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30 dias para reclamar

1 Comentarios
 
30 dias para reclamar
23/02/2004 15:45
Según la ley despues de recibir copia del acta de una reunión tienes 30 dias para reclamar,,pero no entiendo ante quien,,si yo no he asistidio y estoy en contra de ese acuerdo debo comunicarlo al presidente ,impugnar el acuerdo o como se protesta correctamente?
24/02/2004 17:36
A efectos prácticos y para evitar que se cumpla el plazo de caducidad establecido en la LPH, la impugnación de los acuerdos de la Junta ha de ser judicial. Ello implica la presentación de una demanda ante el Juzgado del lugar donde la finca se halle, solicitando la declaración de nulidad del acuerdo de que se trate.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado