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2ª demanda desahucio

3 Comentarios
 
2ª demanda desahucio
26/02/2015 09:28
Buenos días.
Tenemos una vivienda alquilada en cuyo contrato se recoge que el inquilino debe hacerse cargo del IBI. El año pasado no pagó por lo que a final del 2014 le pusimos la demanda de desahucio con reclamación de rentas.
En 2014 el inquilino pagaba la renta con normalidad, quizás algún mes se demoró algunos días pero sin mayores problemas.
Ahora en 2015 también ha dejado de pagar la renta.
¿Podría entenderse que la primera demanda es requerimiento fehaciente de pago, pudiendo enervar y ponerle ahora una segunda demanda de desahucio que ya no podría enervar y ya, irremediablemente, desahuciaríamos al inquilino?.
¿Tendría sentido poner esa segunda demanda reclamando el impago de las rentas de 2015 para obtener el desahucio sin mayor oposición?
Muchas gracias.
Buenos días
Deduzco que al poner la primera demanda de desahucio pago y enervo la acción, porque si paga ni se opone, directamente le habrían lanzado de la casa-
para reclamar las rentas nuevas del año 2015 impagadas y desahuciarle tiene que poner una demanda nueva, es necesario abogado, por eso debe consultar con uno de su confianza.

Quedo a su disposición
Carmen abogada de Málaga
Tel 952213934/647714784
26/02/2015 17:11
Buenas.
No. No enervó aún la acción. Ha solicitado justicia gratuita y puede que se oponga reconviniendo.
Efectivamente, el contrato recogía que el IBI se hacía cargo el inquilino por cuyo impago le pusimos las primera demanda.
Ahora bien, mi pregunta es que, aunque enerve la acción, o se oponga o reconvenga (cualquier acción que haga sin que se haya terminado el proceso), ¿podría poner una segunda demanda por haber dejado de pagar la renta de los meses de enero y febrero de 2015 y así desahuciarle directamente con la 2ª demanda?.
Por ejemplo, vamos a suponer que enerva la acción dentro de 2 meses, si le pongo la 2ª demanda este lunes por impago de la renta de 2015, ¿es seguro que admitirían esta segunda demanda y el desahucio sería inevitable por haber enervado el pago del IBI y no haber pagado la renta posteriormente?.
Aunque esté en curso la primera demanda aún.

No sé si me habré explicado bien.

Muchas gracias.
26/02/2015 21:01
Para entender enervada la acción, el demandado debe abonar todo lo que se adeude hasta ese momento, por lo que si enerva, nada adeuda, y no es factible una demanda por impago de rentas.