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Acogida permanente de mi sobrina

3 Comentarios
 
Acogida permanente de mi sobrina
10/09/2016 11:34
hola. hace unos 3 años acogimos yo y mi pareja a mi sobrina por no poder tenerla mi hermana. resulta que despues de 3 años la sicologa que nos hacia el seguimiento propone el cese del acogimiento por que dice que mi sibrina no nos tiene afecto. decir que en 3 años no han tenido ningun contacto con la niña, solo nos citaban ami y mi pareja. tengo que decir que de el seguimiento que nos han hecho, solo tenemos en contra ala sicologa y los informes del colegio son favorables, desde que tenemos a mi sobrina cada año ha hido mejorando en los estudios y su conportamiento. el fin de todo esto es que quieren meterla en un colegio interno y separarla de nosotros y no avido ningun motivo contundente para que cumplan el cese del acogimiento. en el informe desfavorable ponen que no nos tiene afecto , siendo mentira . mi sobrina tiene 8 años y lo que la niña espera es volver con su madre por eso la confusion de los servicios sociales interpretan que no a cogido vinculo con migo que soi su tio y con mi pareja. estamos desesperados a final de este mes quieneren que firmemos el cese del acogimiento y la niña acabara en un centro, hay alguna via legal para detener el cese . muchas gracias informarme por favor. decir que podemos demostrar que la niña ha hido mejorando con el tiempo estando con nosotros.
10/09/2016 12:15
Eduardocortes
Hola,

Para darle una respuesta a su caso concreto, quisiera conocer ese informe. Dado que tiene carácter personal, le invito a que se ponga en contacto conmigo y mi equipo para tratar el asunto de forma confidencial. Le asesoraremos de forma totalmente gratuita indicándole todas las opciones posibles. Le adjunto mi ficha profesional donde encontrará mis datos de contacto así como nuestra página web. Ruego nos envie un email y nos pondremos a trabajar en su caso.

https://porticolegal.expansion.com/abogados/derecho-civil-general-alicante-espa-a-27996.html


Saludos.

Asesora Jurídica, Alicante.
11/09/2016 12:03
Eduardocortes
Normálmente el cese de un acogimiento debe plasmarse en una Resolución dictada por el Ente administrativo correspondiente, que deberá notificarse a los interesados. En dicha resolución además de indicar los motivos y la normativa aplicable al supuesto, deberán indicarse los recursos que el interesado puede presentar si entiende que la misma no es ajustada a derecho. (Recursos que Ud deberá utilizar en su momento).
15/11/2019 22:36
Eduardocortes
hola buena queria saver ques documento da un abogado cuando acoje atu sobrino kees loque tepone tiene que esta seyado porel ono desirme algo xf gracias