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Multa por liar un porro en la via publica

43 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 43 comentarios
07/01/2010 14:56
Hola a todos ....

Rescato este post para preguntaros si sabeis que suele tardar en llegar la carta a casa ( en caso de que proceda la denuncia ) ,,,,por ejemplo, a partir de cuando puede llegar y cuando seria el maximo tiempo para que no llege nunca , no se si me explico bien ..

Saludos y gracias ..
19/01/2011 20:32
Holaaaa!!

Necesito ayuda respecto a este tema.

El día 08/02/2010 me pararon para un registro rutinario y no encontraron nada, lógicamente porque no llevaba nada....

En el día de ayer 17/01/2011 recibí una carta certificada donde me multan por estar en la vía pública con 6.1 g de hachís y NO LLEVABA NADA.

durante el registro me dijeron que todo estaba bien y que me fuera. No me dieron ninguna denuncia, ni tengo nada de aquel día. ¿cómo puedo justificar que no llevaba nada? ¿qué puedo hacer?

estoy en paro y me han multado con 300 euros....SI TODAVÍA HUBIERA LLEVADO ALGO....PERO ESTO ES INJUSTO.

por favor ayuda!!!!

muchas gracias
22/01/2011 20:01
Lamarkia, cuenta los quince días de recurrir y si te cae el último después del 8 de fbrero alegas prescripción, pasó el año de la falta grave.
22/01/2011 21:43
No, prescripción no hay , te han notificado antes del año. Acabo de hacer un recurso y he alegado ausencia de motivación en el acto potestativo discrec ional que supone la proporcionalidad porque los actos discrecionales - art 54,f de la ley del régimen 30/92 - deben ser motivados y en el caso de lo que recurro le sancionan con 300 euros además de también con la incautación , que son dos sanciones y como podía haber sido solo una de ellas debería haber explicado el porqué, Aparte suelto el rollo de que tenecia no es rozar algo, ni que esté encima de tí, se trata de que la cosa es tenida cuando está en tu ppoder, y se te te deja el uso y disfrute o tienes poder de algo con ella que no es lo mismo que cuando contra tu voluntad te la meten en el bl0sillo. Aparte esta chiquilla - como soy médico- ya la he deshabituado y le he hecho su certificadito , por si fuera poco en seis meses caduca...Espero que os sirva de algo.
23/01/2011 17:26
Ah . Si alguien necesita algo trinidadisabelpastor@hotmail.com

http://centroespecialidadestrinidadpastor.blogspot.com.

Saludos , amiguitos, que dios os proteja.
24/01/2011 11:20
Hombre santi parra, parece que eres murciano y tienes nexos con la sanidad, no conocerás por casualidad o por cualquier otro motivo algún médico especializado en valoración del daño corporal en Albacete? Ando buscando uno que a ser posible no trabaje para Mapfre pues es la compañía contraria.
24/01/2011 13:50
Hola Kapi, pues no, pero en murcia a ver si me ayudas que hacemos desintoxicaciones de drogas con su certificadito por el que te quitan la multa...
En Albacete no , si quieres en murcia puedo buscarte alguno. Saludos.
24/01/2011 18:33
Joer Santi, deberías estar encantado con la administración que te ofrece la posibilidad de llevar un negocio floreciente, y con la que está cayendo eso no está nada mal ;) ahora sí que no te entiendo, o quizás sí, será por aquello de empatizar, no?

En Albacete he encontrado uno, pero trabaja para Mapfre y me da miedo que su pericial barra para el otro lado y encima pagarle yo. No entiendo cómo no hay más o no se publicitan. Murcia queda algo alejado y como no son baratos precisamente... ya veré a ver que hago. Gracias de todos modos.

Saludos.
26/01/2011 10:37
Kapi: jajajajaja Bueno, eso de negocio floreciente¡¡¡¡¡....

El moho enflorecido , ¿?.
28/01/2011 16:15
Santi, mucho me temo que el recurso que has planteado por doble sanción no prosperará porque tu planteamiento es erróneo. En tema de drogas la L.O 1/92 dice que además de las sanciones se impondrá la incautación. Es decir, no se trata de un caso de doble sanción, sino que la incautación se realizará siempre independientemente de otras sanciones que se puedan imponer, es más, conjuntamente con la multa y la incautación se pueden imponer también la retirada del permiso de conducir y de permisos y licencias de armas.

Art. 28.2 de la L.o. 1/92:

Las infracciones previstas en el artículo 25 podrán ser sancionadas, ADEMÁS, con la suspensión del permiso de conducir vehículos de motor hasta tres meses y con la retirada del permiso o licencia de armas, PROCEDIÉNDOSE DESDE LUEGO A LA INCAUTACIÓN de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Artículo 25.

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.

2. Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado, en la forma y por el tiempo que reglamentariamente se determine.

Saludos.

28/01/2011 16:19

Amplío para dejarlo más claro: La incautación de la droga no es potestativa ni discrecional, sino la ley obliga a que se acuerde en todo caso.

15/02/2011 03:43
Buenas, el otro dia al salir de mi instituto me estaba liando un porro y vino un agente de paisano y me cojio el porro que me estaba liando mas 2 que tenia en la cartera que se los di yo. Relleno un formulario que me dio la copia i me dijo que podia recurrir si no tenia antecedentes. Que puedo poner para reccurir y hay alguna manera de no pagar la multa? Espero que alguien pueda ayudarme! Gracias
16/02/2011 15:03
Pues depende de cuanto sea la multa, claro, porque si es de 300 euros y por pronto pago te lo dejan en l50 , no te sale a cuenta pagarme los l00 q vale el certificado de deshabituación siempre y cuando vengas un momentín a mi casa y te deshabitue por supuesto.

http://centroespecialidadestrinidadpastor.blogspot.com

Pero lee el post desde el principio que hay bastante información.
16/02/2011 15:48
¿En las denuncias por tenencia y/o consumo hay descuento por pronto pago como en las de tráfico?

(entiéndase por tráfico a multas de la DGT)

Gracias.
16/02/2011 17:06
Paleg, lo potestativo es discrecional y se motiva o nulo. ¿Porqué 300 y no 250?

para brijando: lo que te ponga en el papel, lo mismo no.
17/02/2011 14:24
Santi, eres la antítesis de la ética. Vamos, que por el módico precio de 100€ deshabitúas a un yonki en un ratito en tu casa!

Esto no es serio.
18/02/2011 15:49
Oye, kapitan, perdona pero lo de yonki ...Es muy grave...Se trata de nefermos...Y una desintoxicación de metadona necesita muchoooo tiempo....

Certificaditos a gogo no hay en ningún sitio....

Cuando una persona se lia un porro y quiere deshabituarse del porro, efectivamente se hace un certificado, como cualquier médico certifica que padeces enfermedades o las has superado, porque es nuestra obligación y se servicio tambien nos es obligatorio certificarlo, y el de deshabituarse de un porro o tres de marihuana vale l00 euros.

Otra cosa es que valga que valga l00 euros la deshabitución de cocaína o de heroína , que es a la que diariamente me dedico, o la de metadona...Como comprenderás si es cierto que quién se gasta ALA SEMANA 300 EUROS en cocaína al dejarla no solo gana salud , si no mogollón de dinero, y hay gente que se gasta l000 por semana y en heroína ni te cuento.....

Cómo sigas por ese sitio te voy a mandar un enlace de los abogados más ricos de españa y como sacan a los narcos de la carcel para seguir destrozando jóvenes y familias liandolos en la drogodependencia, que justamente mi profesión en ese sentido sería más decente que la tuya.

En conclusión que no solo enseño a recurrir administrativo y no pagar un duro a la administración si no q aparte enseño a no pagar un duro a los narcos....

besitos y menos lobos....Que unA es muy decente y honesta.
http://centroespecialidadestrinidadpastor.blogspot.com
18/02/2011 20:43
UnA? El apócope de Santi o lo que yo tomé por tal me despistó, te presento mis excusas señora.

En cualquier caso, tú también andas errada, pues harto estoy de repetir que de letrado nada, en ninguna de sus acepciones, por lo tanto lo de abogado sencillamente imposible. Fui policía hace ya varios siglos, o eso me parece a mí, ya nada de nada, un poco toca pelotas si acaso.

En cuanto al tema de fondo, no pretenderás convencer a nadie y menos a mí, escéptico donde los haya, que en un "momentín" eres capaz de deshabituar a nadie ni a jugar al teto, ya no hablemos del consumo de cualquier sustancia estupefaciente, otra cosa es que emitas un certificado y que le soples 100 pavos al menda. Es un negocio, sí, ético?, a mi modo de ver no mucho o mejor nada. Es grave? Pues para lo que corre por el mundo no se puede decir que sea sangrante, la culpa como siempre es de nuestros administradores que no se enteran de nada y siempre van a remolque, pero con una soga muy larga, de lo que acontece por esos mundos llamados España. Mientras tanto los pillos siguen con sus negocios lucrativos. Hay quien hace reconocimientos médicos para tenencias de armas de caza, permisos de conducir sin observar la más mínima exigencia, empresas quitamultas que no quitan ni una y acaban perjudicando al cliente que ha de pagar el doble... La lista sería interminable y en cada momento ha triunfado un tipo de negocio, lo hicieron las multipropiedades, los planes de jubilaciones, los negocios piramidales... Este tuyo pues es uno más.

No te enfades conmigo y dadas las circunstancias también te envío unos castos besitos, no sea que ofenda tu honor.
18/02/2011 22:18

Efectivamente lo potestativo es discreccional, pero yo no discutía eso. Lo que yo dije es que la incautación de la droga no es ni discreccional ni potestativo, sino que es obligatorio, palabra que excluye lo potestativo y discreccional. Así pues si a uno le cascan una multa por tener un porro y también le incautan el porro no existe un doble sanción potestativa impuesta discreccionalmente y sin motivar, sino que se obra obligatoriamente y no hace falta más motivación que la alegación del precepto en el que se contempla la conducta obligada.

¿Por qué 300 y no 250? pues por más de lo mismo, la ley dice que la multa mínima por una infracción grave es de un mínimo de 300,50 euros ¿qué motivación requiere aplicar el importe mínimo legalmente posible? obviamente ninguna.

Te reconozco más conocimiento que yo sobre deshabituaciones de drogodependencias, si tu dices que en un momentín se consigue, debe ser cierto ;) no lo discutiré porque no soy facultativo. Yo sólo sé de leyes hasta donde sé de leyes, que es más de lo que sabe el ciudadano lego, como sospecho que tú eres.

Me sumo al festival del amor, jeje.



19/02/2011 08:53
Para Paleg y Kapitan

Obviamente , ni mi sueldo es l00 euros al mes en el hospital dónde trabajo y hago 6 guardias al mes a 500 euros cada una aparte de mis salarios complementos etc, ni en la privada tratas a un heroinómano y lo desintoxicas por l00 euros, conmigo sale mucho más barato que ingresado en un centro, porque es un tratamiento ambulatorio , y mis pacientes están contentos. Aparte claro que se lo certifico por escrito, tanto que han comenzado a deshabituarse, que han terminado, que están en ello, y además lo certifico a todos los efectos, penal, social, laboral, administrativo....

En cuanto al cannabis , ya sabeis la dependencia física que tiene y si la administración se ha empeñado en que es mucha y sancionan a los chicos por liarse un peta con el rollo a sus padres de que son drogadictos , señalandolos y estimagtizandolos, aquí estoy yo , para extender certificados.

Por cierto que como os pongais tontos os apunto en la lista negra , jijijijijiji, y cuando me necesiteis no me encontrais.....

Relajaros, la nena es buena. Trabaja mucho y trabaja bien. ¿Porqué no os pasais por mi blog que tengo allí el curriculum? Ya os he dejado el enlace 30 veces...

Ah.....Tambien hago blogs , a 300 euros....ahora mismo manejo 3 de abogados , uno de la ONG Antiacoso laboral , otro de una decoradora, otro de una confeccionista , en fín, que son preciosos...¿Quereis alguno?

¿Os parece mal que me divierta inventandome quehaceres aparte de mi trabajo habitual intrahospitalario? Pues aparte estoy casada tengo dos hijas , y sé cocinar de p....madre....Más tareas hogareñas no, porque no me gusta y tengo en casa a quien le encanta.....

Guapos, relajaros .

Paleg: El recurso a que te refieres me ha sido anulado por el certificado . Pero la caducidad de este procedimiento son seis meses , pone en la sanción misma, y la resolución debe responder a las chorradas que se te ocurran dentro de plazo o les caduca, en lo restante de mínimo 300,5 y doble sanción llevas razón, pero como no existe obligación de que el recurrente sea un genio para que les caduque...
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07/01/2010 14:56
Hola a todos ....

Rescato este post para preguntaros si sabeis que suele tardar en llegar la carta a casa ( en caso de que proceda la denuncia ) ,,,,por ejemplo, a partir de cuando puede llegar y cuando seria el maximo tiempo para que no llege nunca , no se si me explico bien ..

Saludos y gracias ..
19/01/2011 20:32
Holaaaa!!

Necesito ayuda respecto a este tema.

El día 08/02/2010 me pararon para un registro rutinario y no encontraron nada, lógicamente porque no llevaba nada....

En el día de ayer 17/01/2011 recibí una carta certificada donde me multan por estar en la vía pública con 6.1 g de hachís y NO LLEVABA NADA.

durante el registro me dijeron que todo estaba bien y que me fuera. No me dieron ninguna denuncia, ni tengo nada de aquel día. ¿cómo puedo justificar que no llevaba nada? ¿qué puedo hacer?

estoy en paro y me han multado con 300 euros....SI TODAVÍA HUBIERA LLEVADO ALGO....PERO ESTO ES INJUSTO.

por favor ayuda!!!!

muchas gracias
22/01/2011 20:01
Lamarkia, cuenta los quince días de recurrir y si te cae el último después del 8 de fbrero alegas prescripción, pasó el año de la falta grave.
22/01/2011 21:43
No, prescripción no hay , te han notificado antes del año. Acabo de hacer un recurso y he alegado ausencia de motivación en el acto potestativo discrec ional que supone la proporcionalidad porque los actos discrecionales - art 54,f de la ley del régimen 30/92 - deben ser motivados y en el caso de lo que recurro le sancionan con 300 euros además de también con la incautación , que son dos sanciones y como podía haber sido solo una de ellas debería haber explicado el porqué, Aparte suelto el rollo de que tenecia no es rozar algo, ni que esté encima de tí, se trata de que la cosa es tenida cuando está en tu ppoder, y se te te deja el uso y disfrute o tienes poder de algo con ella que no es lo mismo que cuando contra tu voluntad te la meten en el bl0sillo. Aparte esta chiquilla - como soy médico- ya la he deshabituado y le he hecho su certificadito , por si fuera poco en seis meses caduca...Espero que os sirva de algo.
23/01/2011 17:26
Ah . Si alguien necesita algo trinidadisabelpastor@hotmail.com

http://centroespecialidadestrinidadpastor.blogspot.com.

Saludos , amiguitos, que dios os proteja.
24/01/2011 11:20
Hombre santi parra, parece que eres murciano y tienes nexos con la sanidad, no conocerás por casualidad o por cualquier otro motivo algún médico especializado en valoración del daño corporal en Albacete? Ando buscando uno que a ser posible no trabaje para Mapfre pues es la compañía contraria.
24/01/2011 13:50
Hola Kapi, pues no, pero en murcia a ver si me ayudas que hacemos desintoxicaciones de drogas con su certificadito por el que te quitan la multa...
En Albacete no , si quieres en murcia puedo buscarte alguno. Saludos.
24/01/2011 18:33
Joer Santi, deberías estar encantado con la administración que te ofrece la posibilidad de llevar un negocio floreciente, y con la que está cayendo eso no está nada mal ;) ahora sí que no te entiendo, o quizás sí, será por aquello de empatizar, no?

En Albacete he encontrado uno, pero trabaja para Mapfre y me da miedo que su pericial barra para el otro lado y encima pagarle yo. No entiendo cómo no hay más o no se publicitan. Murcia queda algo alejado y como no son baratos precisamente... ya veré a ver que hago. Gracias de todos modos.

Saludos.
26/01/2011 10:37
Kapi: jajajajaja Bueno, eso de negocio floreciente¡¡¡¡¡....

El moho enflorecido , ¿?.
28/01/2011 16:15
Santi, mucho me temo que el recurso que has planteado por doble sanción no prosperará porque tu planteamiento es erróneo. En tema de drogas la L.O 1/92 dice que además de las sanciones se impondrá la incautación. Es decir, no se trata de un caso de doble sanción, sino que la incautación se realizará siempre independientemente de otras sanciones que se puedan imponer, es más, conjuntamente con la multa y la incautación se pueden imponer también la retirada del permiso de conducir y de permisos y licencias de armas.

Art. 28.2 de la L.o. 1/92:

Las infracciones previstas en el artículo 25 podrán ser sancionadas, ADEMÁS, con la suspensión del permiso de conducir vehículos de motor hasta tres meses y con la retirada del permiso o licencia de armas, PROCEDIÉNDOSE DESDE LUEGO A LA INCAUTACIÓN de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Artículo 25.

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.

2. Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado, en la forma y por el tiempo que reglamentariamente se determine.

Saludos.

28/01/2011 16:19

Amplío para dejarlo más claro: La incautación de la droga no es potestativa ni discrecional, sino la ley obliga a que se acuerde en todo caso.

15/02/2011 03:43
Buenas, el otro dia al salir de mi instituto me estaba liando un porro y vino un agente de paisano y me cojio el porro que me estaba liando mas 2 que tenia en la cartera que se los di yo. Relleno un formulario que me dio la copia i me dijo que podia recurrir si no tenia antecedentes. Que puedo poner para reccurir y hay alguna manera de no pagar la multa? Espero que alguien pueda ayudarme! Gracias
16/02/2011 15:03
Pues depende de cuanto sea la multa, claro, porque si es de 300 euros y por pronto pago te lo dejan en l50 , no te sale a cuenta pagarme los l00 q vale el certificado de deshabituación siempre y cuando vengas un momentín a mi casa y te deshabitue por supuesto.

http://centroespecialidadestrinidadpastor.blogspot.com

Pero lee el post desde el principio que hay bastante información.
16/02/2011 15:48
¿En las denuncias por tenencia y/o consumo hay descuento por pronto pago como en las de tráfico?

(entiéndase por tráfico a multas de la DGT)

Gracias.
16/02/2011 17:06
Paleg, lo potestativo es discrecional y se motiva o nulo. ¿Porqué 300 y no 250?

para brijando: lo que te ponga en el papel, lo mismo no.
17/02/2011 14:24
Santi, eres la antítesis de la ética. Vamos, que por el módico precio de 100€ deshabitúas a un yonki en un ratito en tu casa!

Esto no es serio.
18/02/2011 15:49
Oye, kapitan, perdona pero lo de yonki ...Es muy grave...Se trata de nefermos...Y una desintoxicación de metadona necesita muchoooo tiempo....

Certificaditos a gogo no hay en ningún sitio....

Cuando una persona se lia un porro y quiere deshabituarse del porro, efectivamente se hace un certificado, como cualquier médico certifica que padeces enfermedades o las has superado, porque es nuestra obligación y se servicio tambien nos es obligatorio certificarlo, y el de deshabituarse de un porro o tres de marihuana vale l00 euros.

Otra cosa es que valga que valga l00 euros la deshabitución de cocaína o de heroína , que es a la que diariamente me dedico, o la de metadona...Como comprenderás si es cierto que quién se gasta ALA SEMANA 300 EUROS en cocaína al dejarla no solo gana salud , si no mogollón de dinero, y hay gente que se gasta l000 por semana y en heroína ni te cuento.....

Cómo sigas por ese sitio te voy a mandar un enlace de los abogados más ricos de españa y como sacan a los narcos de la carcel para seguir destrozando jóvenes y familias liandolos en la drogodependencia, que justamente mi profesión en ese sentido sería más decente que la tuya.

En conclusión que no solo enseño a recurrir administrativo y no pagar un duro a la administración si no q aparte enseño a no pagar un duro a los narcos....

besitos y menos lobos....Que unA es muy decente y honesta.
http://centroespecialidadestrinidadpastor.blogspot.com
18/02/2011 20:43
UnA? El apócope de Santi o lo que yo tomé por tal me despistó, te presento mis excusas señora.

En cualquier caso, tú también andas errada, pues harto estoy de repetir que de letrado nada, en ninguna de sus acepciones, por lo tanto lo de abogado sencillamente imposible. Fui policía hace ya varios siglos, o eso me parece a mí, ya nada de nada, un poco toca pelotas si acaso.

En cuanto al tema de fondo, no pretenderás convencer a nadie y menos a mí, escéptico donde los haya, que en un "momentín" eres capaz de deshabituar a nadie ni a jugar al teto, ya no hablemos del consumo de cualquier sustancia estupefaciente, otra cosa es que emitas un certificado y que le soples 100 pavos al menda. Es un negocio, sí, ético?, a mi modo de ver no mucho o mejor nada. Es grave? Pues para lo que corre por el mundo no se puede decir que sea sangrante, la culpa como siempre es de nuestros administradores que no se enteran de nada y siempre van a remolque, pero con una soga muy larga, de lo que acontece por esos mundos llamados España. Mientras tanto los pillos siguen con sus negocios lucrativos. Hay quien hace reconocimientos médicos para tenencias de armas de caza, permisos de conducir sin observar la más mínima exigencia, empresas quitamultas que no quitan ni una y acaban perjudicando al cliente que ha de pagar el doble... La lista sería interminable y en cada momento ha triunfado un tipo de negocio, lo hicieron las multipropiedades, los planes de jubilaciones, los negocios piramidales... Este tuyo pues es uno más.

No te enfades conmigo y dadas las circunstancias también te envío unos castos besitos, no sea que ofenda tu honor.
18/02/2011 22:18

Efectivamente lo potestativo es discreccional, pero yo no discutía eso. Lo que yo dije es que la incautación de la droga no es ni discreccional ni potestativo, sino que es obligatorio, palabra que excluye lo potestativo y discreccional. Así pues si a uno le cascan una multa por tener un porro y también le incautan el porro no existe un doble sanción potestativa impuesta discreccionalmente y sin motivar, sino que se obra obligatoriamente y no hace falta más motivación que la alegación del precepto en el que se contempla la conducta obligada.

¿Por qué 300 y no 250? pues por más de lo mismo, la ley dice que la multa mínima por una infracción grave es de un mínimo de 300,50 euros ¿qué motivación requiere aplicar el importe mínimo legalmente posible? obviamente ninguna.

Te reconozco más conocimiento que yo sobre deshabituaciones de drogodependencias, si tu dices que en un momentín se consigue, debe ser cierto ;) no lo discutiré porque no soy facultativo. Yo sólo sé de leyes hasta donde sé de leyes, que es más de lo que sabe el ciudadano lego, como sospecho que tú eres.

Me sumo al festival del amor, jeje.



19/02/2011 08:53
Para Paleg y Kapitan

Obviamente , ni mi sueldo es l00 euros al mes en el hospital dónde trabajo y hago 6 guardias al mes a 500 euros cada una aparte de mis salarios complementos etc, ni en la privada tratas a un heroinómano y lo desintoxicas por l00 euros, conmigo sale mucho más barato que ingresado en un centro, porque es un tratamiento ambulatorio , y mis pacientes están contentos. Aparte claro que se lo certifico por escrito, tanto que han comenzado a deshabituarse, que han terminado, que están en ello, y además lo certifico a todos los efectos, penal, social, laboral, administrativo....

En cuanto al cannabis , ya sabeis la dependencia física que tiene y si la administración se ha empeñado en que es mucha y sancionan a los chicos por liarse un peta con el rollo a sus padres de que son drogadictos , señalandolos y estimagtizandolos, aquí estoy yo , para extender certificados.

Por cierto que como os pongais tontos os apunto en la lista negra , jijijijijiji, y cuando me necesiteis no me encontrais.....

Relajaros, la nena es buena. Trabaja mucho y trabaja bien. ¿Porqué no os pasais por mi blog que tengo allí el curriculum? Ya os he dejado el enlace 30 veces...

Ah.....Tambien hago blogs , a 300 euros....ahora mismo manejo 3 de abogados , uno de la ONG Antiacoso laboral , otro de una decoradora, otro de una confeccionista , en fín, que son preciosos...¿Quereis alguno?

¿Os parece mal que me divierta inventandome quehaceres aparte de mi trabajo habitual intrahospitalario? Pues aparte estoy casada tengo dos hijas , y sé cocinar de p....madre....Más tareas hogareñas no, porque no me gusta y tengo en casa a quien le encanta.....

Guapos, relajaros .

Paleg: El recurso a que te refieres me ha sido anulado por el certificado . Pero la caducidad de este procedimiento son seis meses , pone en la sanción misma, y la resolución debe responder a las chorradas que se te ocurran dentro de plazo o les caduca, en lo restante de mínimo 300,5 y doble sanción llevas razón, pero como no existe obligación de que el recurrente sea un genio para que les caduque...