STS 222/09 "el plazo prescriptivo de cinco años previsto en el citado precepto se aplica a los intereses remuneratorios y no a los intereses moratorios ni a la reclamación del capital, para los que rige el plazo prescriptivo de quince años previsto en el art. 1964 CC . En relación al día inicial del cómputo del plazo prescriptivo, se cifra en la fecha en que entidad bancaria declara vencido anticipadamente el préstamo" 15 AÑOS
Un contrato de financiacion de automóvil , resuelto de el 2001 ¿ha prescrito la acción para cobrarlo? se aplican los 15 años o alguna de las excepciones?he estado mirando las excepciones y no se si se podría aplicar la del 1966.3. Voy un poco perdido. gracias