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Acceso de migración a datos del registro de parejas.

5 Comentarios
 
Acceso de migración a datos del registro de parejas.
12/08/2020 16:59
Hola. Podrían decirme si la policía de migración del aeropuerto de Madrid tiene acceso a los datos de los registros de parejas de hecho para comprobar si continua inscrita una pareja? Gracias.
12/08/2020 23:50
Rafadesantander
Hola :

El Registro de Parejas Estables o de Parejas de Hecho está a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma. No son Registros de titularidad estatal, sino autonómica. Su publicidad está restringida a los interesados o sus herederos en caso de que hubieran fallecido y así lo acrediten y cuando lo ordene un juez. Fuera de esos casos, no pueden expedir certificaciones, porque se trata de asientos protegidos por la Ley de Protección de Datos.

El Cuerpo Nacional de Policía tiene acceso a los datos que constan en bases de datos de la Administración General del Estado y al Sistema de Información Schengen ( compartido con los demás Estados parte del espacio de Schengen) y también al Padrón Municipal de Habitantes de todos los ayuntamientos de España, por estar expresamente facultado por ley para hacerlo. Pero no puede acceder a bases de datos y Registros que son de titularidad autonómica si no tiene habilitación legal para hacerlo, lo cual es bastante difícil porque implicaría entrar en bases de datos a las que la propia normativa autonómica tiene limitado el acceso solo a las personas interesadas y sus herederos. Si los interesados o sus herederos no las piden, solo podrán expedirse si un juez lo ordena. Y además, comportaría invasión de competencias autonómicas.

El Registro de Parejas Estables, a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma es público en tanto que es de titularidad pública : ha sido creado por acto de poder público y está a cargo de un órgano administrativo de la correspondiente Administración autonómica y tiene la naturaleza de registro administrativo. Pero en cambio, no es un registro público como lo son el Registro Civil, el Registro de la Propiedad o el Registro Mercantil, que son de titularidad estatal, en tanto que su publicidad está restringida a las personas interesadas, sus herederos o cuando medie una orden judicial, a diferencia de los mencionados Registros públicos estatales que, salvo los casos expresamente restringidos en la normativa que los regula, sí son públicos.

Si necesita probar ante el Cuerpo Nacional de Policía que está insrito en un Registro autonómico de Parejas Estables, debe tener consigo la certificación actualizada.

Un cordial saludo.
12/08/2020 23:52
Rafadesantander
Hola :

El Registro de Parejas Estables o de Parejas de Hecho está a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma. No son Registros de titularidad estatal, sino autonómica. Su publicidad está restringida a los interesados o sus herederos en caso de que hubieran fallecido y así lo acrediten y cuando lo ordene un juez. Fuera de esos casos, no pueden expedir certificaciones, porque se trata de asientos protegidos por la Ley de Protección de Datos.

El Cuerpo Nacional de Policía tiene acceso a los datos que constan en bases de datos de la Administración General del Estado y al Sistema de Información Schengen ( compartido con los demás Estados parte del espacio de Schengen) y también al Padrón Municipal de Habitantes de todos los ayuntamientos de España, por estar expresamente facultado por ley para hacerlo. Pero no puede acceder a bases de datos y Registros que son de titularidad autonómica si no tiene habilitación legal para hacerlo, lo cual es bastante difícil porque implicaría entrar en bases de datos a las que la propia normativa autonómica tiene limitado el acceso solo a las personas interesadas y sus herederos. Si los interesados o sus herederos no las piden, solo podrán expedirse si un juez lo ordena. Y además, comportaría invasión de competencias autonómicas.

El Registro de Parejas Estables, a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma es público en tanto que es de titularidad pública : ha sido creado por acto de poder público y está a cargo de un órgano administrativo de la correspondiente Administración autonómica y tiene la naturaleza de registro administrativo. Pero en cambio, no es un registro público como lo son el Registro Civil, el Registro de la Propiedad o el Registro Mercantil, que son de titularidad estatal, en tanto que su publicidad está restringida a las personas interesadas, sus herederos o cuando medie una orden judicial, a diferencia de los mencionados Registros públicos estatales que, salvo los casos expresamente restringidos en la normativa que los regula, sí son públicos.

Si necesita probar ante el Cuerpo Nacional de Policía que está insrito en un Registro autonómico de Parejas Estables, debe tener consigo la certificación actualizada.

Un cordial saludo.
16/08/2020 09:50
Condedecartagena
Muchas gracias por su ayuda. Mi pareja va a venir a España para reunirse conmigo. Estamos inscritos en un registro de Colombia pero parece que con eso el consulado español le permite venir en el vuelo humanitario. Podría decirme si, al entrar en España, le pueden pedir medios económicos para el tiempo que vaya a estar aquí, como le pedirían a un turista?
18/08/2020 17:32
Rafadesantander
Hola:

1.- Si tiene su pasaporte en vigor y además ya tiene la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, tiene derecho a entrar en España, sin problema.

2.- Si no tiene la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, pero es de nacionalidad colombiana, no necesita visado para ingresar en España, solo el pasaporte en vigor y preferiblemente con una validez de al menos 6 meses. En este caso, como se trata de una turista, debe cumplir con los requisitos exigibles a cualquier extranjero extracomunitario que solicite ser admitido como turista y entre ellos están los medios económicos (95 euros por día).

3.- Si además tiene pruebas documentales de ser su pareja estable, formalizada de acuerdo con la legislación vigente en el país del cual procede (donde usted ya debe haber estado antes y haber convivido con ella allí) y viene a reunirse con usted, entonces no le es exigible la prueba de disponer de medios económicos, porque está bajo el ámbito de cobertura del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, que regula el régimen comunitario y debe ser tratada como familiar extracomunitaria de un ciudadano de la Unión residente en España con quien viene a reunirse.

Los documentos extranjeros deben traer la Apostilla de La Haya. Si no la tienen, no podrán producir efectos en España.

Un cordial saludo.
21/08/2020 14:39
Muchísimas gracias por su ayuda y por su generosidad.
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Acceso de migración a datos del registro de parejas.
12/08/2020 16:59
Hola. Podrían decirme si la policía de migración del aeropuerto de Madrid tiene acceso a los datos de los registros de parejas de hecho para comprobar si continua inscrita una pareja? Gracias.
12/08/2020 23:50
Rafadesantander
Hola :

El Registro de Parejas Estables o de Parejas de Hecho está a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma. No son Registros de titularidad estatal, sino autonómica. Su publicidad está restringida a los interesados o sus herederos en caso de que hubieran fallecido y así lo acrediten y cuando lo ordene un juez. Fuera de esos casos, no pueden expedir certificaciones, porque se trata de asientos protegidos por la Ley de Protección de Datos.

El Cuerpo Nacional de Policía tiene acceso a los datos que constan en bases de datos de la Administración General del Estado y al Sistema de Información Schengen ( compartido con los demás Estados parte del espacio de Schengen) y también al Padrón Municipal de Habitantes de todos los ayuntamientos de España, por estar expresamente facultado por ley para hacerlo. Pero no puede acceder a bases de datos y Registros que son de titularidad autonómica si no tiene habilitación legal para hacerlo, lo cual es bastante difícil porque implicaría entrar en bases de datos a las que la propia normativa autonómica tiene limitado el acceso solo a las personas interesadas y sus herederos. Si los interesados o sus herederos no las piden, solo podrán expedirse si un juez lo ordena. Y además, comportaría invasión de competencias autonómicas.

El Registro de Parejas Estables, a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma es público en tanto que es de titularidad pública : ha sido creado por acto de poder público y está a cargo de un órgano administrativo de la correspondiente Administración autonómica y tiene la naturaleza de registro administrativo. Pero en cambio, no es un registro público como lo son el Registro Civil, el Registro de la Propiedad o el Registro Mercantil, que son de titularidad estatal, en tanto que su publicidad está restringida a las personas interesadas, sus herederos o cuando medie una orden judicial, a diferencia de los mencionados Registros públicos estatales que, salvo los casos expresamente restringidos en la normativa que los regula, sí son públicos.

Si necesita probar ante el Cuerpo Nacional de Policía que está insrito en un Registro autonómico de Parejas Estables, debe tener consigo la certificación actualizada.

Un cordial saludo.
12/08/2020 23:52
Rafadesantander
Hola :

El Registro de Parejas Estables o de Parejas de Hecho está a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma. No son Registros de titularidad estatal, sino autonómica. Su publicidad está restringida a los interesados o sus herederos en caso de que hubieran fallecido y así lo acrediten y cuando lo ordene un juez. Fuera de esos casos, no pueden expedir certificaciones, porque se trata de asientos protegidos por la Ley de Protección de Datos.

El Cuerpo Nacional de Policía tiene acceso a los datos que constan en bases de datos de la Administración General del Estado y al Sistema de Información Schengen ( compartido con los demás Estados parte del espacio de Schengen) y también al Padrón Municipal de Habitantes de todos los ayuntamientos de España, por estar expresamente facultado por ley para hacerlo. Pero no puede acceder a bases de datos y Registros que son de titularidad autonómica si no tiene habilitación legal para hacerlo, lo cual es bastante difícil porque implicaría entrar en bases de datos a las que la propia normativa autonómica tiene limitado el acceso solo a las personas interesadas y sus herederos. Si los interesados o sus herederos no las piden, solo podrán expedirse si un juez lo ordena. Y además, comportaría invasión de competencias autonómicas.

El Registro de Parejas Estables, a cargo de cada comunidad autónoma o ciudad autónoma es público en tanto que es de titularidad pública : ha sido creado por acto de poder público y está a cargo de un órgano administrativo de la correspondiente Administración autonómica y tiene la naturaleza de registro administrativo. Pero en cambio, no es un registro público como lo son el Registro Civil, el Registro de la Propiedad o el Registro Mercantil, que son de titularidad estatal, en tanto que su publicidad está restringida a las personas interesadas, sus herederos o cuando medie una orden judicial, a diferencia de los mencionados Registros públicos estatales que, salvo los casos expresamente restringidos en la normativa que los regula, sí son públicos.

Si necesita probar ante el Cuerpo Nacional de Policía que está insrito en un Registro autonómico de Parejas Estables, debe tener consigo la certificación actualizada.

Un cordial saludo.
16/08/2020 09:50
Condedecartagena
Muchas gracias por su ayuda. Mi pareja va a venir a España para reunirse conmigo. Estamos inscritos en un registro de Colombia pero parece que con eso el consulado español le permite venir en el vuelo humanitario. Podría decirme si, al entrar en España, le pueden pedir medios económicos para el tiempo que vaya a estar aquí, como le pedirían a un turista?
18/08/2020 17:32
Rafadesantander
Hola:

1.- Si tiene su pasaporte en vigor y además ya tiene la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, tiene derecho a entrar en España, sin problema.

2.- Si no tiene la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, pero es de nacionalidad colombiana, no necesita visado para ingresar en España, solo el pasaporte en vigor y preferiblemente con una validez de al menos 6 meses. En este caso, como se trata de una turista, debe cumplir con los requisitos exigibles a cualquier extranjero extracomunitario que solicite ser admitido como turista y entre ellos están los medios económicos (95 euros por día).

3.- Si además tiene pruebas documentales de ser su pareja estable, formalizada de acuerdo con la legislación vigente en el país del cual procede (donde usted ya debe haber estado antes y haber convivido con ella allí) y viene a reunirse con usted, entonces no le es exigible la prueba de disponer de medios económicos, porque está bajo el ámbito de cobertura del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, que regula el régimen comunitario y debe ser tratada como familiar extracomunitaria de un ciudadano de la Unión residente en España con quien viene a reunirse.

Los documentos extranjeros deben traer la Apostilla de La Haya. Si no la tienen, no podrán producir efectos en España.

Un cordial saludo.
21/08/2020 14:39
Muchísimas gracias por su ayuda y por su generosidad.