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A quién corresponde ejecutar los acuerdos de las juntas generales

5 Comentarios
 
perfil Anónimo
20/09/2016 13:38
muros
Siempre se cuenta con administrador

Puede que no tengan uno profesional pero lo normal en esos casos es que el presidente ejerza todos los cargos es decir presidente, administrador y secretario o que estos los asuman entre los propietarios.
20/09/2016 12:59
Acriton
Y si la comunidad no cuenta con administrador?

Saludos
20/09/2016 12:55
Acriton
En la LPH están muy claras las funciones del Presidente y del Secretario-Administrador....
20/09/2016 10:01
Acriton
¿y el presidente entonces que funciones tiene? Yo entiendo que sería responsable de llevar a buen término los acuerdos, tanto el presidente, como el administrador, en caso de tenerlo y estar entre sus funciones.

Saludos
19/09/2016 20:19
Acriton
Todos los acuerdos adoptados por la Junta corresponde ejecutarlos al Administrador.

Cosa distinta es si le corresponde o no corresponde cobrar (a parte de sus honorarios normales) por la ejecución de un acuerdo concreto.

Eso tendrá que decidirse a tenor de la redacción de su contrato de prestación de servicios.
A quién corresponde ejecutar los acuerdos de las juntas generales
19/09/2016 12:12
En principio, parece que al Administrador de acuerdo con el art. 20 de la LPH.
Pero este solo habla de acuerdos referentes a obras.