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12 horas al día trabajando y asegurada 40 horas semanales

15 Comentarios
 
12 horas al día trabajando y asegurada 40 horas semanales
21/08/2013 21:19
Buenas tardes:

Mi mujer está trabajando en el sector de Hostelería, trabaja de 7:10 de la mañana a 7.10 de la tarde de martes a domingo, lo que supone 12 horas al día por 5 días a la semana 60 horas semanales por 30 días al mes 1.800 horas al mes, con un descanso para comer de 15 minutos, cuando come.

Su contrato es según convenio de Hostelería en la categoría de CAMARERA a tiempo completo y desde ABRIL con carácter indefinido. (40 horas semanales, por 30 días al mes = 1200 horas) Sueldo Neto 1.040 € al mes entre 30 días = 34.67 € día esto entre 12 horas al día supone que cobra por hora trabajada la cantidad de 3.09 € por hora.

En definitiva está haciendo 600 HORAS al mes de mas, esto multiplicado por 3 años (42 meses) = 25.200 horas de más desde que empezó a trabajar.

Las vacaciones se las dan Ejemplos:

Según convenio y contrato le pertenecen 30 días por año trabajado, partiendo de aquí el "DICTADOR" del Jefe con el tema de la "crisis" se aprovecha al máximo de la situación y explotación de los/as trabajadores.

* Cuando cierran tres días para pintar, aún así la hacen acudir para Recoger antes de pintar y el día antes de abrir 4 horas para organizar las cosas y abrir al día siguiente a las 7 de la mañana y uno de ellos coincidiendo con el día libre semanal (Lunes).

2º Cuando le dan una semana a los compañeros, tiene que cubrir las horas de los mismos para que el local quede "Atendido".

3º Ningún año ha disfrutado de las vacaciones más de 7 días al año.

Los demás compañeros están asegurados por 2 horas al día y son una plantilla de 7 personas, las cuales hacen 12 horas al día también, pero no hay "PIÑA" entre los compañeros por lo que es difícil que en caso denuncia, vayan de testigos.

Si hay antecedentes por una chica que ha estado hace 2 años durante 1 año trabajando y la misma denuncio los hechos y le han tenido que indemnizar, no se sabe cuanto ni nada.

Agradecería me informasen de los pasos a seguir para tomar medidas legales.
21/08/2013 21:39
Denuncia ITSS ya!!. Denuncias tu caso, pero además de exponer la situación de tu mujer añades que hay 7 personas contratadas por 2 horas (y de alta por 2 horas) trabajando 12 horas...es que esto último seguro acelera la cosa y la ITSS se presenta antes (esto va a al grupo especializado en seguridad social), pues la sanción que por cada trabajador le puede caer le va a dar la risa, además de que constatado el horario instará el alta a jornada completa, y liquidará el periodo que corresponda.
Respecto a tú mujer el tema de las horas extras, tiene que probarlas y sabes que es complicado, salvo que me digas que tienen una código de identificación para cobrar, fichar o algo así. Pero bueno, con todas las irregularidades que describes, las vacaciones tienen que estar en calendario laboral que no existirá, los descansos, etc. Y denunciando ella, estará más protegida si tras la denuncia la despiden, pues puede invocar la nulidad por ser un despido como represalia a una denuncia.
En la denuncia ella da los datos de identificación a la ITSS, pero la ITSS actúa de oficio, es decir, nunca identifica al denunciante. Y habiendo 7 personas más en situación irregular, dudo que vayan a desconfiar de tu mujer que es la única a 40 horas, que te todas formas si lo hacen debe darte igual.
A partir de la denuncia, a pedir los derechos, vacaciones, jornada máxima, etc. Pero mejor, que actúe la ITSS, y luego a cumplir con el horario exacto, a disfrutar tus vacaciones, etc.

Reúne todas las pruebas que puedas, la ITSS tampoco es tonta y sabe por donde tirar, pero tú cuantas más pruebas aportes mejor, así mandes a algún conocido y que haga fotos, testigos clientes, graba conversaciones con tu jefe, si firmas algún albarán cuando entregan pedido por la firma con la fecha y hora, y procura hacerte con copias, etc. Todo lo que se te ocurra.
Pero DENUNCIA YA!!.

Saludos.
21/08/2013 22:22
Muchas gracias Ainoa1,

El problema es que ella tiene miedo a denunciar y me temo que no lo hará.... ya se que es lo que debe hacer y yo le insisto a que lo haga dada la situación, pero ella no termina de dar el paso de la denuncia.

¿Podría efectuar la denuncia yo mismo aunque no pertenezco a la empresa?

Gracias por tu información.

Un saludo.
21/08/2013 23:51
Sí, por denunciar, puedo hacerlo hasta yo...
21/08/2013 23:53
Muchas gracias por vuestra aportacion, vere que medidas tomare al respecto.

Gracias.
22/08/2013 00:44
Si pone la denuncia en la inspeccion de trabajo, la empresa no sabra quien ha sido quien ha denunciado, aunque tenga que dar el nombre tumujer.La inspeccion mandara aun inspector al trabajo, y hablara con todos los trabajadores, sin que el jefe este delante, alli cada trabajador tendra que decir el horario que hace, vacaciones etc,etc.........y la empresa dejara de aprovecharse, en principio.
22/08/2013 00:53
Buffy te lo explicó bien, pero si aún así tu mujer no quiere claro que puedes hacerlo tú.

Te contesté más ampliamente antes pero mi post no aprece, estoy teniendo problemas con foro, mañana te enlazo los formularios de denuncia, para que si quieres los lleves ya cubiertos.

Saludos.

Buff y...empate...estas no son horas que tuve que cenar sola por culpa del partido. Besos.
22/08/2013 01:01
Mu has gracias a todos por vuestra informacion e interes.

Un saludo.
22/08/2013 08:45
Comparto lo dicho por los compañeros. Ahora bien, es necesario aclararle algunas cuestiones, sobretodo si finalmente procede a interponer denuncia.

Usted dice: "Mi mujer está trabajando en el sector de Hostelería, trabaja de 7:10 de la mañana a 7.10 de la tarde de martes a domingo, lo que supone 12 horas al día por 5 días a la semana 60 horas semanales por 30 días al mes 1.800 horas al mes".
Si trabaja de martes a domingo, trabaja 6 días, no 5.
Si trabaja 5 días a la semana, 12 horas al día, son 240 horas a la semana, no 1800. Como consecuencia de ello, los cálculos realizados para determinar el salario/hora no son correctos.

Continúa diciendo: "En definitiva está haciendo 600 HORAS al mes de mas, esto multiplicado por 3 años (42 meses) = 25.200 horas de más desde que empezó a trabajar".
Bien, como el cálculo anterior era erróneo, este también. Tal es así que, si trabaja 5 días a la semana, al mes hace 40 horas de más (que es una burrada).

Todo esto se lo digo más que nada porque en las denuncias hay que intentar ser lo más correcto posible. No debería interponer una denuncia diciendo que trabaja 1800 horas al mes (sobre esas horas suele rondar la jornada anual cuando se establece en 40 horas semanales) más cuando un mes de 30 días se compone de 720 horas (30 días x 24 horas/día).

Saludos.
22/08/2013 10:18
Gracias dsg29, por la aclaración, efectivamente hice mal los cálculos, estaba "indignado y muy cabreado" en el momento de la publicación y no me paré lo debido hacer bien los cálculos.

Entonces los cálculos son los siguientes:

De Martes a Domingo 12 horas y lunes descanso.

12 x 26 días mes de trabajo = 312 horas mes.

(libra 4 días a la mes), aunque no estoy seguro si el cálculo hay que hacerlo por 30 días mes, y una cosa más, por convenio le pertenece librar día y medio a la semana, no un día.

Partiendo de que son 312 horas mes, las que trabaja y está asegurada a tiempo completo 40 horas semanales lo legal a mi entender sería:

8 x 24 días trabajados = 192 horas mes.

312 - 194 = 118 horas al mes de más de más contando que por convenio es un día y medio de descanso a la semana.

¿Son ahora correctos mis cálculos?

Perdonar pero estoy un poco liado y bastante indignado por la situación.

Gracias por vuestras aportaciones y vuestro tiempo.
22/08/2013 12:42
Creo que siguen sin serlo, me explico, las horas mensuales o mejor anuales deberá usted acudir al Conv. colect. que le corresponde a su mujer y mirar la jornada anual, no creo que exceda de 1788, con lo que si fuesen esas 1788/11 meses (uno de vacaciones), saldría que al mes debería hacer de jornada 162.5 h/mes y si hace 312, estará haciendo 149.5 h Extra /mes, (otra infracción mas a parte de las vacaciones y demás, las HE anuales permitidas son como máximo 80 y sólo en un mes ya casi dobla ese computo).
Por otra parte si primero denuncia las irregularidades ante inspección luego cuando interponga la demanda de reclamación de cantidades sólo podrá interponer la misma con un plazo de un año atrás desde el momento de la demanda, lo digo porque dice usted que lleva así 3 años, pues entonces las horas de los dos años anteriores estarán prescritas y por tanto no cabe reclamación, lo único para reclamar esas cotizaciones ante la SS porque para ello el plazo será de 4 años.
Por cierto si denuncia les estará usted haciendo un enorme favor a los compañeros de su mujer, porque ellos están dados de alta por 2 h/día y les tendrá que hacer un cto indefinido a tiempo completo así como cotizar ante la SS social por las horas efectivamente realizadas con lo que a la hora de despedirlos (si fuese el caso), la indemnización será mucho mayor y segundo en caso de desempleo tb cobraran mucho más.
Que tonta es la gente cometiendo esos abusos y por miedo a perder un empleo sobre explotado, (esto raya a esclavitud), no se unen y toman medidas, (esto es lo de siempre los padefos que esperan que los demás les saquen las castañas del fuego).
SMO.
22/08/2013 13:02
Gracias por su aclaración y por supuesto que tiene toda la razón sobre el comentario de no denunciar por miedo a perder un empleo sobre explotado, y que no se unan para tomar medidas al respecto.

Pero.......
1º el calendario laboral está expuesto y el empresario les hizo firmar como que trabajan por las horas cotizadas y contratadas en sus contratos.

2º ¿Como demuestro que hace esas horas ante la inspección de trabajo?,
Me explico hacen ellos un control una vez se interponga la demanda detallando todos los abusos que el empresario hace, tipo seguimiento o cual es la forma que ellos pueden hacer para comprobar que realmente es así como se detalla en la correspondiente demanda.
Hay que tener en cuenta que el empresario en cuestión tiene avisados a todos los trabajadores que si aparece una inspección tienen que decir que están trabajando esas horas que están en el calendario laboral, por lo que los compañeros al no haber "Piña" seguro que dirán que las horas que hacen son las que están en el calendario y punto, incluso mi mujer por temor a el "Negrero" en cuestión seguro que dice también lo mismo.

¿Si interpongo yo la demanda y pongo en conocimiento de la inspección de trabajo la situación de los trabajadores de dicho local, actuarán los inspectores de oficio, pero de que manera?

Puedo poner en conocimiento de la inspección la situación de los/as trabajadores anonimamente mediante el Buzón de denuncias este de marras, lo digo para que la empresa no tome medidas contra mi mujer por denunciar yo.

Estoy en busca de una solución y valorando los pros y los contras.

Gracias a todos/as.
Un saludo.
22/08/2013 13:39
Primero, esto de la denuncia anónima al buzón no se la efectividad que tendrá, tenga en cuenta que los inspectores no dan a basto, tanto actuando de oficio como por denuncias identificadas impuestas como parea tener que hacer caso a la medida impuesta por éste gobierno del chivatazo, (yo esta modalidad de denuncia no se como va ni el caso que le hacen aunque presumo que poca cosa).
Mire la denuncia de siempre es identificativa pero la empresa no puede tener conocimiento de quien la ha interpuesto.
En cuanto a los medios probatorios, usted no tiene que probar nada, ya se dedicaran ellos cuando vayan de hablar uno a uno y a solas con los trabajadores y nadie va a saber lo que hablaron con ellos por lo que los trabajadores si son listos y dicen la verdad al empresario se le cae el pelo, por otra parte; para comprobar que los trabajadores contratados con cto de 2 h., pues yo si soy inspector y como dice, es el sector de la hostelería, supongo se tratara de un restaurante, entonces entro como cualquier cliente, me tomo un café, leo el periódico y paso dos horas y como veo que siguen los mismos trabajadores pues entonces actuó pidiendo los ctos.
Déjelos a ellos conseguir las pruebas si quieren podrán demostrarlo.
SMO.
22/08/2013 13:43
Muchisimas gracias por la aclaracion.

Un saludo.
22/08/2013 13:51
Incluso le digo más, normalmente hay un día a la semana en que los inspectores, queda uno de guardia que atiende personalmente a la gente, lo que yo haría sería preguntar que día de la semana es y acudiría a hablar con el llevando la denuncia preparada y le explico la situación, en mi opinión es esto mejor que acudir al registro e interponer la denuncia solamente, tenga en cuenta que en el escrito puede usted dejarse cosas en el candelero y si se lo dice al inspector directamente él lo tendrá en cuenta.
SMO.
24/01/2020 20:59
rompe
Hola a todos estoy dado de alta en una empresa con cinco locales pero a su vez tiene 4 sociedades mas com mas locales en total 22 locales y con diferente nombre y cif o nif diferente la direccion es la misma en todas pero yo asisto como mantenimiento a los 22 locales son 12 horas diarias ya que son hosteleria es legal, estoy cedido, o como puedo defenderme en caso de despido me dijeron wu me harian indefinido directo pero al final fue un contrato por obra y servicio
Gracias