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accidente de tráfico (atropello) y pensión provisional

1 Comentarios
 
Accidente de tráfico (atropello) y pensión provisional
18/05/2006 13:03
¿en que supuestos conceden los juzgados una pensión provisional a favor de peatón atropellado? Quisiera saber si es necesaria:
- una cierta gravedad en sus lesiones
- o si es necesario que quede claro en el atestado la culpabilidad en la causación del accidente del conductor de la motocicleta, puesto que a la víctima se le puso el semaforo en rojo cuando iba justo a la mitad de un paso de cebra regulado por semáforos, siguió avanzando y fue atropellada.
18/05/2006 16:06
Que yo sepa, los juzgados no conceden ninguna pensión provisional a nadie. Lo que hacen es juzgar unos hechos y dictar la correspondiente sentencia.

Lo que quizás has oido es que antes de juicio, las compañías pueden consignar lo que ellas creen que el lesionado debe recibir como indemnización. Ello lo hacen para evitar el pago de los intereses sobre esa cantidad consignada. Y que los lesionados piden que dicha cantidad se les entregue a cuenta del principal que pueda resultar una vez se deduzca la culpabilidad del denunciado y su cia de seguros.

El atestado no prejuzga nada. Lo que si que está claro es que si dicho atestado evidencia una culpabilidad más o menos clara hacia alguien, la compañía de ese alguien procede a consignar por lo expuesto y antes del juicio, pues sabe que tiene mas posibilidades de ser condenada con un atestado no demasiado favorable hacia ella y su cliente.

Si después no se declara culpable a su cliente, quien ha recibido el dinero consignado por dicha cía debe devolverlo.
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Accidente de tráfico (atropello) y pensión provisional
18/05/2006 13:03
¿en que supuestos conceden los juzgados una pensión provisional a favor de peatón atropellado? Quisiera saber si es necesaria:
- una cierta gravedad en sus lesiones
- o si es necesario que quede claro en el atestado la culpabilidad en la causación del accidente del conductor de la motocicleta, puesto que a la víctima se le puso el semaforo en rojo cuando iba justo a la mitad de un paso de cebra regulado por semáforos, siguió avanzando y fue atropellada.
18/05/2006 16:06
Que yo sepa, los juzgados no conceden ninguna pensión provisional a nadie. Lo que hacen es juzgar unos hechos y dictar la correspondiente sentencia.

Lo que quizás has oido es que antes de juicio, las compañías pueden consignar lo que ellas creen que el lesionado debe recibir como indemnización. Ello lo hacen para evitar el pago de los intereses sobre esa cantidad consignada. Y que los lesionados piden que dicha cantidad se les entregue a cuenta del principal que pueda resultar una vez se deduzca la culpabilidad del denunciado y su cia de seguros.

El atestado no prejuzga nada. Lo que si que está claro es que si dicho atestado evidencia una culpabilidad más o menos clara hacia alguien, la compañía de ese alguien procede a consignar por lo expuesto y antes del juicio, pues sabe que tiene mas posibilidades de ser condenada con un atestado no demasiado favorable hacia ella y su cliente.

Si después no se declara culpable a su cliente, quien ha recibido el dinero consignado por dicha cía debe devolverlo.