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Accidente con 0.39 en aire expirado.

15 Comentarios
 
Accidente con 0.39 en aire expirado.
21/10/2013 12:01
Muy buenas a todos y gracias de antemano.

El pasado 04/10/2013 impacte contra el vehículo que estaba delante y este a su vez impacto contra otro, no hubo lesiones ni vino ambulancia ni similares, el accidente sucedió a unos 30km por hora pero al soplar di 0.39. Me pusieron una multa de 500 euros y 4 puntos, no me citaron para ningún juicio rápido ni similares. El agente me informo que al ser una tasa baja y no observar signos evidentes de embriaguez no es un delito, A día de hoy me consta que el atestado no se ha enviado al juzgado. Lo que me advirtió el agente es que es muy probable que mi seguro repita contra mi. Es la primera vez que me meto en líos con la ley y espero que sea la ultima. Quisiera saber a que atenerme. ¿Es posible alguna acción mas contra mi que la sanción administrativa? ¿de ser así a que me enfrento? Yo di al vehículo y este impacto contra un tercero, ¿Responderé por los dos? (Estábamos en un atasco). La póliza del seguro que esta en mi poder no está firmada ni por mi (Asegurado) ni por mi padre (el tomador). Si finalmente tengo que pagar los daños, ¿me darán facilidades de pago?

Estoy realmente arrepentido y deprimido después de este accidente soy muy consciente de que en el fondo he tenido suerte al no haber heridos graves o peores. Tengo muy claro que en lo sucesivo no volveré a beber ni gota y coger un vehículo. Gracias a todos.
21/10/2013 12:29
No se va a iniciar ninguna acción penal contra tí, pero el seguro te reclamará lo que haya tenido que pagar, suelen dar facilidades, si lo negocias con ellos.

Un saludo.
21/10/2013 12:32
Eso de que no hubo lesiones... dales un poco de tiempo y verás.
21/10/2013 20:13
Gracias por la inmediatez, Si me imagino que a alguien le podrá doler el cuello, no obstante ¿sigo sin preocuparme penalmente? ¿Tendré que pagar por los dos vehículos o solo por el vehículo delante? ¿Cuánto suele tardar la aseguradora en comunicar que repite? ¿Influye en algo el hecho de que mi póliza este sin firmar? ¿Hay algún caso en el que el seguro decida no repetir?

Gracias a todos de corazón. Y espero que mi caso sirva de ejemplo para que otros no se tengan que ver en mi situación o peores.
21/10/2013 20:23
Voy a matizar. Acción penal por la conducción, no vas a tener. Puede ser que alguno de los que le duele el cuello decida reclamar esta lesión, y ahí si puede que presente denuncia ante el Juzgado para que se incoe juicio de faltas, pero en este caso lo que se busca es la indemnización que pagará tu aseguradora.

No pasa nada porque la póliza esté sin firmar, y hay veces que la compañía luego no repite contra el asegurado (no hay un criterio objetivo).

www.pg-abogados.es
21/10/2013 20:32
Sí no es mucha indiscreción cuanto bebiste para dar el 0 39?
21/10/2013 21:05
De todas formas es rarísimo, porque lo normal es que habiendo alcoholemia positiva, aunque sea tasa administrativa, cuando además hay un accidente con responsabilidad, se instruya atestado por un delito del 379.2.
21/10/2013 21:28
Y para ello deberian de haberme citado o dado algun tipo de notificación? Si a dia de hoy no he recibido nada puedo estar tranquilo en ese sentido?
21/10/2013 21:48
Te deberían haber informado. En estos casos no hay juicio rápido porque hay que cuantificar los daños, pero si dices que el agente te dijo lo que te dijo...
25/10/2013 21:38
De momento sigo sin ninguna noticia. Os iré informando.

Muchas gracias.
26/10/2013 06:37
Jolin leo por Internet y me da un miedo...
Segun la información Reflejada arriba:

¿Podría perderer carnet?

¿me olvido de lo penal?

¿tenrre que ir a algún tipo de juicio?

Perdona r que sea tan pesado pero esque después de releer casos... creo que he tenido mucha suerte de que los agentes no me imputaran un delito contra la seguridad del tráfico y de no haber hecho daño (a priori) a nadie.

Y amigos en caso de pagar ¿soy responsable de los dos vehículos o solo del que me precede?


26/10/2013 11:08
De momento lo único que tienes seguro es la multa, espera a tener noticias.
26/10/2013 18:06
Kapitan a tu pregunta sino m confundo creo q en caso de accidente se considera delito si el q lo ha cometido da una tasa de 0,40 o superior. Se baja del 0,60 a esa tasa
27/10/2013 03:33
Osea que me e librado por una décima. (0.39).?
30/05/2014 05:40
Buenos días.

Sigo sin recibir noticia por parte de la asegutadora,¿ Qué opinión os merece?

No he tenido ningún tipo de juicio, ¿ Creéis que la aseguradora repetirá contra mi?

Gracias .
29/09/2014 09:17
Buenos días,

... No tengo noticias, el pago del seguro anual me llego y me subió bastante.

Mi duda es, ¿Si no he sido condenado por un delito contra la seguridad del tráfico puedo ser condenado más adelante?

Al no haber sido condenado por un Juez el Seguro puede repetir contra mi.

Cuando puedo dejar de preocuparme por la posible repetición del seguro. No tengo un duro.

Muchas gracias por ayudarme, solo os tengo a vosotros.