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Acogerme a la nueva ley de divorcio sin tener que pasar por un período de separación

3 Comentarios
 
Acogerme a la nueva ley de divorcio sin tener que pasar por un período de separación
17/12/2004 07:13
buenas, mi pregunta es muy sencilla, mi ex y yo hemos iniciado nuestra separación sin llegar a un acuerdo por lo que habrá un juicio, este se celebrará en el 2005 y me preguntaba si ya me puedo acoger a la nueva ley del divorcio y no tener que pasar por un periodo de separación. Es cecir, puedo divorciarme directamente?. Muchas gracias
17/12/2004 08:12
No
17/12/2004 08:47
Rodín, perdona ¿Prodrías explicarme un poco más tu respuesta? Con el Por que me conformo. gracias
17/12/2004 10:24
Vanessa, Los cónyuges que hayan presentado demanda de
separación matrimonial y aún no hayan obtenido resolución
judicial firme con anterioridad a la vigencia de
esta Ley, podrán comunicar al Juzgado su voluntad de
acogerse a lo previsto en la presente Ley, en el plazo
de un mes desde la fecha de entrada en vigor de la
misma.

Asi lo preceptua la disposicion transitoria unica de la reforma de modificacion del Codigo civil en materia de separacion y divorcio.

un saludo

Acogerme a la nueva ley de divorcio sin tener que pasar por un período de separación | PorticoLegal
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Acogerme a la nueva ley de divorcio sin tener que pasar por un período de separación

3 Comentarios
 
Acogerme a la nueva ley de divorcio sin tener que pasar por un período de separación
17/12/2004 07:13
buenas, mi pregunta es muy sencilla, mi ex y yo hemos iniciado nuestra separación sin llegar a un acuerdo por lo que habrá un juicio, este se celebrará en el 2005 y me preguntaba si ya me puedo acoger a la nueva ley del divorcio y no tener que pasar por un periodo de separación. Es cecir, puedo divorciarme directamente?. Muchas gracias
17/12/2004 08:12
No
17/12/2004 08:47
Rodín, perdona ¿Prodrías explicarme un poco más tu respuesta? Con el Por que me conformo. gracias
17/12/2004 10:24
Vanessa, Los cónyuges que hayan presentado demanda de
separación matrimonial y aún no hayan obtenido resolución
judicial firme con anterioridad a la vigencia de
esta Ley, podrán comunicar al Juzgado su voluntad de
acogerse a lo previsto en la presente Ley, en el plazo
de un mes desde la fecha de entrada en vigor de la
misma.

Asi lo preceptua la disposicion transitoria unica de la reforma de modificacion del Codigo civil en materia de separacion y divorcio.

un saludo