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Gastos comunes a exigir a propietario local comercial

6 Comentarios
 
Gastos comunes a exigir a propietario local comercial
07/10/2009 22:22
Hola buenas noches.

Queria solicitaros vuestra ayuda en la medida de lo posible.

Soy Presidente de una comunidad de vecinos, que esta compuesta por el propietario de un local comercial, que esta en los bajos de la comunidad, y de 3 propietarios de los pisos de la comunidad.

Los 3 propietarios de pisos tienen un coeficiente de participacion de un 25,5 y el propietario del local comerical un 23,5

En las cuentas, veo que el propietario del local comercial paga una cantidad anual de 100 euros, y ya esta.

En el libro de actas, leo que hubo un acuerdo de hace unos años de cobrarle 100 euros anuales, pero tampoco se especifica mas.

El tema, es que yo creo que esa cantidad es insuficiente, para los gastos que tiene la Comunidad anualmente, y queria preguntaros que obligacion tiene este propietario del local comercial a pagar.

Se que el tiene que pagar un 23,5 % de los gastos comuneros, pero mi pregunta es: cuales son esos gastos comuneros?

De los que os enumero a continuacion que son los que tenenos como fijos, de cuales habria que hacerle participe:

1) Luz escalera (300 euros anuales)
2)Ascensor (538,44 euros anuales)
3)Limpieza comunidad y porton de la basura (1.072,92 euros anuales)
4)Seguro comunidad (275,41 euros anuales)
5)Gastos mantenimiento de la cuenta bancaria (56 euros anuales)

Deciros, que el local comercial, aunque esta en los bajos de la comunidad, no tiene entrada por el portal de la misma, es independiente.

Me he puesto en contacto con el -de modo oficioso- para comunicarle que habria que revisarle su cuota de participacion a partir de enero de 2.010 y que se iba a tratar en esa Junta de vecinos, y el propietario me responde: que el no tiene porque sufragar los gastos de Luz de escalera, Ascensor, Limpieza y porton de la basura y Gastos de mantenimiento de la cuenta bancaria y que tan solo abona los de su parte del Seguro de la comunidad, y los que surjan de arreglos de tejados o de otros elementos comunes, refiriendose a los que le puedan afectar a el (Averia contadores luz o de agua).

A esos no se niega, porque los mismos, - su contador de luz, y su contador de agua-, estan donde los contadores de toda la comunidad, es decir, en unas habitaciones dentro del portal de la comunidad, con lo que el propietario de ese local, tiene una llave del portal de la comunidad, para entrar, por si algun dia le hiciese falta.

Como es una comunidad pequeña, pues no tenemos administrador, y ahora como Presidente, me toca lidiar con este tema.

Gracias por la ayuda
08/10/2009 15:25
Salamina: el local de tu edificio y la mayoria de ellos, no contribuyen con todos los gastos que se originan en una comunidad.
Lo normal, coherente y correcto, es que abone (en tu comunidad) el 23,5 % de los gastos siguientes
Seguro del edificio, gastos bancarios y gastos originados por la gestión de administracción, porque supongo que gastareis algo en sobres sellos llamadas telefónicas, etc.
El que tenga una llave del portal, comprende que por ética no se le va a cobrar ni limpieza de escalera y gastos de luz, dado que el seguramente no entrará nunca, ya que lo hacen las empresas encargadas de lectura de contadores.
Eso sí, están obligados ha ejercer la presidencia.
un saludo
08/10/2009 16:06
Jalisco, gracias por tu respuesta.

Te voy a pasar un enlace, de que me ha llegado, aunque la noticia tiene algunos meses y me comentas tu opinion al respecto:

http://www.abc.es/20090115/nacional-sociedad/bajos-locales-comerciales-deberan-20090115.html
08/10/2009 17:05
La sentencia mencionada del T.S. ,que no es la primera ,se refiere al COSTE DE INSTALACION de un ascensor en una comunidad en el que participan todos los copropietarios por coeficiente ya que, repetidamente se han pronunciado otros magistrado,s sobre que el el coste una nueva instalación revaloriza el edificio ya que si antes valia 100 después de la instalación vale 100 más el costos añadido, por lo que pagarán todos.

Pero eso no es lo planteado, por los locales, que se refiere a los costos de mantenimiento y uso del ascensor que son continuados y divisibles, es decir pagan lo que lo usan, por lo que ya quedó sentado que bajos y locales no pagarían el costo de ese uso, aunque tengan que pagar el de la INSTALACION de un nuevo ascensor.
Ambos costos son diferentes, en el tiempo.
Lo dicho vale también para las escaleras.
Todos pagarían por una nueva escalera que añade valor al edificio, peor el uso y mantenimiento de la misma excluye a los locales que no la usan.
Son gastos claramente separados y divisibles.
08/10/2009 17:25
Al hilo de lo que ya le han dicho y en el que manifiesto mi conformidad, ese local también debe de participar en reparaciones estructurales que el edificio necesite, es decir, que si hay que reparar la fachada, o el terrado... tiene que participar en esos gastos con su 23,5%. Evidentemente no debe hacerlo en aquellos elementos que no usa, entre otras cosas porque no me parece ético ni moral. Por otra parte, lo que si pueden hacer es actualizar esos 100 euros que en su día aceptaron de buen grado con el IPC anual.
08/10/2009 20:24
Gracias por vuestras respuestas. La verdad, lo reconozco, que jamas me preocupe en temas de comunidad, al ser tan pocos vecinos, la ibamos pasando de uno a otro sin problemas, y ahora pasa lo que pasa.

Queria pediros me aclareis un tema:

He visto que no tenemos la escritura de division horizontal y un amigo me dice, eso se pide en el Notario, copia simple. Llamo a la Notaria, y la que me coje el telefono, me dice que dependiendo de las hojas que tenga, me cuesta la copia simple de 80-100 euros.

Cuando se lo comento a los vecinos para si la pido, uno de ellos me dice, que no, que la copia no se pide en la Notaria, si no en el Registro, y que la copia vale 3/5 euros

Me he hecho un lio, donde tengo que pedirla, o es que los dos la entregan? pero vamos esa diferencia de precios, me huele mal lo de los 3 a 5 euros

Gracias
23/09/2012 23:52
En el Registro de la Propiedad, vale menos de 4 euros.
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6 Comentarios
 
Gastos comunes a exigir a propietario local comercial
07/10/2009 22:22
Hola buenas noches.

Queria solicitaros vuestra ayuda en la medida de lo posible.

Soy Presidente de una comunidad de vecinos, que esta compuesta por el propietario de un local comercial, que esta en los bajos de la comunidad, y de 3 propietarios de los pisos de la comunidad.

Los 3 propietarios de pisos tienen un coeficiente de participacion de un 25,5 y el propietario del local comerical un 23,5

En las cuentas, veo que el propietario del local comercial paga una cantidad anual de 100 euros, y ya esta.

En el libro de actas, leo que hubo un acuerdo de hace unos años de cobrarle 100 euros anuales, pero tampoco se especifica mas.

El tema, es que yo creo que esa cantidad es insuficiente, para los gastos que tiene la Comunidad anualmente, y queria preguntaros que obligacion tiene este propietario del local comercial a pagar.

Se que el tiene que pagar un 23,5 % de los gastos comuneros, pero mi pregunta es: cuales son esos gastos comuneros?

De los que os enumero a continuacion que son los que tenenos como fijos, de cuales habria que hacerle participe:

1) Luz escalera (300 euros anuales)
2)Ascensor (538,44 euros anuales)
3)Limpieza comunidad y porton de la basura (1.072,92 euros anuales)
4)Seguro comunidad (275,41 euros anuales)
5)Gastos mantenimiento de la cuenta bancaria (56 euros anuales)

Deciros, que el local comercial, aunque esta en los bajos de la comunidad, no tiene entrada por el portal de la misma, es independiente.

Me he puesto en contacto con el -de modo oficioso- para comunicarle que habria que revisarle su cuota de participacion a partir de enero de 2.010 y que se iba a tratar en esa Junta de vecinos, y el propietario me responde: que el no tiene porque sufragar los gastos de Luz de escalera, Ascensor, Limpieza y porton de la basura y Gastos de mantenimiento de la cuenta bancaria y que tan solo abona los de su parte del Seguro de la comunidad, y los que surjan de arreglos de tejados o de otros elementos comunes, refiriendose a los que le puedan afectar a el (Averia contadores luz o de agua).

A esos no se niega, porque los mismos, - su contador de luz, y su contador de agua-, estan donde los contadores de toda la comunidad, es decir, en unas habitaciones dentro del portal de la comunidad, con lo que el propietario de ese local, tiene una llave del portal de la comunidad, para entrar, por si algun dia le hiciese falta.

Como es una comunidad pequeña, pues no tenemos administrador, y ahora como Presidente, me toca lidiar con este tema.

Gracias por la ayuda
08/10/2009 15:25
Salamina: el local de tu edificio y la mayoria de ellos, no contribuyen con todos los gastos que se originan en una comunidad.
Lo normal, coherente y correcto, es que abone (en tu comunidad) el 23,5 % de los gastos siguientes
Seguro del edificio, gastos bancarios y gastos originados por la gestión de administracción, porque supongo que gastareis algo en sobres sellos llamadas telefónicas, etc.
El que tenga una llave del portal, comprende que por ética no se le va a cobrar ni limpieza de escalera y gastos de luz, dado que el seguramente no entrará nunca, ya que lo hacen las empresas encargadas de lectura de contadores.
Eso sí, están obligados ha ejercer la presidencia.
un saludo
08/10/2009 16:06
Jalisco, gracias por tu respuesta.

Te voy a pasar un enlace, de que me ha llegado, aunque la noticia tiene algunos meses y me comentas tu opinion al respecto:

http://www.abc.es/20090115/nacional-sociedad/bajos-locales-comerciales-deberan-20090115.html
08/10/2009 17:05
La sentencia mencionada del T.S. ,que no es la primera ,se refiere al COSTE DE INSTALACION de un ascensor en una comunidad en el que participan todos los copropietarios por coeficiente ya que, repetidamente se han pronunciado otros magistrado,s sobre que el el coste una nueva instalación revaloriza el edificio ya que si antes valia 100 después de la instalación vale 100 más el costos añadido, por lo que pagarán todos.

Pero eso no es lo planteado, por los locales, que se refiere a los costos de mantenimiento y uso del ascensor que son continuados y divisibles, es decir pagan lo que lo usan, por lo que ya quedó sentado que bajos y locales no pagarían el costo de ese uso, aunque tengan que pagar el de la INSTALACION de un nuevo ascensor.
Ambos costos son diferentes, en el tiempo.
Lo dicho vale también para las escaleras.
Todos pagarían por una nueva escalera que añade valor al edificio, peor el uso y mantenimiento de la misma excluye a los locales que no la usan.
Son gastos claramente separados y divisibles.
08/10/2009 17:25
Al hilo de lo que ya le han dicho y en el que manifiesto mi conformidad, ese local también debe de participar en reparaciones estructurales que el edificio necesite, es decir, que si hay que reparar la fachada, o el terrado... tiene que participar en esos gastos con su 23,5%. Evidentemente no debe hacerlo en aquellos elementos que no usa, entre otras cosas porque no me parece ético ni moral. Por otra parte, lo que si pueden hacer es actualizar esos 100 euros que en su día aceptaron de buen grado con el IPC anual.
08/10/2009 20:24
Gracias por vuestras respuestas. La verdad, lo reconozco, que jamas me preocupe en temas de comunidad, al ser tan pocos vecinos, la ibamos pasando de uno a otro sin problemas, y ahora pasa lo que pasa.

Queria pediros me aclareis un tema:

He visto que no tenemos la escritura de division horizontal y un amigo me dice, eso se pide en el Notario, copia simple. Llamo a la Notaria, y la que me coje el telefono, me dice que dependiendo de las hojas que tenga, me cuesta la copia simple de 80-100 euros.

Cuando se lo comento a los vecinos para si la pido, uno de ellos me dice, que no, que la copia no se pide en la Notaria, si no en el Registro, y que la copia vale 3/5 euros

Me he hecho un lio, donde tengo que pedirla, o es que los dos la entregan? pero vamos esa diferencia de precios, me huele mal lo de los 3 a 5 euros

Gracias
23/09/2012 23:52
En el Registro de la Propiedad, vale menos de 4 euros.