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accidente

5 Comentarios
 
08/10/2006 17:27
Si me molestase lo que usted comenta ni siquiera me hubiese preocupado en responderle.

Suerte.
08/10/2006 11:42
Agradezco el interés mostrado por su parte y espero no haberle molestado. Muchas gracias y saludos.
No obstante le informaré del resultado.. nuevamente gracias.
08/10/2006 11:33
Ni un servidor ni ningún foro pueden resolverle todas las dudas. Aquí solo se orienta. Pero el mejor asesoramiento que puede usted tener es de su abogado, que es quien conoce los pormenores del asunto.

Por otro lado, creo que en el anterior hilo ya le respondí a la misma duda que ahora usted vuelve a plantear. No obstante, le vuelvo a decir que usted nada podrá reclamar contra aquella aseguradora de la cual perciba indemnizacion y firme finiquito. Porque si muestra su conformidad a lo que le pagan, no puede volver a reclamar dos veces por lo mismo. Y que le traslada su derecho a dicha aseguradora a reclamar contra terceros o aseguradoras que tengan que ver con el accidente que origina su reclamación.

Y para el caso de que tenga usted otras polizas con aseguradoras de su elección, ya le indiqué que puede ser compatible dicho riesgo cubierto por dichas aseguradoras con la presente indemnización. Y que lo que debe usted hacer es leerse las pólizas que tiene contratadas con dichas aseguradoras.

Si no le ha planteado su duda a su abogado hágalo, que para eso está.

como no manejo demasiado bien estos foros, en lugar de continuar con el que empecé, abrí uno nuevo. Soy la misma persona que abrió el tema de la duda que tengo sobre si firmar o no el finiquito que me ofrece la aseguradora de la entidad pública en la que sufrí la caída. Siento el lío que he causado. De las respuestas que amablemente me proporciona,Defensor del Letrado, deduzco que si firmo el finiquito que me ofrece la aseguradora , no puedo intentar cobrar por esta caída (en concepto de secuelas )de otros seguros que tengo( un seguro privado mío y otro de mi empresa ) y, aparte, tampoco podría intentar cobrar casi el año que he estado de baja laboral . El forense en ningún caso ha actuado porque no ha habido Vía Penal, pensaba reclamarlo por la vía Civil.
Por tu respuesta de aqui arriba, entinedo que si firmo el finiquito :
"Si ya le pagaron dichos conceptos, seguramente firmó usted un finiquito comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar por ningún concepto a consecuencia del accidente, por lo que lo tendría usted difícil. "
¿cómo no me avisa de ésto mi abogada, me planta la carta de la aseguradora para que firme si sabe q quiero ir contra la Entidad por la vía civil para reclamarle mis días de baja?.....

siento ser tan pesado, pero estoy lleno de dudas,
muchas gracias,

08/10/2006 09:20
Es muy extraño que no le abonaran los días de baja y sí las secuelas y gastos médicos y más extraño aún que usted no los solicitara en su momento.

Si ya le pagaron dichos conceptos, seguramente firmó usted un finiquito comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar por ningún concepto a consecuencia del accidente, por lo que lo tendría usted difícil.

Por supuesto, le hubiese correspondido ser indemnizado por una serie de conceptos:

1.- Daños materiales: (por ejemplo ropa, casco, tel. móvil, reloj, etc....) producidos a consecuencia del accidente.

2.- Daños personales: Días de baja hospitalarios, impeditivos, no impeditivos, secuelas y factor de corrección correspondiente si procedía.

3.- gastos médicos.

Los días de baja se calculan aplicando el baremo de tráfico, que se actualiza anualmente y multiplicando el valor por día reconocido por el baremo a la cantidad de días reconocidos por los informes médicos ( en especial, del forense). Cada tipo de día ( hospitalario, impeditivo y no impeditivo) tiene un valor distinto.

Como dato orientativo, sepa que, actualmente y baremo del 2006 en la mano, los días se pagan de la siguiente manera:

hospitalario: 60, 34 euros
impeditivo: 49,03 euros
No impeditivo: 26,40.

Si no ha firmado usted ningún finiquito y lo que usted ha percibido es a cuenta del principal m,ediante consignación en el juzgado, póngase en manos de un abogado para que le acabe de mirar el asunto. Si firmó finiquito, puede irse olvidando de reclamar nada.

Un saludo.
Accidente
07/10/2006 18:48
hola, hace mses, tuve un accidente y como consecuencia de éste permanecí de baja laboral casi un año. La aseguradora me abonó las secuelas y gastos médicos, pero no los días q permanecí de baja.
1º me corresponde indemnización por estos meses de baja.?
2º- podrías decirme cómo se valora esos días de baja y a q cantidad?. Gracias.
accidente | PorticoLegal
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08/10/2006 17:27
Si me molestase lo que usted comenta ni siquiera me hubiese preocupado en responderle.

Suerte.
08/10/2006 11:42
Agradezco el interés mostrado por su parte y espero no haberle molestado. Muchas gracias y saludos.
No obstante le informaré del resultado.. nuevamente gracias.
08/10/2006 11:33
Ni un servidor ni ningún foro pueden resolverle todas las dudas. Aquí solo se orienta. Pero el mejor asesoramiento que puede usted tener es de su abogado, que es quien conoce los pormenores del asunto.

Por otro lado, creo que en el anterior hilo ya le respondí a la misma duda que ahora usted vuelve a plantear. No obstante, le vuelvo a decir que usted nada podrá reclamar contra aquella aseguradora de la cual perciba indemnizacion y firme finiquito. Porque si muestra su conformidad a lo que le pagan, no puede volver a reclamar dos veces por lo mismo. Y que le traslada su derecho a dicha aseguradora a reclamar contra terceros o aseguradoras que tengan que ver con el accidente que origina su reclamación.

Y para el caso de que tenga usted otras polizas con aseguradoras de su elección, ya le indiqué que puede ser compatible dicho riesgo cubierto por dichas aseguradoras con la presente indemnización. Y que lo que debe usted hacer es leerse las pólizas que tiene contratadas con dichas aseguradoras.

Si no le ha planteado su duda a su abogado hágalo, que para eso está.

como no manejo demasiado bien estos foros, en lugar de continuar con el que empecé, abrí uno nuevo. Soy la misma persona que abrió el tema de la duda que tengo sobre si firmar o no el finiquito que me ofrece la aseguradora de la entidad pública en la que sufrí la caída. Siento el lío que he causado. De las respuestas que amablemente me proporciona,Defensor del Letrado, deduzco que si firmo el finiquito que me ofrece la aseguradora , no puedo intentar cobrar por esta caída (en concepto de secuelas )de otros seguros que tengo( un seguro privado mío y otro de mi empresa ) y, aparte, tampoco podría intentar cobrar casi el año que he estado de baja laboral . El forense en ningún caso ha actuado porque no ha habido Vía Penal, pensaba reclamarlo por la vía Civil.
Por tu respuesta de aqui arriba, entinedo que si firmo el finiquito :
"Si ya le pagaron dichos conceptos, seguramente firmó usted un finiquito comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar por ningún concepto a consecuencia del accidente, por lo que lo tendría usted difícil. "
¿cómo no me avisa de ésto mi abogada, me planta la carta de la aseguradora para que firme si sabe q quiero ir contra la Entidad por la vía civil para reclamarle mis días de baja?.....

siento ser tan pesado, pero estoy lleno de dudas,
muchas gracias,

08/10/2006 09:20
Es muy extraño que no le abonaran los días de baja y sí las secuelas y gastos médicos y más extraño aún que usted no los solicitara en su momento.

Si ya le pagaron dichos conceptos, seguramente firmó usted un finiquito comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar por ningún concepto a consecuencia del accidente, por lo que lo tendría usted difícil.

Por supuesto, le hubiese correspondido ser indemnizado por una serie de conceptos:

1.- Daños materiales: (por ejemplo ropa, casco, tel. móvil, reloj, etc....) producidos a consecuencia del accidente.

2.- Daños personales: Días de baja hospitalarios, impeditivos, no impeditivos, secuelas y factor de corrección correspondiente si procedía.

3.- gastos médicos.

Los días de baja se calculan aplicando el baremo de tráfico, que se actualiza anualmente y multiplicando el valor por día reconocido por el baremo a la cantidad de días reconocidos por los informes médicos ( en especial, del forense). Cada tipo de día ( hospitalario, impeditivo y no impeditivo) tiene un valor distinto.

Como dato orientativo, sepa que, actualmente y baremo del 2006 en la mano, los días se pagan de la siguiente manera:

hospitalario: 60, 34 euros
impeditivo: 49,03 euros
No impeditivo: 26,40.

Si no ha firmado usted ningún finiquito y lo que usted ha percibido es a cuenta del principal m,ediante consignación en el juzgado, póngase en manos de un abogado para que le acabe de mirar el asunto. Si firmó finiquito, puede irse olvidando de reclamar nada.

Un saludo.
Accidente
07/10/2006 18:48
hola, hace mses, tuve un accidente y como consecuencia de éste permanecí de baja laboral casi un año. La aseguradora me abonó las secuelas y gastos médicos, pero no los días q permanecí de baja.
1º me corresponde indemnización por estos meses de baja.?
2º- podrías decirme cómo se valora esos días de baja y a q cantidad?. Gracias.