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Acometida de Luz

56 Comentarios
Viendo 41 - 56 de 56 comentarios
24/04/2013 09:18
PGR22, no entiendo el significado de tu comentario.
17/07/2013 14:25
Hola,
Me está pasando algo similar. Tengo mi casa finalizada en un pueblo de Cuenca. Ya tengo la licencia de primera ocupación.

El constructor me dejó hecha la acometida habitual, que es monofásica, y el técnico de Iberdrola ha dicho que no es válida. Tiene que ser trifásica, y aunque en mi caso son sólo 30 metros, al haber un cruce hay que poner un poste por normativa.

Claro, lo tengo que pagar yo y además me han dicho claramente que si, que así lo dejan preparado para nuevos contratos a mi costa. Algo más de 2000 euros la broma.

Todo el mundo me dice que es lo que hay, pero me parece un abuso. De hecho me aseguran que es lo que está regulado.

¿Es correcto?
17/07/2013 15:04
Conozco un caso parecido de un amigo que se tuvo que pagar el poste que le costo 1800 euros para llevar los cables para hacer la acometida. Es lo que hay y algún futuro vecino se podría aprovechar del palo. Lo que no entiendo si tienes acometida monofásica tendras poste ya, lo único que te debería bajar son dos cables mas de fase y ya tendrías la trifásica.
Saludos
17/07/2013 18:03
No, no... El poste sólo es necesario en mi caso porque la trifásica tiene que estar a 6 metros de altura. La monofásica puede ir por la fachada (son viviendas de una planta).
17/07/2013 22:44
Vale ya lo pillo. Me parece entonces que tendras que pagarlo si quieres electricidad. Es lamentable que te lo hagan pagar, pero hacen lo que quieren con nosotros.
Saludos y suerte.
30/12/2013 21:27
Buenas, veo que no soy la única víctima de las eléctricas. Mi caso es un poco peculiar por eso al leer los anteriores no se muy bien a que atenerme, os cuento. Yo adquiero una casa en febrero de 2013 (casa antigua con 57 años) resulta que esta casa recivía los servicios eléctricos de una empresa que estaba en el terreno aledaño y cuyos propietarios eran propietarios de la casa.
Al marcharse la empresa derrumban el inmueble de la empresa y realizan una segregación para vender la casa, casa que compro yo, por supuesto en terreno urbanizable consolidado. Pero me encuentro sin acometida eléctrica, no así de otros servicios como agua, saneamiento ,etc que si que recibo del Ayto. Ante esta situación se lo espongo al Ayto y me dicen que claro no me podrian dar la condición de solar al no tener suministro eléctrico. Pero al leer el foro me he dado cuenta que supuestamente tendre licencia de primera ocupación de hace ya muchos años.
¿Esto me daría derecho para requerir a Iberdola que tiren la acometida hasta mi casa? ¿ veis alguna posible solución? Muchas gracias de antemano y saludos.
30/12/2013 22:01
Hola Anko. Tu caso es idéntico al mío. La solución es... pagar si quieres electricidad. Eso si, si como en mi caso necesitas poste, que es lo que encarece NUNCA lo contrates con Iberdrola. Se lo encargarán a una empresa autorizada de la zona y te inflarán el precio. Como mínimo un 20% que es lo que Iberdrola se embolsa. Yo lo contraté con la empresa que contrata Iberdrola en mi zona y me ahorré una buena cantidad de dinero. De los 2000 que me pedían se quedo en unos 1200.
30/12/2013 22:12
Pues no, poste no, pero caro ya es el presupuesto que me pasa Iberdola por la zanja (normalizada, con tubos y arquetas, etc. Unos 100m). Ya que no me dejan conectar al punto de conexión situado en la fachada del vecino porque alegan que es una red aérea a extinguir (que no van a extinguir hasta que no haga yo la zanja y aprovechen ellos para poner al vecino).
31/12/2013 00:38
Es correcto. Así es y así lo debes hacer. Tú pagas las infraestructuras y ellos las usan para otros vecinos. En realidad tú pagas y luego se lo cedes a Iberdrola. Tendrás que firmar la cesión. En mi caso fue un poste, no te quejes que a ti te quedará más bonito ;)

Es más, aunque se lo cedas, eres el responsable civil de la infraestructura. En tu caso no sé qué podría pasar, pero en el mío por ej. sii se cae el poste de hormigón y provoca daños materiales y/o personales yo soy el responsable.

En fin, que tienes que pasar por el aro. ¿A qué están bien hechas las leyes para las eléctricas? Se cómo te debes sentir porque yo pasé por ello hace 6 meses.

Antes no era así. Creo que cambiaron las normativa en enero de este año (2013).

Recuerda: no les contrates a ellos la obra.
01/01/2014 11:55
Muchas gracias Piru73 por tu aportación, a ver si alga o franciscocordon que comentaron en el hilo lo de la licencia de primera ocupación (y parece que controlan mas que yo de este tema) me pueden aportar un poco de claridad.
Ya que no me parece de recibo que un inmueble que lleva construido 57años (y habitado) con su licencia de primera ocupación y pagando sus impuestos tenga que costearse una acometida desde la otra punta del barrio.
Saludos.
01/01/2014 12:50
He leido por casualidad el problema que tienes Anko.

Cincuenta y sietes años son muchos años y sin otra información que la que aportas poco puede decirse.

Se me ocurre que el suministro de electricidad pudo contratarlo la empresa para su actividad y para la vivienda en tanto que estaba diréctamente vinculada a ella, ente esta posibilidad, pudo ocurrir que desde el momento que se canceló el contrato por cese de actividad de la empresa queda cancelado el suministro a la vivienda.

Otra posibilidad es que la vivienda hiciera uso del suministro contrado por la empresa desaparecida sin conocimiento de la empresa suministradora.

Disponer del suministro eléctrico a pie de solar es requisito esencial para que el ayuntamiento pueda conceder la licencia de primera ocupación y, como ya te han indicado en el propio ayuntamiento, la empresa suministradora no puede contratar el suministro hasta que la vivienda no tenga concedida la licencia de primera ocupación.

En todo caso, proveer de los servicios urbanísticos básicos a una parcela es a cuenta del interesado.
02/01/2014 21:23
Hola alga, es posible que no haya explicado bien el caso. La situación es como tu bien dices, la empresa y la casa estaban en la misma parcela urbanistica, la empresa contaba con acometida y de hay pasaba a la casa, todo legal y bajo conocimiento de la suministradora. LLegado el momento del cese de actividad de la empresa, se hace una segregación y quedan dos parcelas una, la del terreno donde antes se ubicaba la empresa y otra la de la casa. La casa cuenta con licencia de primera ocupación ya que contaba con todos los servicios. Al desaparecer la empresa la casa se queda sin servicio eléctrico. Y hay biene mi pregunta ¿Si la casa cuenta con licencia de primera ocupación, la compañia eléctrica esta obligada a proporcionarme acometida eléctrica? No se tienes suficientes datos si no es así, dime cual necesitas. Muchas gracias.
03/01/2014 12:35
Te has explicado y he comprendido bien lo que dices. Intento que me entiendas tu a mí.

El artículo 21 del Decreto de 17 junio de 1.955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales establece :

Estarán sujetas a previa licencia la primera utilización de los edificios y modificación objetiva del uso de los mismos, demolición de construcciones y demás actos que señalaren los planes. Es decir, esa licencia es un documento expedido por el ayuntamiento, no algo etéreo.

Si tienes ese documento en tu poder y la vivienda se encuentra en suelo urbano consolidado, la empresa suministradora no puede negarte la conexión pagándole los derechos que le correspondan.

Por el contrario, considerar que la licencia de primera ocupación es una consecuencia de la conexión existente a las antiguas instalaciones de la industria desaparecida, es una presunción, no un documento.
06/08/2014 10:52
Buenos días, me encuentro con un caso muy similar al vuestro: pueblo pequeño de albacete sin plan de ordenación (sujeto a normas provinciales); compañia Iberdrola; hecha la vivienda con todos los permisos, proyecto de ejecución, agua y saneamiento,....
Fase en que estamos 3ª carta (email) a Iberdrola adjuntanto escrito de Ayuntamiento de "vivienda nueva en suelo urbano consolidado".
¿Podría algún afectado comentar el final de su caso?
Muchas gracias,
05/12/2016 13:14
fjord
Buenos dias,
Resulta que tengo un solar urbano, estoy solicitando nuevo suministro para posterior pedir permiso de obras para construir un casa,
en este orden lo requiere el ayuntamiento.
La cuestión es que Endesa, la distribuidora después de meses me manda la propuesta económico técnica en la que yo tengo que
hacerme cargo de los costes y ascienden a varios miles de euros.
Hablan en el foro del RD. 1955/2000, carta de condiciones del punto de suministro… pero no se bien por donde tirar para desencallar
y que sea Endesa la que corra con los gastos pues así parece que lo dicta la ley.

Muchas gracias de antemano
29/12/2016 08:36
Release
hola tengo una duda.tengo una casita en el campo y he metido la luz de un transformador que esta hace mi vecino.mi vecino lo cedio a la compañia electrica,pero el me pide un dinero por haber enganchado¿.tiene derecho a cobrarme ese dinero ?el me dice que como el transformador esta en su tierra tiene derecho.gracias de ante mano por su respuesta.
29/12/2016 10:54
Casetate
La cuestión, que no se porqué motivo no explicas, es conocer si tienes autorización de la compañía eléctrica para conectarte a la red y si has satisfecho los derechos respectivos para poder hacerlo.
Acometida de Luz | PorticoLegal
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24/04/2013 09:18
PGR22, no entiendo el significado de tu comentario.
17/07/2013 14:25
Hola,
Me está pasando algo similar. Tengo mi casa finalizada en un pueblo de Cuenca. Ya tengo la licencia de primera ocupación.

El constructor me dejó hecha la acometida habitual, que es monofásica, y el técnico de Iberdrola ha dicho que no es válida. Tiene que ser trifásica, y aunque en mi caso son sólo 30 metros, al haber un cruce hay que poner un poste por normativa.

Claro, lo tengo que pagar yo y además me han dicho claramente que si, que así lo dejan preparado para nuevos contratos a mi costa. Algo más de 2000 euros la broma.

Todo el mundo me dice que es lo que hay, pero me parece un abuso. De hecho me aseguran que es lo que está regulado.

¿Es correcto?
17/07/2013 15:04
Conozco un caso parecido de un amigo que se tuvo que pagar el poste que le costo 1800 euros para llevar los cables para hacer la acometida. Es lo que hay y algún futuro vecino se podría aprovechar del palo. Lo que no entiendo si tienes acometida monofásica tendras poste ya, lo único que te debería bajar son dos cables mas de fase y ya tendrías la trifásica.
Saludos
17/07/2013 18:03
No, no... El poste sólo es necesario en mi caso porque la trifásica tiene que estar a 6 metros de altura. La monofásica puede ir por la fachada (son viviendas de una planta).
17/07/2013 22:44
Vale ya lo pillo. Me parece entonces que tendras que pagarlo si quieres electricidad. Es lamentable que te lo hagan pagar, pero hacen lo que quieren con nosotros.
Saludos y suerte.
30/12/2013 21:27
Buenas, veo que no soy la única víctima de las eléctricas. Mi caso es un poco peculiar por eso al leer los anteriores no se muy bien a que atenerme, os cuento. Yo adquiero una casa en febrero de 2013 (casa antigua con 57 años) resulta que esta casa recivía los servicios eléctricos de una empresa que estaba en el terreno aledaño y cuyos propietarios eran propietarios de la casa.
Al marcharse la empresa derrumban el inmueble de la empresa y realizan una segregación para vender la casa, casa que compro yo, por supuesto en terreno urbanizable consolidado. Pero me encuentro sin acometida eléctrica, no así de otros servicios como agua, saneamiento ,etc que si que recibo del Ayto. Ante esta situación se lo espongo al Ayto y me dicen que claro no me podrian dar la condición de solar al no tener suministro eléctrico. Pero al leer el foro me he dado cuenta que supuestamente tendre licencia de primera ocupación de hace ya muchos años.
¿Esto me daría derecho para requerir a Iberdola que tiren la acometida hasta mi casa? ¿ veis alguna posible solución? Muchas gracias de antemano y saludos.
30/12/2013 22:01
Hola Anko. Tu caso es idéntico al mío. La solución es... pagar si quieres electricidad. Eso si, si como en mi caso necesitas poste, que es lo que encarece NUNCA lo contrates con Iberdrola. Se lo encargarán a una empresa autorizada de la zona y te inflarán el precio. Como mínimo un 20% que es lo que Iberdrola se embolsa. Yo lo contraté con la empresa que contrata Iberdrola en mi zona y me ahorré una buena cantidad de dinero. De los 2000 que me pedían se quedo en unos 1200.
30/12/2013 22:12
Pues no, poste no, pero caro ya es el presupuesto que me pasa Iberdola por la zanja (normalizada, con tubos y arquetas, etc. Unos 100m). Ya que no me dejan conectar al punto de conexión situado en la fachada del vecino porque alegan que es una red aérea a extinguir (que no van a extinguir hasta que no haga yo la zanja y aprovechen ellos para poner al vecino).
31/12/2013 00:38
Es correcto. Así es y así lo debes hacer. Tú pagas las infraestructuras y ellos las usan para otros vecinos. En realidad tú pagas y luego se lo cedes a Iberdrola. Tendrás que firmar la cesión. En mi caso fue un poste, no te quejes que a ti te quedará más bonito ;)

Es más, aunque se lo cedas, eres el responsable civil de la infraestructura. En tu caso no sé qué podría pasar, pero en el mío por ej. sii se cae el poste de hormigón y provoca daños materiales y/o personales yo soy el responsable.

En fin, que tienes que pasar por el aro. ¿A qué están bien hechas las leyes para las eléctricas? Se cómo te debes sentir porque yo pasé por ello hace 6 meses.

Antes no era así. Creo que cambiaron las normativa en enero de este año (2013).

Recuerda: no les contrates a ellos la obra.
01/01/2014 11:55
Muchas gracias Piru73 por tu aportación, a ver si alga o franciscocordon que comentaron en el hilo lo de la licencia de primera ocupación (y parece que controlan mas que yo de este tema) me pueden aportar un poco de claridad.
Ya que no me parece de recibo que un inmueble que lleva construido 57años (y habitado) con su licencia de primera ocupación y pagando sus impuestos tenga que costearse una acometida desde la otra punta del barrio.
Saludos.
01/01/2014 12:50
He leido por casualidad el problema que tienes Anko.

Cincuenta y sietes años son muchos años y sin otra información que la que aportas poco puede decirse.

Se me ocurre que el suministro de electricidad pudo contratarlo la empresa para su actividad y para la vivienda en tanto que estaba diréctamente vinculada a ella, ente esta posibilidad, pudo ocurrir que desde el momento que se canceló el contrato por cese de actividad de la empresa queda cancelado el suministro a la vivienda.

Otra posibilidad es que la vivienda hiciera uso del suministro contrado por la empresa desaparecida sin conocimiento de la empresa suministradora.

Disponer del suministro eléctrico a pie de solar es requisito esencial para que el ayuntamiento pueda conceder la licencia de primera ocupación y, como ya te han indicado en el propio ayuntamiento, la empresa suministradora no puede contratar el suministro hasta que la vivienda no tenga concedida la licencia de primera ocupación.

En todo caso, proveer de los servicios urbanísticos básicos a una parcela es a cuenta del interesado.
02/01/2014 21:23
Hola alga, es posible que no haya explicado bien el caso. La situación es como tu bien dices, la empresa y la casa estaban en la misma parcela urbanistica, la empresa contaba con acometida y de hay pasaba a la casa, todo legal y bajo conocimiento de la suministradora. LLegado el momento del cese de actividad de la empresa, se hace una segregación y quedan dos parcelas una, la del terreno donde antes se ubicaba la empresa y otra la de la casa. La casa cuenta con licencia de primera ocupación ya que contaba con todos los servicios. Al desaparecer la empresa la casa se queda sin servicio eléctrico. Y hay biene mi pregunta ¿Si la casa cuenta con licencia de primera ocupación, la compañia eléctrica esta obligada a proporcionarme acometida eléctrica? No se tienes suficientes datos si no es así, dime cual necesitas. Muchas gracias.
03/01/2014 12:35
Te has explicado y he comprendido bien lo que dices. Intento que me entiendas tu a mí.

El artículo 21 del Decreto de 17 junio de 1.955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales establece :

Estarán sujetas a previa licencia la primera utilización de los edificios y modificación objetiva del uso de los mismos, demolición de construcciones y demás actos que señalaren los planes. Es decir, esa licencia es un documento expedido por el ayuntamiento, no algo etéreo.

Si tienes ese documento en tu poder y la vivienda se encuentra en suelo urbano consolidado, la empresa suministradora no puede negarte la conexión pagándole los derechos que le correspondan.

Por el contrario, considerar que la licencia de primera ocupación es una consecuencia de la conexión existente a las antiguas instalaciones de la industria desaparecida, es una presunción, no un documento.
06/08/2014 10:52
Buenos días, me encuentro con un caso muy similar al vuestro: pueblo pequeño de albacete sin plan de ordenación (sujeto a normas provinciales); compañia Iberdrola; hecha la vivienda con todos los permisos, proyecto de ejecución, agua y saneamiento,....
Fase en que estamos 3ª carta (email) a Iberdrola adjuntanto escrito de Ayuntamiento de "vivienda nueva en suelo urbano consolidado".
¿Podría algún afectado comentar el final de su caso?
Muchas gracias,
05/12/2016 13:14
fjord
Buenos dias,
Resulta que tengo un solar urbano, estoy solicitando nuevo suministro para posterior pedir permiso de obras para construir un casa,
en este orden lo requiere el ayuntamiento.
La cuestión es que Endesa, la distribuidora después de meses me manda la propuesta económico técnica en la que yo tengo que
hacerme cargo de los costes y ascienden a varios miles de euros.
Hablan en el foro del RD. 1955/2000, carta de condiciones del punto de suministro… pero no se bien por donde tirar para desencallar
y que sea Endesa la que corra con los gastos pues así parece que lo dicta la ley.

Muchas gracias de antemano
29/12/2016 08:36
Release
hola tengo una duda.tengo una casita en el campo y he metido la luz de un transformador que esta hace mi vecino.mi vecino lo cedio a la compañia electrica,pero el me pide un dinero por haber enganchado¿.tiene derecho a cobrarme ese dinero ?el me dice que como el transformador esta en su tierra tiene derecho.gracias de ante mano por su respuesta.
29/12/2016 10:54
Casetate
La cuestión, que no se porqué motivo no explicas, es conocer si tienes autorización de la compañía eléctrica para conectarte a la red y si has satisfecho los derechos respectivos para poder hacerlo.