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24 meses dentro de un periodo de 30

8 Comentarios
 
24 meses dentro de un periodo de 30
22/04/2010 10:53
Hola, a ver, tengo que mirar de cuanto se le puede hacer a una trabajadora un contrato mas sin superar los 24 meses dentro del periodo de 30, pero no se si lo hago bien.
La trabajadora en cuestion ha estado en la empresa durante los siguientes periodos de tiempo:

01-07-08 a 30-09-08...............3 meses
02-12-08 a 01-04-08...............4 meses
01-07-09 a 30-09-09...............3 meses

y el ultimo que se acaba ahora el 15 de mayo.........16-11-09 a 15-05-2010........6 meses

Lo que no se es como contar el periodo de 30 meses, ¿son 30 meses a contar desde la primera alta, que es el 01-07-08?. Es que yo he contado desde ahi, con lo cual el arco temporal llega hasta el 30 de diciembre, asi que si en total lleva 16 meses, podria contratarsela por 6 meses mas, ¿es asi? ¿o como he de hacerlo? como ya os he comentado, lo que mas problema tengo es saber de cuando a cuando van los 30 meses.

Gracias
22/04/2010 20:05
Cuentan desde hoy para atrás. Mañana lo harán desde esa fecha para atrás.
No dices que tipos de contrato temporal ha tenido y ello puede tener su importancia.

Un saludo.
23/04/2010 09:58
Todos los contratos han sido eventuales (402). ¿Que quieres decir con que cuentan desde hoy para atras y que mañana lo haran desde esa fecha para atras?. Yo lo que quiero saber como se cuenta el periodo de tiempo de los 30 meses, si desde el fin de la ultima relacion laboral hacia atras (o sea desde el 15 de mayo) o desde el inicio de la primera relacion laboral (1 de julio de 2008), y lo pregunto, antes de que alguien me diga que "por logica" es desde el 1 de julio del 2008, porque he leido opiniones para los dos gustos. Mi opinion es desde la fecha de la primera relacion laboral, pero como digo, he oido versiones para los dos gustos, asi que mi logica, de momento no me sirve para nada.
Un saludo y gracias
23/04/2010 10:36
Hola,

Pues según lo veo yo, lo primero que hay que mirar es el número de meses durante los cuales el trabajador ha estado contratado mediante contratos eventuales. En este caso 16 meses cuando termine su último contrato. Ese aspecto no alcanza pues los 24 meses.

En cuanto al límite de contratos, obviamente supera el limite establecido ya que hay más de dos.

Por ello, en este caso, yo entiendo que hasta que no se alcance el límite de los 24 meses de contratación efectiva no es necesario analizar el límite de los 30 meses de encuadramiento.

Si ahora haces otro contrato de 6 meses estaríamos en 22. Ese se podría hacer sin problemas.

Ahora bien, el problema llegaría con el siguiente contrato. Una vez alcanzados los 24 meses de contratación temporal habrá que ver si de los últimos 30 meses, 24 ha estado contratado mediante contratos temporales. Por eso te decía sabiondo que se mira hacia atrás.

En definitiva, no es que se deba mirar la fecha del primer contrato, debes fijarte en la fecha en la que cumplas esos 24 meses.

Cuando cumplas los 24 meses, cuenta 30 meses hacia atrás y si esos 24 meses están dentro de los 30, tendrás que considerar que la relación laboral es indefinida.

Así es como lo veo yo, pero vamos, es ciertamente un poco lioso.
23/04/2010 11:18
Si, es un poco lioso.

Lo que yo trataba de decir es que si hoy, 23 de abril de 2010, coges y cuentas 30 meses para atrás, verás cuantos meses ha estado contratado mediante esos contratos 402, y verás si te pasas o no. Y podrás preveer con lo que le falte de contrato si se pasa o no.

Al final es un poco hacer un cuadrante, tantos cuadritos como meses, e ir tachando los meses que ha estado contratado.

Un saludo.
23/04/2010 11:44
Exactamente, lo mismo yo no me supe explicar, pero en esencia ese es el concepto.

Como la ley establece un marco de referencia de 30 meses, es evidente que ese perido debe estar comprendido por dos fechas. Una por lógica debe ser el momento actual en el que se trata de conocer si el contrato es posiblemente indefinido o no. Con una fecha de referencia cogida, la actual, y un periodo de tiempo impuesto, 30 meses, solo nos queda contar para atrás esos 30 meses.

El intervalo de tiempo puede ser anterior o posterior a la fecha de la primera contratación, por eso puede llevar a equívoco el coger la fecha del primer contrato como referencia aunque para algunos caso, también valdrá, pero no para todos!.

Espero que hayamos aclarado tus dudas, que ya veo que has estado rastreando todos los foros de derecho laboral de mundo mundial!
23/04/2010 17:10
jeje, muy agudo afimco......no suelo hacerlo pero en este tema tan lioso ni dude en echar mano de cuantos foros pudiera para aclarar mi duda.....que vaya lio el temita, pero bueno, creo que, cuando me lea mas detenidamente tus aportaciones y las de sabiondo seguro que se disipa del todo. En cualquier caso, seguro que me volveis a ver por aqui dentro de nada con algo referente al mismo tema (me huelo que cuando les informe de esto, lo proximo sera preguntarme cuanto tiempo han de esperar para poder volver a contratar a la misma trabajadora......con tal de no hacer las cosas bien y evitar a toda costa hacerla fija, cuando en realidad motivos para que no lo sea ya no tienen, cualquier cosa)
Muchas gracias y saludos
23/04/2010 18:54
y tan agudo! jajajaa, en fin...

Lo que te quería decir, es que, quizá despues de todo, la trabajadora sea indefinida porque los contratos están en fraude de ley, con independencia de cuantas veces se repitan. En pocas ocasiones visualizo tanta eventualidad acorde con la ley, teniendo en cuenta que un 90 % de los eventuales que se hacen en España son susceptibles de impugnación por no realizarse de acuerdo a lo que la ley regula.

Quizás, si las necesidades de contratación de la empresa, es indefinida, te interesa asesorar a la empresa en este sentido.

En muchas ocasiones, cuando se puede coger alguna bonificación, le digo a la empresa que si al cabo de seis meses quiere prescindir del trabajador, las bonificaciones obtenidas durante esos seis meses, cubren un porcentaje elevado del coste del despido, y si pasados los seis meses se dan cuenta de que interesa mantener el contrato, habran ganado una bonificación mensual durante unos años.

Es absurdo mantener una relación en fraude de ley, para al final acabar pagando 45 dias y encima renunciar a bonificaciones en la seg social. Pero claro, reconozco que hay gente que no ve más allá de sus narices.
23/04/2010 19:05
Pues esta empresaria tiene "las narices mas cortas que paque", ve tu a ver si la convences de esto que estamos hablando........amos, que lo que me dan ganas mas que aconsejarle a ella lo del indefinido, las bonificaciones y tal es aconsejarle a la trabajaora que la denuncie, que es lo que tocaria. En fin, hare los calculos a ver en que PUNTO del año voy a superar los 24 meses.......sera en diciembre si cuento hacia delante y me quedan 6 meses para llegar a ellos? sera en enero, si cuento hacia atras y entonces me quedan 8 meses?.....bueno, yo me voy pirando de finde que ya esta bien por esta semana, el lunes mas y mejor, :D