pese a ostentar ambos la patria potestad compartida, ha dado las órdenes oportunas en el centro escolar al que acuden sus hijos, para que el otro progenitor no tenga acceso a ningún tipo de información escolar de ellos. José o Ana, en cambio, pueden representar al progenitor que, por no ostentar la guarda y custodia de sus hijos, se ha visto de un día para otro privado de cualquier contacto e información sobre la vida escolar de sus hijos.

Estos casos son una pequeña muestra de los múltiples problemas que se están generando en el ámbito escolar por un divorcio o separación mal tramitado o mal resuelto; generalmente, por una mala información de lo que es la patria potestad y la guarda y custodia, y una mala defensa de los intereses del menor, que, salvo prueba en contrario, pasa por tener la debida relación con uno y otro progenitores, así como con la familia paterna extensa y la familia materna extensa; y del malestar que se genera entre los progenitores divorciados, que ven cómo se les ponen uno y mil obstáculos para acercarse al centro escolar u obtener plena información de dichos centros sobre las notas, actividades, excursiones, reuniones? de sus hijos.

Situación a la que se debe poner remedio de forma urgente, para evitar situaciones conflictivas o violentas entre los cónyuges progenitores, y muchos incidentes judiciales que poco ayudan a pacificar y hacer más cordiales las relaciones del menor con cada papá y mamá. Para ello, sería conveniente:

1.-USAR UNA TERMINOLOGÍA MÁS ACORDE CON LA QUE SE UTILIZA EN LA NORMATIVA EUROPEA.

Véase, responsabilidad parental, convivencia... sabiendo que cuando hablamos de divorcio, de cese de la convivencia y sus efectos en los hijos, es mejor no pensar en repartir o dividir, sino en participar (en función de la disponibilidad de cada uno) en la formación y educación de los hijos; eso, y no otra cosa, es la custodia compartida.

2.-LOS NIÑOS/AS NO SON PROPIEDAD DE LOS PADRES, y tienen derecho a relacionarse y a convivir con cada progenitor el tiempo necesario para que cada uno de ellos pueda ejercer su rol de papá o mamá, entre otras esferas, en el ámbito escolar.

3.-REALIZANDO CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN PÚBLICA, PARA QUE TODOS LOS CIUDADANOS SEPAN LA DIFERENCIA ENTRE PATRIA POTESTAD Y GUARDA Y CUSTODIA. En concreto, la patria potestad implica que su titular ostenta la representación legal de los menores, y es quien debe tomar las decisiones que afectan al desarrollo integral del menor, tales como: lugar de residencia, centro escolar al que acudir, formación religiosa, decisiones médicas? Por lo tanto, si es compartida, esas decisiones las deben tomar entre ambos progenitores. Por el contrario, la guarda y custodia no da derecho a su titular a tomarlas, sino que sólo le faculta a tener al hijo en su compañía y tomar las decisiones menos importantes del día a día: qué se come, a qué hora se acuesta, cómo distribuir el ocio cuando está con el menor, qué ropa se pone? sabiendo que los conflictos, en el ejercicio de esa patria potestad, los resuelve el juez tras oír a ambos progenitores, al menor y al ministerio fiscal. (Artículo 156 del Código Civil).

11/01/2012 10:36
4.-QUE LA ADMINISTRACIÓN FIJE PARA LOS CENTROS ESCOLARES PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN UNIFORMES PARA ESTAS SITUACIONES. Es decir, cómo se debe comportar el personal docente cuando los progenitores de uno de sus alumnos ya no viven juntos y, pese a ello, siguen conservando la titularidad y ejercicio de la patria potestad de forma compartida. Protocolo en el que se puede recoger: a) que el personal docente, al menos la dirección y el tutor del menor, tenga conocimiento cuanto antes de esa circunstancia. b) Que el centro escolar tenga la dirección, teléfono o correos electrónicos de ambos progenitores, para que cualquier información que afecte al menor llegue a ambos; evitando siempre usar al menor como correo, c) Impedir que el progenitor que tiene la guarda y custodia, por este simple hecho, impida al otro ejercer sus derechos como progenitor que ostenta la patria potestad, d) Estar atentos desde los centros escolares a la incidencia del cese de la convivencia de sus padres, en la convivencia escolar del menor y su evolución escolar, y en caso de que se aprecien problemas o incidencias negativas, ponerlas en conocimiento de los padres inicialmente. Y si la cosa no mejora, en conocimiento del ministerio fiscal.

5.-LOS CENTROS ESCOLARES DEBERÍAN CONOCER EL CONTENIDO DE LA SENTENCIA antes de tomar cualquier decisión sobre traslado de información a uno o ambos progenitores.

6.-LOS PROGENITORES DEBEN EJERCER SU DERECHO A LA INFORMACIÓN ESCOLAR DE SUS HIJOS, PERO NO DIRECTAMENTE ANTE LOS JUZGADOS; SINO INICIALMENTE ANTE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO Y/O AUTORIDADES EDUCATIVAS.

Todo ello, sin olvidar QUE LA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS HIJOS ES UNA TAREA DE LOS PADRES, QUE PUEDEN Y DEBEN CONTAR CON LA AYUDA Y COLABORACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE, siempre y cuando éstos reciban el respeto debido, recobren la autoridad perdida y se les dote del resto de herramientas precisas y adecuadas.

Para ir terminado, y siguiendo el esquema de uno de los capítulos del libro de Eduardo Punset «Viaje a la felicidad», se pueden reseñar unas pistas para que los divorcios no sean fuente de tantas tristezas, problemas, quejas o resentimientos:

1.-HAY QUE SABER ESPERAR Y REFLEXIONAR; pues muchas veces por actuar de prisa, con poca información, entran en juego las emociones, basadas en unas vivencias o memoria que no concuerdan al 100% con la realidad, pasando a ser por tanto malas consejeras para adoptar soluciones de futuro.

2.-OBSERVAR A LOS DEMÁS. Es decir aprender de los aciertos, y sobre todo de los fracasos, de los demás; pero si olvidar que cada pareja es un mundo con sus propios problemas que necesitan su propia y específica solución. Soluciones que no tienen que coincidir con las adoptadas en el divorcio de la hermana, el amigo, la madre, el compañero de trabajo, el tío etcétera.

3.-NO SE PUEDE SOLUCIONAR UN PROBLEMA DESDE EL TEMOR O LA AMENAZA. El miedo a la multa, a la cárcel, a la denuncia, a dejar de ver a los hijos, a perder la casa, a no tener dinero para vivir de forma decorosa son malos compañeros de viaje y peores consejeros para tomar buenas decisiones. Para ello es mejor el dialogo, la empatía, la educación, un buen asesoramiento?

4.-NO DEBEMOS TENER MIEDO A LOS CAMBIOS O A LAS NOVEDADES. Si siempre hacemos lo mismo, siempre cometeremos las mismas equivocaciones. Todos evolucionamos y no vivimos ni nos relacionamos como hace cincuenta años. Por ello no cerremos las puertas a las nuevas figuras de custodia compartida o alterna (que ya se recogen en las leyes de Aragón, Cataluña, Valencia y que admite el Tribunal Supremo como la solución más normal, si se dan los elementos precisos), a las distintas formas de garantizar a los hijos/as un derecho de habitación digno cuando están con papá y cuando están con mamá; realicemos los cálculos justos y adecuados para saber qué necesitan realmente los hijos y cómo deben contribuir papá y mamá a esos gastos

Como punto final y motivo de reflexión, poner de manifiesto un pensamiento de Mafalda: «Como siempre, lo urgente no deja tiempo para lo importante».

http://www.lne.es/gijon/2012/01/03/divorcio-escuela/1178729.html

11/01/2012 13:36
POR UNA VIA IGUALITARIA HACIA LA CUSTODIA COMPARTIDA

http://www.ahige.org/pdfs/AHIGE_Via_Igualitaria_CC.pdf

En esta línea, como hombres implicados activamente en la igualdad, entendemos que sería contradictorio, por un lado, defender la asunción de responsabilidades, la paternidad afectiva y cercana y la eliminación de los roles convencionales y, por el otro, emitir el mensaje a los hombres de que, en caso de separación, van a ser considerados únicamente padres proveedores y será la madre la que asuma la responsabilidad de la crianza. Esto consolida los roles tradicionales de género que subordinan a las mujeres y dificulta buena parte del desarrollo personal y las relaciones afectivas de los hombres.

Entendemos necesario un desarrollo del actual marco legal, en la línea de concretar aquellas situaciones en las que la custodia compartida es la solución más idónea y aquellas otras en las que no es la más adecuada.
12/01/2012 23:57
Custodia Compartida en Hoy por hoy , Radio Elche Cadena Ser

Fuente:

http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/medios/ser/ACCA-RADIO-ELCHE-110112.mp3
16/01/2012 11:07
MAMA YO FLIPO……

Domingo, 15 de enero de 2012

Dejar un comentario Llevo todo el día de domingo sentada en una silla del despacho de mi casa preparando los juicios de la semana, entre ellos un asunto en el que la todavía mujer de mi cliente un buen día, concretamente 29 de agosto de 2011, comunico a su marido cual era la nueva dirección y la nueva ciudad en la que vivían sus hijos, porque abusando del mes que le correspondía de vacaciones y de que el señalamiento de las medidas provisionales que decidan sobre custodia, régimen de visitas etc. no es hasta mañana, se cambio de ciudad llevándose con ella a los menores. Desde entonces es obvio que los niños no han vuelto a ver su padre todas las tardes de la semana como antes lo hacían, que este no ha vuelto a poder recogerlos en su colegio, y que se hace cientos de kilómetros con sus pequeños en coche para cada quince días estar juntos en la que era su ciudad….. Es decir una madraza, vaya!!!! generosa con sus hijos y con la relación que estos deben de tener con su padre facilitando la estabilidad emocional que le genera una optima relación con ambos progenitores, conciliadora en sus decisiones, respetuosa con el contenido de la patria potestad como el cambio de domicilio y colegio de sus hijos, …… Un ramillete de virtudes…..(irónicamente claro).

Estaba un poco cansada y decidí tomar un te leyendo las ultimas noticias de Facebook cuando veo la siguiente frase ” La gente que acepta la guardia y custodia compartida impuesta acepta tanto los abusos como la violencia de genero”…….

La verdad necesitaría horas, páginas para decir todo lo que se me viene a la cabeza, empiezo:

Cuantas veces hemos oído que los hombres no hacen nada en casa?

Cuantos años llevamos luchando en esta sociedad por la igualdad?

Cuantas asociaciones reman cada día para que la mujer se equipare al hombre en todos los sentidos?

Cuantas criticas hemos hecho a generaciones anteriores en las que los hombres no ejercían de padres?

Podría decir decenas de pleitos de divorcio en el que el discurso era:

* El no iba al colegio a hablar con los profesores.
* El no iba al pediatra con los niños.
* El no los llevaba a las actividades extra escolares.
* El nunca fue a comprarles la ropa.
* El nunca los bañaba.
* El nunca les daba la cena…..

Y suma y sigue….. Resulta que ahora esto cambio, resulta que ahora es absolutamente normal ver a un papa en la puerta de un colegio, ¿O no? Absolutamente normal verlo en una actividad extra escolar de una hija o hijo, ¿O no? Completamente normal ver a un señor con su carrito en el supermercado ¿O tampoco? Y de igual manera en el pediatra ¿ O solo los veo yo? ….

16/01/2012 11:08
Pues estos señores cuando se divorcian no pretenden hacer ningún daño a sus hijos, simplemente quieren ser lo mismo que eran antes, UN PADRE. Y para ello piden que no se cierre la puerta al reparto de tiempos de sus hijos, y que si su disponibilidad de tiempos es la misma casados que divorciados, si ellos pueden seguir haciendo aquellas labores de atención a sus hijos que venían haciendo antes, que se les permitan y no se les corten las alas en beneficio de una empleada de hogar que cubra esas horas que ellos dedicaban a los hijos mientras la madre trabaja.

No existe sector doctrinal alguno, ni representante alguno de asociación, jueces etc. que hubiera hablado nunca de imponer la custodia compartida en los supuestos de divorcio contencioso en los que no haya acuerdo al respecto entre los padres, sino que se trata de que se reconozca la posibilidad a aquellos padres, muchos o pocos, que están en condiciones de pedirlo, que la ostenten de igual forma que la madre, siempre y cuando el oportuno informe psicosocial confirme que es lo mejor para los hijos y se pueda organizar sin dañar al menor y sin que se le impida al padre por el simple hecho de ser un varón.

Afirmaciones como la que transcribí en boca de una representante de una asociación que hoy se manifestaron en Madrid me deja atónita, ¿Es que solo queremos la igualdad para lo que nos conviene? ¿ Es que se puede sacar asuntos de contexto manipulando al lector u oyente al punto de decir que la defensa de la custodia coincide con la defensa del abuso o de la violencia de genero? realmente es inaudito, Si no quieren ejercer de padres porque son malos padres, si quieren ejercer de padres porque defienden el patriarcado machista….. ¿ Estamos locos o que?

Le diría a esta señora que preside esta asociación y que hace frases de este tipo que eso es lo que lleva a la continuidad de un derecho de familia completamente obsoleto, automatizado y perjudicial para muchos menores, que existen madres y madres y padres y padres que en mas de dieciséis años he visto padres ante los que me sacaría el sombrero cada minuto y madres que no se explica que traten a sus hijos así y al revés otras que viven 24 horas al día por y para sus hijos y que han tenido la desgracia de tener de marido y padre de sus hijos a un indeseable….ya esta bien de afirmaciones categóricas, ya esta bien de ser sexistas justamente aquellos que defienden la igualdad.

Cada madre es un mundo, cada padre lo es también y en cada pleito de familia debe de practicarse cuanta prueba sea necesaria para que el Juez adopte simplemente la mejor decisión para los niños que en la mayoría de los casos será aquella que mantenga su vida lo mas parecida y cercana a la que tenía antes de la ruptura familiar cuando en su vida había dos progenitores y cuando la madre estaba encantada de que el padre compartiese esas obligaciones que por querer ahora mantener se le tilda de defensor de la dictadura patriarcal, del machismo, del reparto de los hijos, de maltratados, de pederasta … Como dice mi hija Carlota, MAMA YO FLIPO…….

http://blogs.elcorreogallego.es/letrada/2012/01/15/mama-yo-flipo/
20/01/2012 00:10
La custodia compartida en las rupturas matrimoniales

19/ene/12

Normalmente, siempre que se produce una ruptura matrimonial, bien sea por divorcio o separación de sus cónyuges, se suele plantear conflicto entre ambos por dos motivos principales: la custodia de los hijos y la situación económica en que quedará cada miembro de la pareja.

En España, tras una ruptura matrimonial, los jueces tienden a otorgar la custodia de los hijos menores de edad a uno de los padres, generalmente a la madre, ocasionando con ello serios perjuicios a los niños, a los que se separa de sus padres condenándoles a una orfandad cruel e innecesaria. También produce un enorme desasosiego y frustración por parte del padre.

De esta manera se aboca a los progenitores a una lucha por el derecho a convivir con los hijos que, en muchos casos, degenera en una guerra y crea el caldo de cultivo para que surja la llamada violencia doméstica, que desde este enfoque es la consecuencia de un proceder injusto por parte de la sociedad a través de sus máximos representantes, por lo que se hace precisa una reforma legal que regule la custodia compartida de los menores afectados tras una separación o divorcio de sus padres.

La custodia compartida es tanto un derecho del niño como de los padres, porque el divorcio se produce siempre entre los padres y no entre estos y sus hijos. Salvo cuando un juez disponga lo contrario por haber existido maltrato, mal ejemplo, etc., la custodia de los hijos ha de ser compartida entre los padres por igual.

Los hijos siempre siguen teniendo el derecho a seguir teniendo padre y madre en igualdad de condiciones después del matrimonio. Un derecho del que los jueces no pueden privar a los hijos, porque los derechos de la familia trascienden al matrimonio. La custodia compartida es básicamente un derecho que poseen los hijos y los progenitores a seguir teniendo una relación paterno-filial y materno-filial igualitaria y justa sobre la que seguir desarrollando la afectividad y el cariño al margen de las relaciones contractuales entre los padres que fijen los jueces y acaban con el matrimonio.
Por ello, quien dimita de este derecho sin que exista delito alguno comete un profundo acto de injusticia, siendo responsable de la violencia que pueda seguir a una pérdida injusta del derecho a la custodia compartida. Los convenios de mutuo acuerdo que no parten del derecho inalienable a la cooparentabilidad con los hijos son injustos, ya que en el fondo responden a una correlación de fuerzas desequilibrada a favor de uno u otro progenitor. Por consiguiente, sobre la base del derecho a la custodia compartida, se puede llegar a cualquier tipo de acuerdo mutuo que tenga en cuenta las necesidades de los hijos y de cada uno de los progenitores sobre el tiempo de convivencia con uno u otro excónyuge, la distancia de las viviendas, la colaboración económica, la educación de los hijos, las nuevas relaciones de pareja o matrimoniales, etc.

Si se elimina la custodia compartida, nada de esto es posible dentro del sentido común, sino que, por el contrario, se aboca a una lucha cruel e injusta entre los progenitores. Lucha que sufren los hijos de forma dramática y da origen al temido y cruel Síndrome de Alienación Parental, por el cual el progenitor que tiene la custodia del niño manipula a este para que rechace al otro.

La custodia monoparental de los hijos por parte de uno de los dos progenitores que se divorcian supone una enorme injusticia y atenta contra el derecho que tienen los padres a tener a sus hijos, y al de los hijos a tener a sus padres. Además, el progenitor que acepta esta aberración judicial está renunciando a un derecho fundamental reconocido en la Carta de las Naciones Unidas, provocando, al mismo tiempo, la privación de este derecho en sus hijos, a la vez que se convierte en una persona que acepta la alienación. Con el divorcio, se mantiene el concepto familia mientras que se disuelve el concepto matrimonio.

Si tenemos en cuenta que en España cada año se rompen 110.000 matrimonios y que, salvo raras excepciones, la custodia de los niños menores de edad recae casi siempre sobre la madre, se hace necesario una revisión y una nueva regulación legal que garantice la custodia compartida a favor de ambos cónyuges. Es justo y necesario.

http://eldia.es/2012-01-19/CRITERIOS/21-custodia-compartida-rupturas-matrimoniales.htm
25/01/2012 23:50
YA SON 160 AYUNTAMIENTOS POR LA CUSTODIA COMPARTIDA

Son 160 los ayuntamientos españoles que han aprobado una moción instando a las Cortes Generales a modificar el Código Civil.

La Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia compartida (Uefacc) informó en un comunicado de que ya dispone de los acuerdos plenarios de 160 ayuntamientos españoles, “que han aprobado una moción instando a las Cortes Generales a modificar el Código Civil de modo que la custodia compartida de los hijos se recoja como un derecho fundamental de éstos a continuar compartiendo su vida con sus dos padres en igualdad temporal, espacial y legal”, así como un conjunto de derechos y obligaciones para los padres cuyo ejercicio debe salvaguardarse tras la ruptura de la pareja.

Para Uefac, “es el momento de desligar la custodia compartida de los hijos de otros asuntos como la vivienda, las denuncia por maltrato, del acuerdo entre los padres o de la opinión de un fiscal retrógrado” y ligarla solo al cuidado de los hijos. Entre ellos figura el Ayuntamiento de Córdoba así como un total de 14 gallegos. Entre ellos se encuentran los coruñeses de Neda, Narón, Arzúa, Boiro, Ribeira, A Pobra do Caramiñal y Rianxo. A esta iniciativa se ha unido, además, el Parlamento de Galicia, según informó ayer esta asociación en defensa de esta custodia.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/01/25/ya-son-160-ayuntamientos-por-la-custodia-compartida/
26/01/2012 23:00
Un vizcaíno inicia una huelga de hambre para reclamar la custodia compartida

26-01-2012 / 20:20 h

Ortuella (Bizkaia), 26 ene (EFE).-

Koldo Meabe, un vecino de Ortuella (Bizkaia) ha iniciado hoy una huelga de hambre indefinida a las puertas del ayuntamiento de la localidad para reclamar las custodia compartida de su hijo de cuatro años y en favor de la igualdad de derechos entre padres y madres.

Según ha señalado a Efe el propio Meabe, de 36 años y parado, que cuenta con el apoyo de la Asociación por la Custodia Compartida La Terraza, de Bilbao, ha decidido iniciar la huelga de hambre "por mi hijo" porque "es una agonía y un sufrimiento verle cómo se marcha llorando cada vez que está conmigo y tiene que volver con su madre".

El régimen de visitas establecido por el juez le permite estar con su hijo los martes y jueves de 16:30 a 20:30 horas y un fin de semana alterno, pero quiere estar más tiempo con su hijo "porque él me lo pide".

Cuando tiene que entregar a su hijo a su madre, el niño "se agarra a mi pierna y no para de llorar y piensa que no puede quedarse conmigo porque ha hecho algo malo y no sé como explicarle que no ha hecho nada", señala.

Asegura que "siempre" ha estado con su hijo y que cuando trabajaba como vigilante de seguridad por las noches al llegar a casa esperaba a que se despertarse para llevarle a la guardería y destaca que entre su hijo y él hay una relación "especial".

En la actualidad, Koldo Meabem se encuentra en paro y vive con su madre "pero mi hijo no tiene problemas económicos" porque, según asegura, hace efectiva todos los meses la ayuda de manutención establecida.

Insiste en que la huelga de hambre la hace "por mi hijo, no voy contra nadie" y que lo único que quiere es estar más con él y cambiar una situación que lleva viviendo desde julio de 2009, unos meses antes de que en septiembre su hijo cumpliese dos años. EFE

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1082792
27/01/2012 09:38
La verdad es que no se que tiene que pasar en este pais para que la justicia sea realmente justa, en estos temas familiares, de separaciones, violencia de genero y similar estamos bastante atrasados, vamos que se parte de una indefension total para una de las partes, el hombre, que si tienes que probar que no has maltratado...¿pero no se dice aquello de la presuncion de inocencia?...¿no se habla de ser inocente hasta que se demuestre lo contrario?...en el tema de separaciones igual...de entrada custodia par la madre ¿porque?...¿porque no compartida como deberia ser?, claro luego asi los datos dicen que la mayoria de las separaciones son iniciadas por las madres, no me extraña teniendo todos los ases en la manga, asi cualquiera, ¿porque este hombre y todos los demas no pueden pasar mas tiempo con sus hijos?, vamos el 50% como corresponderia al ser corresponsable de ellos, ahora eso si para pagar si lo es, o incluso en mas de ese 50%...

Custodia compartida ya y por defecto.
27/01/2012 12:10
No justifiqueis la violencia de género. La violencia machista jamás tendrá justificación.
Por favor no hagais apología del maltrato
27/01/2012 13:33
VicenteM.

No me ha parecido, en mi opinión, que se haya justificado o hecho apología de ningún tipo de maltrato o de violencia.

Un saludo.

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EL AYUNTAMIENTO PIDE QUE SE MODIFIQUE EL CÓDIGO CIVIL PARA RECONOCER LA GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA
Fecha: 27.1.12

• La moción fue aprobada por PSE y PP • Barakaldoko Ezkerra (EB) ha votado en contra PNV y Bildu se han abstenido •

El Ayuntamiento ha aprobado en el pleno celebrado este jueves una moción en la que se compromete a a promover la guarda y custodia compartida de los hijos e hijas e insta a las Cortes Generales a modificar el Código Civil para introducir esta figura como un derecho del menor. La iniciativa estaba promovida por la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida y fue presentada al pleno por el grupo socialista.

Además, el Ayuntamiento se ha comprometido a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la guarda y custodia compartida a todos sus órganos y muy especialmente en las áreas relacionadas con la familia, igualdad y servicios sociales.

Insta a las Cortes Generales a modificar el Código Civil para introducir esta figura como un derecho del menor, ya que puede continuar compartiendo vida con su padre y madre en igualdad de condiciones

Barakaldo, 27-1−2012

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Barakaldo aprobó ayer una moción en la que se compromete a promover la guarda y custodia compartida de los hijos e hijas e insta a las Cortes Generales a modificar el Código Civil para introducir esta figura como un derecho del menor. La iniciativa, promovida por la Unión Estatal
de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida y presentada por el Grupo Municipal Socialista, fue aprobada con los votos a favor de PSE-EE y PP. Barakaldoko Ezkerra votó en contra y PNV y Bildu se abstuvieron.

A través de esta moción, la institución local considera la figura jurídica de la guarda y custodia compartida de los hijos e hijas como el mayor garante del interés superior de los mismos, ya que pueden continuar compartiendo sus vidas en igualdad temporal, espacial y legal con su padre y su madre. “Se impide así que uno de los progenitores tenga el monopolio exclusivo de los niños y niñas”, ha defendido hoy en rueda de prensa la concejala de Acción Social y para la Igualdad, Cooperación y Prevención de Drogodependencias, Amaya Rojas.

El Pleno Municipal acordó exigir al legislador -en este caso, las Cortes Generales- a que modifique el Código Civil para que éste recoja el ejercicio de la guarda y custodia compartida “desde el mismo momento en que se presenta ante el juzgado una demanda de separación o divorcio, salvo en los casos excepcionales que puedan producirse”.
Por su parte, desde el ámbito de responsabilidad municipal, el Ayuntamiento de Barakaldo se compromete a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la guarda y custodia compartida a todos sus órganos y muy especialmente en las áreas relacionadas con la familia, igualdad y servicios sociales.

27/01/2012 13:34
IGUALDAD REAL Y EFECTIVA

“Creemos que la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida es una constante en los países democráticos y un objetivo primordial en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. Igualmente, la Convención sobre los Derechos del Niño proclamada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España el 30 de noviembre de 1990 obliga a los Estados a respetar el derecho de los niños a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular”, recoge la moción aprobada.

El Ayuntamiento de Barakaldo considera que la custodia de los niños y niñas no es un tema menor y, de hecho, afecta hoy en día a un significativo número de familias de la ciudad. Tantos como casos de separación o divorcio de parejas se producen. “No hay datos exactos referentes a nuestra ciudad, pero creemos que la masa de población afectada es enorme, porque según el Instituto de Política Familiar actualmente se celebran en España dos divorcios por cada tres matrimonios y se estima que casi la mitad de los matrimonios que se contraen acaban, antes o después, en divorcio”, ha explicado Amaya Rojas.
Sin embargo, a juicio del Consistorio las leyes que regulan las rupturas matrimoniales están “anticuadas” y es necesario reformarlas, pues producen graves perjuicios sobre todo en los menores, a los que no se les garantiza su derecho más elemental de continuar conviviendo con sus dos padres de forma igualitaria
y alterna, convirtiéndoles a menudo en instrumento de arma arrojadiza o en moneda de cambio para obtener considerables beneficios materiales en el proceso de divorcio.

“Estas leyes son normas de un pasado ya lejano, que no tienen en cuenta la transformación de la sociedad española, en la que la mujer ha logrado incorporarse con fuerza al mercado laboral y, por tanto, está en condiciones de mantener su autonomía. Por su parte, hay más varones que adoptan un papel activo en la crianza de los hijos, se implican en sus cuidados desde el nacimiento y se preocupan por su educación, su bienestar y su futuro”, recuerda la moción.

GANADORES Y PERDEDORES

En la actualidad, el índice de contenciosidad en la resolución de la resolución de las disoluciones matrimoniales se sitúa en el 41%. Además, el actual modelo de divorcio impone, en el 92% de los casos, que los hijos queden a cargo de un solo progenitor, mientras el otro pasa a tener, a menudo de modo impuesto, un papel secundario y sin relevancia alguna. Y esto no es justo ni bueno para el niño.

Las consecuencias de este sistema de ganadores y perdedores -recuerda la moción- lejos de garantizar el ejercicio de los derechos y deberes, incentiva el conflicto, provocando la desaparición brutal de un progenitor en la vida de sus hijos y dificultando enormemente la posibilidad de que el divorcio pueda significar una oportunidad real para rehacer la vida de los adultos y, al menos tiempo, normalizar y armonizar la vida de los menores con sus dos padres.

Son muchos los países que han introducido la guarda y custodia compartida o responsabilidad parental compartida en su legislación, desde Alemania hasta Austria, pasando por Australia, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Francia, Inglaterra, Gales, Italia, Portugal, República Checa, Suecia, Suiza, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Puerto Rico…

http://barakaldodigital.blogspot.com/2012/01/el-ayuntamiento-pide-que-se-modifique.html
10/02/2012 20:51
PP pide retirada de recurso de inconstitucionalidad de la Ley de Custodia Compartida

El portavoz popular en Les Corts, Rafael Blasco, anunció que el Grupo Popular apoya “clara y firmemente” al Consell de Alberto Fabra en su petición al Gobierno de España para que convoque la Comisión Bilateral de Cooperación y aborde la retirada de los recursos de inconstitucionalidad que pesan sobre algunas cuestiones autonómicas.

El portavoz popular en Les Corts, según informa El Periodic, ha aprovechado para recordar que en el Parlamento Valenciano “los populares hemos defendido siempre nuestras tradiciones, costumbres y capacidad para aplicar leyes”. Así, ha recordado que su formación ha presentado diferentes iniciativas en los últimos años en las que ya instaba al Gobierno de España a retirar los recursos contra la Ley de Custodia Compartida o mostraba su posición de defensa sobre el parany o la reforma del Cabanyal.

http://www.feriadeldivorcio.com/2012/02/10/pp-pide-retirada-de-recurso-de-inconstitucionalidad-de-la-ley-de-custodia-compartida/

13/02/2012 00:59
Custodia compartida al ralentí

Víctor Mondelo | Barcelona

Actualizado domingo 12/02/2012 05:34 horas

Excepción. El término es recurrente al abordar la cuestión de la crianza compartida de un hijo tras una separación o divorcio. Cuando la decisión final no viene precedida de un acuerdo. Si es el juez quien resuelve el contencioso. Se cumple un año de aplicación del nuevo código civil catalán, uno de los más ambiciosos en el impulso de esta fórmula de cuidado coparental de los menores, pero la custodia dividida a partes iguales sigue sin convertirse en la opción preponderante.

El Título Segundo del Código Civil de Cataluña, que entró en vigor en enero de 2011, se quedó a las puertas de establecer como literalmente preferente la guardia y custodia compartida. Meses antes sí lo había hecho Aragón y algunos después lo haría la Comunidad Valenciana -en una norma que se está aplicando, pero se encuentra recurrida ante el Tribunal Constitucional (TC) al estimar el Gobierno que la comunidad vulnera sus competencias sobre legislación civil-. El por entonces tripartito gobernante prefirió un redactado menos explícito y ello no está allanando el camino.

En este primer año, las sentencias siguen en los juzgados de primera instancia; no han llegado a las Audiencias Provinciales, que serán las encargadas de sentar jurisprudencia, pero las perspectivas de cambio ante la falta de acuerdo entre los progenitores son prácticamente nulas.

"La responsabilidad parental debe ejercerse, en la medida de lo posible, conjuntamente", dice el código catalán

"Cuando hay niños pequeños de por medio, de dos, cuatro, cinco años, que un juez decida dar la guardia y custodia compartida en un pleito contencioso sigue siendo muy complicado de conseguir. Para mí siempre serán, de momento, excepciones. Si se pacta, se pacta, pero cuando es el juez quien lo determina sigue siendo crudo de lograr. Se sigue teniendo negro", aclara Julián Valón, vocal de la sección de Derecho Matrimonial y Familia del Colegio de Abogados de Barcelona.

Estas dificultades vienen motivadas, en parte, por la falta de concreción que el presidente de la misma sección del Colegio, Antonio Rubio, atribuye a la norma. "Se están utilizando conceptos de manera muy vaga. A veces, la responsabilidad parental hace referencia a la patria potestad y otras a la guarda", denuncia y carga: "El legislador puede haber querido contentar a las asociaciones de padres separados para hacer ver la existencia de una guarda y custodia compartida. Ha estado más preocupado por responder a estos sectores sociales que por regular unas normas para el justiciable".

El nuevo código recoge que "la autoridad judicial, si no existe acuerdo o si éste no se ha aprobado, debe determinar la forma de ejercer la guarda, ateniéndose al carácter conjunto de las responsabilidades parentales". Y define dichas responsabilidades diciendo que, tras el divorcio, "mantienen el carácter compartido y, en la medida de lo posible, deben ejercerse conjuntamente". Sin embargo, como en el resto de códigos civiles vigentes en el Estado, también precisa que "la autoridad judicial puede disponer que la guarda se ejerza de modo individual si conviene más al interés del hijo". En el caso aragonés, la preferencia por defecto hacia la custodia compartida queda sujeta a que la individual no sea "más conveniente" y en la reforma del código civil español de 2005, aplicado en la mayoría de comunidades autónomas, que el magistrado se decante por esta forma de guardia del menor sin acuerdo previo es considerado sólo una salida "excepcional".

Estas cláusulas son las que llevan al Ángel Antón, presidente de la Asociación Catalana de Padres Separados (Acapase), a descartar cualquier apego a la nueva norma de Cataluña, que ve "papel mojado".
"Judicialmente no sirve para nada", apostilla.

Rubio cuestiona, paralelamente, que el cuidado compartido vaya aplicarse "con carácter automático" incluso en Aragón. "Aunque se establezca esa fórmula prioritariamente y de una manera hermética, cada separación es diferente a ojos del juez", reflexiona el letrado, que llega a definir las diferentes legislaciones existentes como "el mismo perro con diferentes collares" y fía la evolución hacia esta "deseable" e "ideal" forma de cuidado a la propia evolución social.

En Cataluña, hoy por hoy, la cifra de custodias compartidas en divorcios amistosos ronda el 30%, mientras que se ve reducida a aproximadamente el 10% cuando se dilucida en un contencioso. "Igual que era impensable hace 15 años que un padre pudiera pedir la repartición al 50% de la guardia de su hijo, dentro de 15 lo más normal es que nadie se lleve las manos a la cabeza cuando se hable de la misma", vaticina Rubio.
13/02/2012 01:00


Pactos a la europea como modelo

El tripartito optó por intentar promocionar la mediación y el pacto, siguiendo los modelos de Francia, Bélgica o Italia. En ello está jugando un papel destacado el llamado plan de parentalidad, un documento que debe elaborar cada progenitor tras la separación en el que precisa a qué se compromete en adelante con respecto a la cría de sus hijos y el modo en que pretende llevarla a cabo.

Esta novedad, sin parangón en el resto de España, obliga a cada una de las partes a precisar aspectos como las características del lugar de residencia, la forma del cambio de guardia, quién asumirá los costes que generen los desplazamientos, el tipo de educación que los menores recibirán y las actividades extraescolares que realizarán.

Núria Sauné, presidenta de la Associació de Dones per la Igualtat i la Custòdia Compartida (Adicc) y ponente en la comisión de justicia de la que salió la nueva norma catalana, apunta a que el plan permite una reflexión "más profunda y menos visceral" sobre las consecuencias de la ruptura. "Tener que presentar ante el juez un plan donde explicas a qué estás dispuesto hace que las parejas sean mucho más flexibles, que no todo sea esa rabia inicial, que se paren a pensar en que hay un más allá y se mire más por los niños", abunda.

El abogado Julián Valón sostiene que esta herramienta le ha permitido pactar durante este año más custodias que anteriormente gracias a que quedan concretadas "todas las obligaciones que tienen que ver con el menor".

"Le tendríamos que dar las gracias a los letrados, que están haciendo un buen trabajo como mediadores al empujar a los padres a llegar a criterios comunes en esos planes antes de que un juez los decida", suma Sauné.

El presidente de la Sección de Familia del Colegio de Abogados de Barcelona considera, no obstante, que si las discrepancias en estos exhaustivos planes son muy notorias, el juez "no se postulará" ante una u otra opción, ciñéndose a los aspectos más básicos de los mismos y dejando sin efecto muchas otras propuestas. "Si la madre plasma que quiere que el niño haga la comunión de marinero en la ciudad y el padre de calle en el pueblo, obviamente el magistrado no va a entrar en ese detalle", clarifica. Rubio lamenta, además, que pudiendo precisar aspectos tan nimios como el "régimen de visitas a mascotas" la norma no prevea cuestiones tan conflictivas como "quién va a asumir la representación legal del menor, o cómo se va a administrar un patrimonio en caso de que lo tenga".

13/02/2012 01:00
La vivienda, hasta para el niño

Otro de los avances de la legislación catalana es la regulación del uso de la vivienda. El nuevo código establece que, si no hay acuerdo, se atribuirá preferentemente al progenitor que tenga la guarda, mientras la posea. Estableciendo, por tanto, una limitación temporal. Además, en determinadas circunstancias, como cuando la situación económica de quien disfrute la custodia sea desahogada, el inmueble también podría ser otorgado a la otra parte. Asimismo, es destacado que, por primera vez, la atribución del uso del domicilio se cuantifica a efectos de la prestación compensatoria. "Es decir, te damos el uso pero, ojo, que ese uso tiene un valor y se tiene en cuenta para darte la prestación", aclara Rubio.

La normativa queda apuntalada, en este sentido, al considerar que la custodia compartida no exime a los padres de la responsabilidad respecto a la alimentación de sus hijos. Algo que el letrado ensalza como "un gran acierto" para acabar con el "fin mercantilista" que determinados progenitores quieren lograr al reclamar la guardia. "La gente tiene que concienciarse que la custodia compartida no implica que, de inmediato, el pago de los alimentos vaya a ser al 50%".

La normativa ha introducido, por último, una nueva y revolucionaria premisa repleta de controversia, como es que, en caso de custodia compartida, los hijos puedan continuar viviendo en el domicilio familiar y sean los padres los que vayan entrando y saliendo de éste. "Se está dando esta circunstancia y es una locura", señala Sauné. "Además del gasto que supone tener tres pisos (uno por cada progenitor y otro para los hijos) no sabes qué te encontrarás cuando vuelvas al cabo de tres meses, el otro puede haberlo cambiado todo cuando llegues", protesta. Rubio subraya: "Creo que esa opción está llamada al fracaso". Y Sauné retoma: "Es lo que ocurre cuando los jueces tienen tantas opciones y necesitan pensar demasiado".

La presidenta de Adicc asegura que los magistrados les reclamaban una legislación más cerrada "para no tener que interpretar" y que, así como muchos "quieren ir de progresistas" introduciendo novedades como el mantenimiento de la vivienda familiar para los vástagos, otros "siguen sus usos y costumbres". "Los jueces me continúan dando mucho miedo, no confío demasiado. La norma no dice que la preferencia sea para la compartida y tienden a seguir los procedmientos que seguían hasta ahora. Muchos incluso aplican todavía el código estatal", acusa.

Y el temor parace estar fundado, pues el presidente de la Derecho Matrimonial y Familia del Colegio de Abogados de Barcelona admite que en este año de aplicación sólo ha visto una sentencia de primera instancia "redactada conforme al código civil catalán, hablando de los planes de parentalidad, reseñando las formas de entrega...". Claro que establecía una custodia compartida. Un avance al ralentí.

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/02/10/barcelona/1328863727.html?cid=GNEW970103#comentarios
15/02/2012 16:15
Piden a la fiscal jefe que promocione la custodia compartida

AMALIA F. LÉRIDA / SEVILLA

Día 15/02/2012

La asociación Custodia Compartida Sevilla integrada en la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) ha solicitado una entrevista a la Fiscal Jefe de Sevilla, María José Segarra, para exponerle la importancia que tiene el Ministerio Fiscal a la hora de devolverle a España el modelo de custodia compartida de los hijos cuando las parejas se separan, eclipsado en la práctica por la nueva Ley de Divorcio de 2005.

Este colectivo refiere que las Audiencias Provinciales de Navarra y Las Palmas han interpuesto sendas cuestiones de constitucionalidad a dicha ley, ya que impide el ejercicio de una corresponsabilidad parental efectiva; y que en Aragón y Valencia se han desarrollado normas en ese sentido que constituyen el pistoletazo de salida para una reforma profunda en el ámbito estatal.

http://www.abcdesevilla.es/20120215/sevilla/sevp-piden-fiscal-jefe-promocione-20120215.html