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Abogado Accidente Tráfico

2 Comentarios
 
Abogado accidente tráfico
06/02/2005 18:06
Saludos a todos.
Hace un par de años tuve con un familiar un accidente de tráfico, que casi nos causa la muerte, tras un periodo largo de tiempo en el hospital somos dados de alta. Desde el accidente, nos designó nuestra Mutua, un abogado. y seguimos con él. Pero tenemos una duda: al ser el abogado asignado por nuestra Mutua, pagado por esta, ¿ creen que nos defenderá al 100% y nos indemnizaran razonablemente ? Por el motivo que entre abogados de las compañias se pueden hacer " favores ", el dicho de: "hoy por tí y mañana por mi" y quizás eso nos pueda perjudicar, ¿puede ser así, o mejor buscamos un abogado por nuestra cuenta ?
Y otra duda, tras el accidente nos han quedado secuelas, y de ello el forense ha realizado un informe que se pasa al juzgado,¿ es ahora conveniente que nos hagamos otro u otros informes paralelos con medicos privados, para el día del juicio y presentar el mas favorable al juez?
Gracias de antemano, la verdad estamos un poco desencaminados y no sabemos lo que se debe o no debe hacerse.
11/02/2005 22:59
-En primer lugar, si no he entendido mal es vuestra Mutua la que os nombra Abogado, en principio hay que creer en la profesionalidad del abogado designado por Mutua, y entiendo que defendera los intereses de su represntado.
-Respecto al informe del medico forense, suele ser bastante objetivo y actua por decirlo de alguna manera como perito judicial, es decir algunos juzgados consideran mucho mas objetivo un informe forense que no el de un medico de valoración de daños que en definitiva es pagado por la parte, y por tanto mucho menos objetivo.

-Para comprobar, no es tan dificil, el comportamiento en la petición del Letrado, mira a ver si consigues lel anexo a Ley 30/95 e ordenación y supervisión de Seguros Privados que contiene el baremo de indemnizaciones del daño en accidente de trafico.El baremo esta dividido en grupos por muerte, incpacidades permanentes e incpacidad temporal m as un factor corrector, si tuvieras laguna dificultas cuando tengas el informe forense indica en el foro los dias impeditivos, no impeditivos y hosptilaizacion, asi como secuelas y edad de los lesionados, y me comprometo a remitirte el calculo de la indemnizacion para que lo contrastres posteriormente con la peticion del letrado.Si no has entendido algo, insiste y tratare de aclararte la duda, si lo sé

Saludos
11/02/2005 23:02
Unicamente como complemento a la anterior respuesta, indicarte que si el accidente ha sido despues del 5 de Noviembre deberas conseguir el Real Decreto Legislativo 8/2004, Texto refundido seguro obligatorio del automovil y responsabilidad civil .El Texcto contine anexo donde se recoge la tabla de indemnizaciones vigentes a partir del 6.11.2004