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abogado advierte quitarle a su mujer su hijo cuando nazca

5 Comentarios
 
Abogado advierte quitarle a su mujer su hijo cuando nazca
perfil Mon
11/03/2004 12:24
soy mujer de un letrado, y estando con mi primer embarazo de 3 meses, y con una relacion matrimonial muy mala , ya me ha avisado, como lo quieran llamar ustedes que alegara lo que sea necesario por quitarme ,pedir la custodia, del bebe, les parece humano?
11/03/2004 12:45
humano ,claro está que no es ,animo y lucha por tu futuro hijo y mucha suerte.,y luego muchos por aqui dicen que son las madres las que quitan los hijos a los padres
11/03/2004 13:13
Sra. Mon, en un día tan triste y trágico como el de hoy, tan solo he de manifestarle que no se preocupe en absoluto de la mera manifestación que pudiera hacerle "el compañero de profesión" que, sin lugar a dudas, desgraciadamente no sabe de lo que habla ni de la trascendencia de su conducta y, además, de seguir en esa línea, lo único que va a provocar es la iniciación de un proceso matrimonial que le impedirá disfrutar de algo tan bello como es la maternidad y la paternidad (bien entendidas).

Su marido sabe, mejor que nadie, la imposibilidad de establecer medidas de custodia o régimen de visitas sobre el "nasciturus" (concebido pero no nacido). Lo único que se podría establecer en el proceso matrimonial son alimentos en base a lo dispusto en el art. 29 del Código Civil conforme al cual "El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente." El art. 30 del CC dispone que "para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno". Dichos alimentos estarían condicioandas al hecho del nacimiento posterior.
Es muy probable que la medida de uso de la vivienda familiar le sea también atribuida a vd. por ser el suyo el interés más necesitado de protección. (art. 96 CC). Por otra parte, vd. tendría derecho a una pensión compensatoria (art. 97 CC) o a una pensión de alimentos a cargo de su esposo. (arts. 67,68,91, 142 y ss del CC) dado que la separación no rompe el vínculo matrimonial y, por tanto, con el deber de socorrerse mutuamente que tienen los cónyuges.

Visto lo anterior, lo mejor será dejarnos de gaitas y dado su estado de buena esperanza, sobre todo, no se altere, cálmese y no de pábulo a una mera manifestación que lo único que pretende es ponerla nerviosa (cuestión que al parecer, desgraciadamente, sí se ha conseguido).

Un beso mon. Animo.

Un abrazo.
perfil Mon
13/03/2004 12:16
No imaginais lo que os agradezco vuestras palabras, sinceramente me dan tranquilidad, y animo como tu dices Alegato, tengo una pequeña duda, podrias resolvermela? hable hace 2 noches y de nuevo comenzo segun el, advertirme, que sino permitia dejarme acompañar por el a las revisiones, lo haria por via judicial, y repitio de nuevo, que sino mas a delante me iba a rrepentir, y yo no he tenido madre desde los 3 años de edad por un accidente, y me pongo a temblar solo de pensar que mi pequeño pudiera carecer de lo mismo....
13/03/2004 12:21
Animo niña, que te va a salir todo estupendamente, no pares a pensar ni un segundo en todo lo que te dice porque demuestra muy poca categoria, y muy poco hombre, ya que en tu estado de buena ventura, deberias sentirte, y hacerte sentir la mujer mas feliz, y no decirte semejantes animaladas, y aprovecha tu desconocimiento para meterte miedo, pero no todos los letrados son asi, ni todos se libran, me comprendes, piensa en ti, y en tu bebe, cuidaros mucho
perfil Mon
13/03/2004 12:26
Gracias de nuevo, y perdona alegato, me podrias explicar bien lo anterior, porque la verdad es que tus conocimientos, dan seguridad, muy agradecida..