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Abandono de familia, querella

47 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 47 comentarios
10/07/2009 06:52
Pues eso, que a mí me echaron la maldición gitana:

PLEITOS TENGAS Y LOS GANES.
10/07/2009 06:45
Subo el post para comentar como va este asunto:

- Sentencia de enero de 2008 condenando al acusado.
- Sentencia de la Audiencia Provincial, de mayo de 2008, ratificando en todos sus términos la de instancia.
-Asignado Juzgado de Ejecuciones Penales en diciembre de 2008.
...

Desde entonces, no sé nada más; este mes de julio hace 3 años que interpuse la querella. A "grosso modo", calculo que el montante de la ejecución (principal, más intereses y costas) asciende a unos 36.000 euros.
26/03/2008 16:31
felicidades bri, admiro tu paciencia
26/03/2008 06:46
Bueno, sólo subo el post para agradecer al foro su ayuda, en especial a maicavasco, por sus comentarios y consejos.

Por fin se ha dictado sentencia, condenando al acusado a 10 meses de multa y al pago de las cantidades dejadas de ingresar (con el incremento de IPC correspondiente) desde mayo de 1994 hasta diciembre de 2007, así como al pago de las costas.
09/12/2007 19:58
La querella, en caso de impago de alimentos, requiere de los servicios de abogado y procurador. Te aconsejaría que hablaras con tu abogada para intentar llegar a un acuerdo sobre la forma de pago; ¿no tienes derecho a justicia gratuita? Puedes ponerte en contacto con el Instituto de la Mujer, exponer tu problema a ver si te pueden aconsejar o ayudar.

Si tu ex tiene nómina, no entiendo por qué no se embarga, aunque carezca de otros bienes. El embargo de nómina por impago de alimentos a los hijos es una de las pocas excepciones que contempla la ley en la que no se exige que quede un mínimo de subsistencia sin embargar para el incumplidor.

Tal vez fuese interesante consultar tu caso con otro abogado diferente. Esto funciona un poco como los médicos; cuando tienes un diagnóstico que no te acaba de convencer, o en relación con una enfermedad grave, se suele buscar una segunda opinión. Hay abogados más conservadores en su métodos que otros, menos "peleones", ... etc.

Y por último decirte que, aunque seas madre soltera, si los hijos están reconocidos por el padre no creo que puedas cambiarles los apellidos. En cambio, en el procedimiento civil, ante el incumplimiento reiterado por su parte de los deberes inherentes a la patria potestad, podrás solicitar que le retiren ésta.

Yo te aconsejaría que te movieras, que preguntaras a los Servicios Sociales de tu Comunidad, Ayuntamiento, Organismos oficiales, etc., a ver si puedes conseguir alguna ayuda.

¡Mucha suerte!
08/12/2007 20:31
Gracias Bri. Perdonad que retome el tema despues de varios dias pero sigo con lo mismo.

Mi abogada me pide mas dinero para poner esa querella, dinero que no se de donde sacar, puesto que sigo sin ver un duro por parte del padre de mis hijos (por llamarle de alguna manera).

La demanda civil esta puesta desde hace ya mas de 18 meses y nada. Mi abogada dice que el juez ya ha dictado un embargo, pero que no tiene bienes. Se podria declarar insolvente y no pagarme nada?? imagino que teniendo nomina no, verdad?

Las denuncias que no me aceptan a tramite son las que yo pongo por mi cuenta por la via penal.

Yo tambien pienso lo mismo, pueden dejar a unos menores desprotegidos de esa manera??

Yo acepto encantadisima la ayuda del estado que van a poner en marcha en breve, pero esa no es la solucion. De esa manera le estan cubriendo la obligacion de su padre que es hacerse cargo de la mitad de los gastos de sus hijos.

Si puedo llevar a tramite la querella por abandono de familia, le podria cambiar los apellidos a mis hijos y beneficiarme de alguna ayuda por ser madre soltera?

Gracias a todos.


01/12/2007 12:17
Bueno...¡por fin tenemos juzgado asignado y fecha para celebración de la vista!

Desde la fecha de interposición de la querella hasta la celebración del juicio oral habrán pasado 18 meses... ¿Es normal que se dilate tanto un procedimiento en el cual se están reclamando unos alimentos de un menor?

11/11/2007 09:49
cilia, no te desanimes; piensa que estás peleando por los derechos de tus hijos. Paciencia, que el tiempo pone a cada uno en su sitio.

Y mientras tanto, sigue los consejos de tu abogada. Lleva a rajatabla la contabilidad de lo que te va debiendo, mes a mes; guarda tickets de compra (ropa, comida, libros), recibos del colegio, etc; todo lo que pueda justificar que eres tú, en exclusiva, quién se hace cargo de los gastos de los menores.

Entiendo que tu abogada ha pedido ejecución de sentencia en vía civil, y que también has denunciado directamente tú dicho incumplimiento; considera con tu abogada la posibilidad de interponer querella criminal (con abogado y procurador) por abandono de familia, ya que, como dices, aparte de no abonar la pensión, también está incumpliendo el régimen de visitas.

Otra cosa: infórmate sobre el Fondo de Garantía Alimentaria, que se supone entrará en vigor el próximo año; si cumples los requisitos, podrás solicitarlo, y, al menos, te garantizarás durante unos meses el cobro de -al menos- parte de los alimentos.

¡Mucha suerte!

10/11/2007 14:31
Hola Bri!

Sigo igual o peor, segun se mire. El padre de las criaturas no viene a por ellos desde el mes de marzo, no me esta pasando un duro y el juzgado....uffff...el juzgado de sant boi es la leche!

Mi abogada me ha dicho que me arme de paciencia, pero es dificil. Los juzgados estan (o han estado) de traslado. Ya era bastante penosa la situacion y el estado de los juzgados (miles de expedientes amontonados por el suelo), como para imaginarse un traslado... si a eso le sumas el pasotismo con que se toman estas cosas y todo el bombo del individuo aquel que pego a una chica sudamericana (llevan el tema en el mismo juzgado) pues aun peor.

Por via civil, despues de año y medio de poner la demanda, estoy esperando a ver si le embargan la nomina de una vez y me puedo asegurar un pellizco cada mes y/o parte de todo lo que me debe. Me he hecho a la idea de que estoy ahorrando, a ver si algun dia puedo "romper la hucha" y tener todo el dinero, que son ya mas de 4000 euros.

Por via penal, pues esta la cosa muy mal. cada vez que lo denuncio lo absuelven. Lo curioso es que lo absuelve la misma jueza, que con tanta prisa celebro el juicio de medidas provisionales, y sentencio la cantidad que me tenia que pasar.

He enviado el burofax tal y como me indicasteis, le di un plazo de un mes y ire a poner la denuncia, pero la verdad es que no tengo mucha fe ya. No quiero que le envien a la carcel, pero ostras! que le den un aviso por favor! a ver si asi se atemoriza un poco y cumple con sus hijos. Pero como lo estan absolviendo de todos los cargos pues esta muy tranquilo y continua en su linea.

Lo que me parece muy fuerte es que se celebren con tanta prisa los juicios de medidas provisionales, que supuestamente son para no dejar a los hijos al descubierto sin medios para sobrevivir, y que luego para cobrar la pension tenga que estar asi, casi suplicando algo que es de mis hijos!!

Una autentica vergüenza son los juzgados de sant boi.

07/11/2007 06:03
cilia, ¿cómo va lo tuyo?

¿Conseguiste las ejecuciones en civil? ¿Iniciaste la vía penal?

Mi asunto anda estancado; seguimos a la espera de que nos asignen juzgado y fecha para la vista oral... ¡Y ya han pasado 6 meses desde que concluyó la fase de instrucción!

08/07/2007 01:49
Muchisimas gracias Bri. Hare lo que me dices y ya te contaré.
07/07/2007 10:14
Otra cosa que también te puede ayudar: puedes apoyar tu denuncia con facturas pendientes de pago por tu parte, compras con tarjetas de crédito (ropa y comida preferentemente), peticiones de créditos personales; cualquier cosa que pueda acreditar que tienes dificultades económicas, no sé si me explico.
07/07/2007 09:57
cilia, envía el burofax explicando que hay una sentencia/convenio que le obliga a pagar y que está incumpliendo. Especifícale meses y cantidades y, a continuación, le dices algo así como: "por lo que te requiero para que realices el pago de las cantidades adeudadas en el menor plazo de tiempo posible, y, en todo caso, antes de la próxima fecha de vencimiento del pago" (suponiendo que en el convenio/sentencia a aplicar se especifique tal fecha). Si tiene que incrementar la mensualidad según IPC, recuérdaselo si no lo ha hecho. Tú, muy educadamente le reclamas. Luego añade algo así como: "en caso de ignorar este requerimiento me veré obligada a realizar cuantas acciones legales estime pertinentes con el fin de garantizar los derechos que amparan a nuestro/s hijo/s" (según tengas uno o varios hijos en común). Es decir, que el juez vea que estás avisando al deudor de que como no pague le vas a denunciar, y que tú quieres ir por las buenas, pero que él te obliga a interponer la denuncia.

Por ejemplo, en mi caso particular está especificado que tiene que hacer el pago por meses anticipados, en los 5 primeros días de cada mes. Si el día 10 no lo he recibido -margen de unos días por si realiza transferencia o está encamado por gripe :-), ¡zas!, denuncia que te crió aportando el burofax.

¡Suerte!
07/07/2007 09:15
Muchas gracias Bri.

Por via civil ya tiene puesta la demanda y mi abogada (que me lleva el tema por lo civil pero no por lo penal) dice que el juzgado ya ha dado la orden de embargo pero que cambia de trabajo como de camisa y que cuando se enteran donde trabaja a traves de la S.S. vuelve a cambiar de empleo.

Enviare el burofax. ¿Que plazo he de poner? ¿15 dias, 1 mes...?

Si he echado para adelante la via penal es para que algun juez le avise de las consecuencias de no pagar ya que, a dia de hoy, "pasa de todo" y vive muy bien mientras yo he de hacer maravillas para que mis hijos lleven una vida mas o menos normal.

Muchisimas gracias.

Saludos.
07/07/2007 06:36
cilia, tienes entendido bien: 2 meses seguidos ó 4 meses no consecutivos se considera delito de abandono de familia - artículo 227 del Código Penal(dejar de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor del cónyuge o hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de los hijos).
No obstante, a los jueces les gusta ver que primero has intentado el cobro de la deuda por otras vías menos "agresivas"; vamos, que por tu parte hay buena voluntad. Y no entiendo qué razones te puede haber dado la jueza para no considerarlo delito.

Yo te recomendaría que, si tienes convenio o resolución judicial que establezca dicha prestación, mandes un burofax al deudor reclamándole el pago de la cantidad adeudada y dándole un plazo para realizar el mismo; si no paga, denuncia aportando la copia de dicho burofax y el extracto de la cartilla, o también puedes pedir primero en vía civil la ejecución del convenio/sentencia, y acudir a la vía penal sólo en última instancia.

¡Suerte!
06/07/2007 18:46
Perdonad que retome el hilo despues de tantos dias, pero queria haceros una consulta.

He puesto ya 4 denuncias al padre de mis hijos por impago de manutencion. Me han citado 2 veces para ir a ratificar la 2 primeras denuncias. Mi sorpresa es que las dos me las ha rechazado la jueza porque dice que no lo considera delito.

La deuda ya suma casi 4000 euros.

Yo tenia entendido (como escribio jar1070) que 2 meses seguidos sin pagar se consideraba delito.

Estoy haciendo algo mal? Hay algo que deba aportar en las denuncia a parte de un extracto de mi cuenta bancaria?

muchas gracias.
22/06/2007 07:08
El acusado no ha prestado fianza en el plazo establecido así que el juez ha procedido a decretar el embargo preventivo de bienes del acusado, en concreto, una casa de pueblo.

¿Ahora cómo hay que actuar?

Supongo que hasta que no resulte condenado no se procederá a embargar definitivamente, ¿me equivoco?

Ahora mismo la casa cubriría aprox. el 80% de la deuda, pero ésta sigue incrementándose mes a mes. ¿Podemos solicitar al juzgado que embargue más propiedades?

¿El bien embargado tiene que subastarse obligatoriamente o yo puedo quedarme con la casa como parte del pago? En este último caso, ¿podría ponerse la casa a nombre de nuestro hijo?

Y una última cuestión... Cuando el chaval alcance la mayoría de edad, ¿puede hacer testamento y desheredar legalmente a su padre si este último ha sido condenado por abandono de familia? El chico nunca ha conocido a su padre, y la única relación que éste ha mantenido con su hijo ha sido económica (prestación de alimentos), siempre obligado judicialmente por sentencia (que, por otro lado, ha incumplido reiteradamente; de ahí la interposición de la querella).


17/06/2007 04:08
De nada. Es muy interesante su caso.

A ver, si bien puede esperar usted al juicio para presentar las pruebas, yo, personalmente, las voy aportando sobre la marcha y antes del juicio. Yo le aconsejo que mientras antes las aporte, mejor.

Saludos. Siga informando.
16/06/2007 09:18
Gracias, maica.

El juez instructor dictó providencia hace 2 semanas solicitando prestación de fianza en el plazo de 3 días, o, en su defecto, se procediese al embargo de bienes del acusado hasta cubrir el importe que se reclama. La parte contraria no ha intentado llegar a un acuerdo.

Aún no tenemos fijada la fecha para el juicio oral.

Por otro lado hemos obtenido pruebas, incluídas gráficas (fotos) de que el acusado (que declaró no trabajar y estar en el paro) atiende personalmente el negocio. Si es necesario, querríamos presentarlas en el juzgado. ¿Cómo podemos hacerlo? Al haber termiando la fase de instrucción, ¿tenemos que esperar al juicio oral o podemos hacerlo antes?

Como verá, voy teniéndole al tanto del asunto, ya que me dijo que le interesaba bastante.

Gracias de nuevo por su inestimable ayuda.


13/05/2007 01:49
Vamos a ver, la ejecución en vía civil es más rápida.

En cuanto al posible arreglo, depende de si le compensa.

Cuando cumpla los 18 años el menor, el padre todavía estará obligado a pasarle la pensión, mientras estudie, siempre y cuando su "incapacidad de ingresos" no le sea imputable, es decir, pueda demostrar que su hijo ni estudia ni trabaja ni hace nada de nada.

Un saludo.
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Abandono de familia, querella

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Viendo 1 - 20 de 47 comentarios
10/07/2009 06:52
Pues eso, que a mí me echaron la maldición gitana:

PLEITOS TENGAS Y LOS GANES.
10/07/2009 06:45
Subo el post para comentar como va este asunto:

- Sentencia de enero de 2008 condenando al acusado.
- Sentencia de la Audiencia Provincial, de mayo de 2008, ratificando en todos sus términos la de instancia.
-Asignado Juzgado de Ejecuciones Penales en diciembre de 2008.
...

Desde entonces, no sé nada más; este mes de julio hace 3 años que interpuse la querella. A "grosso modo", calculo que el montante de la ejecución (principal, más intereses y costas) asciende a unos 36.000 euros.
26/03/2008 16:31
felicidades bri, admiro tu paciencia
26/03/2008 06:46
Bueno, sólo subo el post para agradecer al foro su ayuda, en especial a maicavasco, por sus comentarios y consejos.

Por fin se ha dictado sentencia, condenando al acusado a 10 meses de multa y al pago de las cantidades dejadas de ingresar (con el incremento de IPC correspondiente) desde mayo de 1994 hasta diciembre de 2007, así como al pago de las costas.
09/12/2007 19:58
La querella, en caso de impago de alimentos, requiere de los servicios de abogado y procurador. Te aconsejaría que hablaras con tu abogada para intentar llegar a un acuerdo sobre la forma de pago; ¿no tienes derecho a justicia gratuita? Puedes ponerte en contacto con el Instituto de la Mujer, exponer tu problema a ver si te pueden aconsejar o ayudar.

Si tu ex tiene nómina, no entiendo por qué no se embarga, aunque carezca de otros bienes. El embargo de nómina por impago de alimentos a los hijos es una de las pocas excepciones que contempla la ley en la que no se exige que quede un mínimo de subsistencia sin embargar para el incumplidor.

Tal vez fuese interesante consultar tu caso con otro abogado diferente. Esto funciona un poco como los médicos; cuando tienes un diagnóstico que no te acaba de convencer, o en relación con una enfermedad grave, se suele buscar una segunda opinión. Hay abogados más conservadores en su métodos que otros, menos "peleones", ... etc.

Y por último decirte que, aunque seas madre soltera, si los hijos están reconocidos por el padre no creo que puedas cambiarles los apellidos. En cambio, en el procedimiento civil, ante el incumplimiento reiterado por su parte de los deberes inherentes a la patria potestad, podrás solicitar que le retiren ésta.

Yo te aconsejaría que te movieras, que preguntaras a los Servicios Sociales de tu Comunidad, Ayuntamiento, Organismos oficiales, etc., a ver si puedes conseguir alguna ayuda.

¡Mucha suerte!
08/12/2007 20:31
Gracias Bri. Perdonad que retome el tema despues de varios dias pero sigo con lo mismo.

Mi abogada me pide mas dinero para poner esa querella, dinero que no se de donde sacar, puesto que sigo sin ver un duro por parte del padre de mis hijos (por llamarle de alguna manera).

La demanda civil esta puesta desde hace ya mas de 18 meses y nada. Mi abogada dice que el juez ya ha dictado un embargo, pero que no tiene bienes. Se podria declarar insolvente y no pagarme nada?? imagino que teniendo nomina no, verdad?

Las denuncias que no me aceptan a tramite son las que yo pongo por mi cuenta por la via penal.

Yo tambien pienso lo mismo, pueden dejar a unos menores desprotegidos de esa manera??

Yo acepto encantadisima la ayuda del estado que van a poner en marcha en breve, pero esa no es la solucion. De esa manera le estan cubriendo la obligacion de su padre que es hacerse cargo de la mitad de los gastos de sus hijos.

Si puedo llevar a tramite la querella por abandono de familia, le podria cambiar los apellidos a mis hijos y beneficiarme de alguna ayuda por ser madre soltera?

Gracias a todos.


01/12/2007 12:17
Bueno...¡por fin tenemos juzgado asignado y fecha para celebración de la vista!

Desde la fecha de interposición de la querella hasta la celebración del juicio oral habrán pasado 18 meses... ¿Es normal que se dilate tanto un procedimiento en el cual se están reclamando unos alimentos de un menor?

11/11/2007 09:49
cilia, no te desanimes; piensa que estás peleando por los derechos de tus hijos. Paciencia, que el tiempo pone a cada uno en su sitio.

Y mientras tanto, sigue los consejos de tu abogada. Lleva a rajatabla la contabilidad de lo que te va debiendo, mes a mes; guarda tickets de compra (ropa, comida, libros), recibos del colegio, etc; todo lo que pueda justificar que eres tú, en exclusiva, quién se hace cargo de los gastos de los menores.

Entiendo que tu abogada ha pedido ejecución de sentencia en vía civil, y que también has denunciado directamente tú dicho incumplimiento; considera con tu abogada la posibilidad de interponer querella criminal (con abogado y procurador) por abandono de familia, ya que, como dices, aparte de no abonar la pensión, también está incumpliendo el régimen de visitas.

Otra cosa: infórmate sobre el Fondo de Garantía Alimentaria, que se supone entrará en vigor el próximo año; si cumples los requisitos, podrás solicitarlo, y, al menos, te garantizarás durante unos meses el cobro de -al menos- parte de los alimentos.

¡Mucha suerte!

10/11/2007 14:31
Hola Bri!

Sigo igual o peor, segun se mire. El padre de las criaturas no viene a por ellos desde el mes de marzo, no me esta pasando un duro y el juzgado....uffff...el juzgado de sant boi es la leche!

Mi abogada me ha dicho que me arme de paciencia, pero es dificil. Los juzgados estan (o han estado) de traslado. Ya era bastante penosa la situacion y el estado de los juzgados (miles de expedientes amontonados por el suelo), como para imaginarse un traslado... si a eso le sumas el pasotismo con que se toman estas cosas y todo el bombo del individuo aquel que pego a una chica sudamericana (llevan el tema en el mismo juzgado) pues aun peor.

Por via civil, despues de año y medio de poner la demanda, estoy esperando a ver si le embargan la nomina de una vez y me puedo asegurar un pellizco cada mes y/o parte de todo lo que me debe. Me he hecho a la idea de que estoy ahorrando, a ver si algun dia puedo "romper la hucha" y tener todo el dinero, que son ya mas de 4000 euros.

Por via penal, pues esta la cosa muy mal. cada vez que lo denuncio lo absuelven. Lo curioso es que lo absuelve la misma jueza, que con tanta prisa celebro el juicio de medidas provisionales, y sentencio la cantidad que me tenia que pasar.

He enviado el burofax tal y como me indicasteis, le di un plazo de un mes y ire a poner la denuncia, pero la verdad es que no tengo mucha fe ya. No quiero que le envien a la carcel, pero ostras! que le den un aviso por favor! a ver si asi se atemoriza un poco y cumple con sus hijos. Pero como lo estan absolviendo de todos los cargos pues esta muy tranquilo y continua en su linea.

Lo que me parece muy fuerte es que se celebren con tanta prisa los juicios de medidas provisionales, que supuestamente son para no dejar a los hijos al descubierto sin medios para sobrevivir, y que luego para cobrar la pension tenga que estar asi, casi suplicando algo que es de mis hijos!!

Una autentica vergüenza son los juzgados de sant boi.

07/11/2007 06:03
cilia, ¿cómo va lo tuyo?

¿Conseguiste las ejecuciones en civil? ¿Iniciaste la vía penal?

Mi asunto anda estancado; seguimos a la espera de que nos asignen juzgado y fecha para la vista oral... ¡Y ya han pasado 6 meses desde que concluyó la fase de instrucción!

08/07/2007 01:49
Muchisimas gracias Bri. Hare lo que me dices y ya te contaré.
07/07/2007 10:14
Otra cosa que también te puede ayudar: puedes apoyar tu denuncia con facturas pendientes de pago por tu parte, compras con tarjetas de crédito (ropa y comida preferentemente), peticiones de créditos personales; cualquier cosa que pueda acreditar que tienes dificultades económicas, no sé si me explico.
07/07/2007 09:57
cilia, envía el burofax explicando que hay una sentencia/convenio que le obliga a pagar y que está incumpliendo. Especifícale meses y cantidades y, a continuación, le dices algo así como: "por lo que te requiero para que realices el pago de las cantidades adeudadas en el menor plazo de tiempo posible, y, en todo caso, antes de la próxima fecha de vencimiento del pago" (suponiendo que en el convenio/sentencia a aplicar se especifique tal fecha). Si tiene que incrementar la mensualidad según IPC, recuérdaselo si no lo ha hecho. Tú, muy educadamente le reclamas. Luego añade algo así como: "en caso de ignorar este requerimiento me veré obligada a realizar cuantas acciones legales estime pertinentes con el fin de garantizar los derechos que amparan a nuestro/s hijo/s" (según tengas uno o varios hijos en común). Es decir, que el juez vea que estás avisando al deudor de que como no pague le vas a denunciar, y que tú quieres ir por las buenas, pero que él te obliga a interponer la denuncia.

Por ejemplo, en mi caso particular está especificado que tiene que hacer el pago por meses anticipados, en los 5 primeros días de cada mes. Si el día 10 no lo he recibido -margen de unos días por si realiza transferencia o está encamado por gripe :-), ¡zas!, denuncia que te crió aportando el burofax.

¡Suerte!
07/07/2007 09:15
Muchas gracias Bri.

Por via civil ya tiene puesta la demanda y mi abogada (que me lleva el tema por lo civil pero no por lo penal) dice que el juzgado ya ha dado la orden de embargo pero que cambia de trabajo como de camisa y que cuando se enteran donde trabaja a traves de la S.S. vuelve a cambiar de empleo.

Enviare el burofax. ¿Que plazo he de poner? ¿15 dias, 1 mes...?

Si he echado para adelante la via penal es para que algun juez le avise de las consecuencias de no pagar ya que, a dia de hoy, "pasa de todo" y vive muy bien mientras yo he de hacer maravillas para que mis hijos lleven una vida mas o menos normal.

Muchisimas gracias.

Saludos.
07/07/2007 06:36
cilia, tienes entendido bien: 2 meses seguidos ó 4 meses no consecutivos se considera delito de abandono de familia - artículo 227 del Código Penal(dejar de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor del cónyuge o hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de los hijos).
No obstante, a los jueces les gusta ver que primero has intentado el cobro de la deuda por otras vías menos "agresivas"; vamos, que por tu parte hay buena voluntad. Y no entiendo qué razones te puede haber dado la jueza para no considerarlo delito.

Yo te recomendaría que, si tienes convenio o resolución judicial que establezca dicha prestación, mandes un burofax al deudor reclamándole el pago de la cantidad adeudada y dándole un plazo para realizar el mismo; si no paga, denuncia aportando la copia de dicho burofax y el extracto de la cartilla, o también puedes pedir primero en vía civil la ejecución del convenio/sentencia, y acudir a la vía penal sólo en última instancia.

¡Suerte!
06/07/2007 18:46
Perdonad que retome el hilo despues de tantos dias, pero queria haceros una consulta.

He puesto ya 4 denuncias al padre de mis hijos por impago de manutencion. Me han citado 2 veces para ir a ratificar la 2 primeras denuncias. Mi sorpresa es que las dos me las ha rechazado la jueza porque dice que no lo considera delito.

La deuda ya suma casi 4000 euros.

Yo tenia entendido (como escribio jar1070) que 2 meses seguidos sin pagar se consideraba delito.

Estoy haciendo algo mal? Hay algo que deba aportar en las denuncia a parte de un extracto de mi cuenta bancaria?

muchas gracias.
22/06/2007 07:08
El acusado no ha prestado fianza en el plazo establecido así que el juez ha procedido a decretar el embargo preventivo de bienes del acusado, en concreto, una casa de pueblo.

¿Ahora cómo hay que actuar?

Supongo que hasta que no resulte condenado no se procederá a embargar definitivamente, ¿me equivoco?

Ahora mismo la casa cubriría aprox. el 80% de la deuda, pero ésta sigue incrementándose mes a mes. ¿Podemos solicitar al juzgado que embargue más propiedades?

¿El bien embargado tiene que subastarse obligatoriamente o yo puedo quedarme con la casa como parte del pago? En este último caso, ¿podría ponerse la casa a nombre de nuestro hijo?

Y una última cuestión... Cuando el chaval alcance la mayoría de edad, ¿puede hacer testamento y desheredar legalmente a su padre si este último ha sido condenado por abandono de familia? El chico nunca ha conocido a su padre, y la única relación que éste ha mantenido con su hijo ha sido económica (prestación de alimentos), siempre obligado judicialmente por sentencia (que, por otro lado, ha incumplido reiteradamente; de ahí la interposición de la querella).


17/06/2007 04:08
De nada. Es muy interesante su caso.

A ver, si bien puede esperar usted al juicio para presentar las pruebas, yo, personalmente, las voy aportando sobre la marcha y antes del juicio. Yo le aconsejo que mientras antes las aporte, mejor.

Saludos. Siga informando.
16/06/2007 09:18
Gracias, maica.

El juez instructor dictó providencia hace 2 semanas solicitando prestación de fianza en el plazo de 3 días, o, en su defecto, se procediese al embargo de bienes del acusado hasta cubrir el importe que se reclama. La parte contraria no ha intentado llegar a un acuerdo.

Aún no tenemos fijada la fecha para el juicio oral.

Por otro lado hemos obtenido pruebas, incluídas gráficas (fotos) de que el acusado (que declaró no trabajar y estar en el paro) atiende personalmente el negocio. Si es necesario, querríamos presentarlas en el juzgado. ¿Cómo podemos hacerlo? Al haber termiando la fase de instrucción, ¿tenemos que esperar al juicio oral o podemos hacerlo antes?

Como verá, voy teniéndole al tanto del asunto, ya que me dijo que le interesaba bastante.

Gracias de nuevo por su inestimable ayuda.


13/05/2007 01:49
Vamos a ver, la ejecución en vía civil es más rápida.

En cuanto al posible arreglo, depende de si le compensa.

Cuando cumpla los 18 años el menor, el padre todavía estará obligado a pasarle la pensión, mientras estudie, siempre y cuando su "incapacidad de ingresos" no le sea imputable, es decir, pueda demostrar que su hijo ni estudia ni trabaja ni hace nada de nada.

Un saludo.