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absentismo escolar

8 Comentarios
 
Absentismo escolar
24/08/2010 20:40
Hola,
me gustaría saber en que casos los servicios sociales actuan en caso de absentismo escolar.
Cuantas faltas ha de acumular el menor? Han de ser consecutivos?

Gracias
25/08/2010 15:37
En los servicios sociales no sabria decirle pero si se que los propios colegios pueden actuar "de oficio". Conozco un caso en el que se advirtio a la madre de que se daria parte de la numerosas ausencias de su hijo ante el organismo pertinente. La respuesta de la madre fue que podria presentar un certificado que dijera que las faltas se debian al asma que padece el hijo. Finalmente no ocurrio nada pues la sra cambio de actitud y empezo a enviar de manera mas asidua al niño y el colegio no tomo medidas.

Espero que los servicios sociales sean mas eficaces.
25/08/2010 16:48
Los servicios sociales no actuan si no es por orden del juez, para ello debe existir una denuncia de oficio del centro educativo o particular. En el siguiente enlace encontrará alguna información, en todo caso puede solicitar información en el centro escolar o en la Consejería o delegación de educación correspondiente.

http://www.ayto-aljaraque.es/index.php?option=com_content&view=article&id=318&Itemid=398
...
2. CONCEPTO:
Se considera que se está dando una situación de Absentismo Escolar cuando el número de faltas mensuales es de cinco días lectivos en el nivel de Educación Primaria. En el nivel de Educación Secundaria Obligatoria, se considera que existe absentismo escolar cuando la falta de asistencia es de 25 horas de clase o supere el 25 % de días lectivos o de horas de clase.
...
25/08/2010 17:16
Hola:

Aliciamm, desde que se produce absentismo escolar hasta que se llega a la última actuación, la Fiscalía de Menores, se abre un proceso más o menos largo donde intervienen muchas personas, profesionales, organismos, instituciones, comisiones, etc.. El proceso varía según comunidades.

En cuanto al número de faltas no es necesario que sean consecutivas, se evalúan por períodos aunque hay un seguimiento continuado. Se pone especial atención a las faltas no justificadas.

Un esquema del proceso, con variantes según comunidad sería:

TUTOR

Es el primero que debe actuar. Entre sus funciones está el seguimiento de la asistencia continuada, requerir justificación de las faltas a padres o tutores de los menores cursando citaciones y celebrando entrevistas personales en su caso, identificar y clasificar las faltas justificadas, computar las faltas según el procedimiento del Centro y comunicarlo al Jefe de Estudios. Cada alumno tiene un expediente de seguimiento.

JEFE DE ESTUDIOS

Recoge y hace un seguimiento de los partes de faltas, custodiándolos y valorándolos, recoge datos de absentismo al final de cada evaluación, identifica las causas de absentismo, cursar citaciones y celebrar entrevistas personales con los padres o tutores de los alumnos en su caso. Cuando procede el Jefe de Estudios pasa el expediente de seguimiento del alumno a la Comisión de Absentismo del Centro.

COMISION DE ABSENTISMO DE CENTRO DE EDUCACION INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA.

Realiza un seguimiento de los casos de absentismo escolar, abre expediente de absentismo, Comunica de forma certificada a la familia, insta la intervención del Departamento de Orientación o el E.O.E.P., COMUNICA A SERVICIOS SOCIALES el problema de absentismo y facilita información a la Mesa Local del Municipio de los casos que no se resuelvan en el Centro.

MESA LOCAL SOBRE ABSENTISMO

Sus funciones son:

Aplicación del Plan de Actuación Anual establecido por la Comisión de Seguimiento con carácter general.

Desarrollo de estrategias orientadas a fomentar la coordinación entre centros educativos y los servicios municipales, dirigidas a potenciar la regularidad de escolarización y la prevención y control del absentismo escolar.

Recogida de datos generales de absentismo escolar de los centros sostenidos con fondos del Municipio.

Recepción de expedientes del alumnado con absentismo escolar, una vez que los procesos desarrollados por el centro docente no hayan sido suficientes para conseguir su mantenimiento en el sistema educativo.

Estudio del historial, características y circunstancias personales, sociales y familiares del alumno absentista.

Propuesta del tipo de actuación que más se adapte a las circunstancias de cada caso.
25/08/2010 17:18
Seguimiento y evaluación de los resultados de las intervenciones desarrolladas.

Información, a los centros docentes, de las medidas desarrolladas con cada uno de los expedientes de alumnos/as absentistas recibidos.


Si las actuaciones de la Mesa Local no tuvieran resultados positivos, ésta decidirá si remitir el expediente al Ayuntamiento, para que éste proceda a gestionar los expedientes sancionadores correspondientes o presentar denuncia ante la Comisión de Tutela o Fiscalía del Menor, emitiendo en ambos casos informe colegiado, que recoja cuantos datos tenga la Mesa y Organismos allí representados sobre la situación del alumno/a y su familia, a fin de que el organismo correspondiente tome la decisión oportuna. Así mismo, podrá proponer programas, planes de formación, presencia de otros profesionales … de cara a una mayor eficacia de la actuación.


Aparte se establecen Comisiones de Seguimiento de Absentismo.

A pie de calle será la Policía Municipal quien deba actuar, según protocolo, si detecta la presencia de un menor en la calle en horario lectivo. Si la detección de casos de absentismo escolar se realiza por parte de la Policía Municipal, cuando se constate la presencia en la calle de menores en edad de escolaridad obligatoria durante el horario lectivo, se solicitarán sus datos personales y el colegio en que están matriculados, así como el motivo o causa de la no asistencia al centro, reflejando todo ello en la ficha que a tal efecto poseen y que posteriormente será remitida a la Mesa Local del Municipio.



Como ve el camino es largo hasta que pueda llegar el caso a la Fiscalía de Menores. También puede ver que, salvo casos excepcionales, los Servicios Sociales actúan, o pueden o suelen actuar, tras comunicación de la Comisión de Absentismo de Centro o a través de las actuaciones de la Policía Municipal pues esta informa a la Mesa Local y en esta está un representante de Servicios Sociales.

Desde mi experiencia, las actuaciones no son tan eficaces como debieran ser. Existen muchos fallos e incumplimientos. Desde la práctica deportiva bastante extendida del lanzamiento de la patata caliente hasta aceptar como faltas justificadas aquellas en las que no media documentación alguna que corrobore la veracidad de la justificación, pasando por un oscuro tratamiento de las faltas en la normativa del Centro.

Como dije al principio este es un resumen muy básico y varía según comunidad, aunque le puede dar una idea general de como se funciona en estos temas.

Con respecto a los datos aportados por José Ramón decir que son bastante relativos.

Caso real, tengo varios, este documentadísimo:

ESO, 97 horas de clase pérdidas, 4 injustificadas el resto justificadas. Se solicita informe y copia de los justificantes, se contesta que no existen justificantes sólo comunicaciones telefónicas, el problema no se considera como tal y, por tanto, no sale del centro, no se da parte a instancias superiores. Se constata que los motivos alegados como justificación eran falsos. Así esta el patio nacional y el del colegio no vea.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
25/08/2010 17:34
Por cierto, se me olvidaba, esas 97 horas perdidas lo fueron en un período de dos meses y 23 días.

Un cordial saludo
26/08/2010 23:02
El colegio es quien tiene la responsabilidad de dar parte a los servicios sociales dependiendo de la gravedad del absentismo (a partir de 20 faltas trimestrales injustificadas o justificadas según el caso, ya es grave) y de la respuesta del progenitor custodio cuando se le comunica el mismo.
Un saludo.
27/08/2010 12:27
Muchas gracias por las respuestas,
mi pregunta ahora es la siguiente. No puede el no custodio denunciar esta situacion?
27/08/2010 16:30
Sí, puede denunciar el no custodio, pero en todo caso como la información al respecto la recibe del colegio puede ser adecuado comentarlo con el colegio para saber si el número de faltas implica que el absentismo es suficiente para denunciarlo y así lo certificará el colegio de ser requerido tras Vd. interponer la denuncia. Si denuncia y el colegio certifica que el absentismo injustificado no pone en peligro la vida academica del menor no prosperará.