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Acometida Luz!

7 Comentarios
 
acometida luz!
14/07/2013 11:54
Hola a todos!
Acudo a este foro haber si alguien me puede asesorar sobre el problema que tengo y que expongo a continuación con la mayor claridad posible:
Actualmente vivo en la vivienda de mis padres situada en una fila de viviendas unifamiliares de planta baja (mi casa está en el centro de la fila) que en la parte de delante se encuentran las viviendas y en la parte de atrás están las zonas de patio de cada una de estas viviendas. Esto se encuentra situado en un pueblo de la Región de Murcia. Como la zona de patio de mi casa es bastante amplia he decidido construirme una vivienda tipo dúplex en dicho patio, para lo cual solicité la segregación del terreno en el Ayuntamiento la cual se me concedió, y se me queda disponible para la construcción de la vivienda un solar de unos 81 m2, situado en Suelo Urbano Consolidado que da a una calle pavimentada con acera, farolas, servicio de teléfono y agua. Encargo el proyecto básico y de ejecución a un arquitecto y lo presento en el Ayuntamiento para obtener la correspondiente licencia de obras, hasta aquí todo bien.
Después de esto el Aparejador Municipal emite un informe en el que me solicita que aporte informe de las compañías suministradoras de agua y energía eléctrica. Hago las correspondientes solicitudes de suministro (agua y alcantarillado sin problema). Iberdrola, en cambio, me envía un informe en el que me indica que la entrega de energía se hará desde el Centro de Transformación más próximo (realizada por mí y a mi costa) a unos 500 metros de distancia. Esto supondría realizar un proyecto específico por un arquitecto y una obra de gran magnitud, lo que supondría un coste desproporcionado (tal vez superior a 30.000 euros) y desencadenaría en la inviabilidad de mi sueño que es tener mi propia vivienda. Todas las viviendas en la zona donde vivo tienen en la zona de delante todos los servicios (incluida la acometida de luz eléctrica) pero por encima de las mismas parece ser que está prohibido pasar la electricidad, por lo que atrás me quedo sin acometida para mi futura vivienda.
Tengo alguna posibilidad de alguna reclamación hacia el Ayuntamiento o hacia Iberdrola para que solucionen este problema sin que sea a cuenta de mi bolsillo como así lo desea Iberdrola.
Gracias a todos de antemano y espero encarecidamente vuestras respuestas.
14/07/2013 12:33
Lo primero que debes comprobar es que en la parte de atrás o patio pueda edificarse según prescrpción del PGOU.

Lo segundo, verificar que ese patio de a calle pública urbanizada con todos los servicios a pie de parcela, o por el contrario linda con suelo rústico a borde de suelo urbano.

Y lo tercero, en el supuesto de que el patio de a una calle urbanizada, asegurarte de que el propietario de ese suelo a sufragado los costes de urbanización y cedido el suelo necesario para ejecutar la calle.
14/07/2013 12:54
Hola alga, gracias por la rápida respuesta!
Este Ayuntamiento aún se rige por las NN.SS y sí en dicho suelo se puede edificar.

El patio da a Calle Pública urbanizada (Con el nombre de la calle en su correspondiente placa metálica al inicio de la calle) con todos los servicios a pie de parcela excepto energía eléctrica.

El tercer punto no te entiendo muy bien, ya que el propietario de esa calle es el Ayuntamiento.

14/07/2013 14:51
Empezaré por el final. Te ruego disculpes mi inatvertencia, leyendo aprisa no me he dado cuenta que el terreno es suelo urbano consolidado, con lo cual queda evidenciado que la cesión del suelo para la calle se produjo en su día.

Respecto a que rijan un PGOU o unas NNSS no modifica los derechos y obligaciones de los propietarios de suelo. Con toda seguridad la ley urbanística establece que para tener derecho a edificar un terreno se requiere que éste tenga la condición de solar.

Ello no obsta para que dicho derecho a construir en esa categoría de suelo pueda estar condicionado a que, simultáneamente a la edificación, el beneficiario de la licencia ejecute a sus expensas las obras de urbanización que falten para que el terreno alcance la condición de solar. Este extremo deberías comprobarlo de la propia licencia.

14/07/2013 15:11
Perfecto, esa era mi duda. De todas formas tratare de traer la luz de una zona mas cercana con el asesoramiento de un electricista de la zona para que no me cueste mas el entierro que la abuela, como se suele decir. Muy agradecido por tu ayuda y por la rapidez, un saludo!
24/03/2014 18:23
Hola a todos,
Tengo un terreno de 2.500 M2 en Zaragoza. El terreno esta partido en dos, con dos propietarios. Yo quiero registrar el pozo que hay que es de los dos. El vecino no firma los papeles para registrar lo. La confederacion requiere que firman los dos propietarios. Hay algo que puedo hacer?
24/03/2014 20:56
trata de convencerlo, porque la firma es casi lo único a lo que no se puede obligar ... aunque algunas veces las coacciones son insoportables
24/03/2014 21:00
Hemos tratado. No hay manera
Acometida Luz! | PorticoLegal
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14/07/2013 11:54
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Acudo a este foro haber si alguien me puede asesorar sobre el problema que tengo y que expongo a continuación con la mayor claridad posible:
Actualmente vivo en la vivienda de mis padres situada en una fila de viviendas unifamiliares de planta baja (mi casa está en el centro de la fila) que en la parte de delante se encuentran las viviendas y en la parte de atrás están las zonas de patio de cada una de estas viviendas. Esto se encuentra situado en un pueblo de la Región de Murcia. Como la zona de patio de mi casa es bastante amplia he decidido construirme una vivienda tipo dúplex en dicho patio, para lo cual solicité la segregación del terreno en el Ayuntamiento la cual se me concedió, y se me queda disponible para la construcción de la vivienda un solar de unos 81 m2, situado en Suelo Urbano Consolidado que da a una calle pavimentada con acera, farolas, servicio de teléfono y agua. Encargo el proyecto básico y de ejecución a un arquitecto y lo presento en el Ayuntamiento para obtener la correspondiente licencia de obras, hasta aquí todo bien.
Después de esto el Aparejador Municipal emite un informe en el que me solicita que aporte informe de las compañías suministradoras de agua y energía eléctrica. Hago las correspondientes solicitudes de suministro (agua y alcantarillado sin problema). Iberdrola, en cambio, me envía un informe en el que me indica que la entrega de energía se hará desde el Centro de Transformación más próximo (realizada por mí y a mi costa) a unos 500 metros de distancia. Esto supondría realizar un proyecto específico por un arquitecto y una obra de gran magnitud, lo que supondría un coste desproporcionado (tal vez superior a 30.000 euros) y desencadenaría en la inviabilidad de mi sueño que es tener mi propia vivienda. Todas las viviendas en la zona donde vivo tienen en la zona de delante todos los servicios (incluida la acometida de luz eléctrica) pero por encima de las mismas parece ser que está prohibido pasar la electricidad, por lo que atrás me quedo sin acometida para mi futura vivienda.
Tengo alguna posibilidad de alguna reclamación hacia el Ayuntamiento o hacia Iberdrola para que solucionen este problema sin que sea a cuenta de mi bolsillo como así lo desea Iberdrola.
Gracias a todos de antemano y espero encarecidamente vuestras respuestas.
14/07/2013 12:33
Lo primero que debes comprobar es que en la parte de atrás o patio pueda edificarse según prescrpción del PGOU.

Lo segundo, verificar que ese patio de a calle pública urbanizada con todos los servicios a pie de parcela, o por el contrario linda con suelo rústico a borde de suelo urbano.

Y lo tercero, en el supuesto de que el patio de a una calle urbanizada, asegurarte de que el propietario de ese suelo a sufragado los costes de urbanización y cedido el suelo necesario para ejecutar la calle.
14/07/2013 12:54
Hola alga, gracias por la rápida respuesta!
Este Ayuntamiento aún se rige por las NN.SS y sí en dicho suelo se puede edificar.

El patio da a Calle Pública urbanizada (Con el nombre de la calle en su correspondiente placa metálica al inicio de la calle) con todos los servicios a pie de parcela excepto energía eléctrica.

El tercer punto no te entiendo muy bien, ya que el propietario de esa calle es el Ayuntamiento.

14/07/2013 14:51
Empezaré por el final. Te ruego disculpes mi inatvertencia, leyendo aprisa no me he dado cuenta que el terreno es suelo urbano consolidado, con lo cual queda evidenciado que la cesión del suelo para la calle se produjo en su día.

Respecto a que rijan un PGOU o unas NNSS no modifica los derechos y obligaciones de los propietarios de suelo. Con toda seguridad la ley urbanística establece que para tener derecho a edificar un terreno se requiere que éste tenga la condición de solar.

Ello no obsta para que dicho derecho a construir en esa categoría de suelo pueda estar condicionado a que, simultáneamente a la edificación, el beneficiario de la licencia ejecute a sus expensas las obras de urbanización que falten para que el terreno alcance la condición de solar. Este extremo deberías comprobarlo de la propia licencia.

14/07/2013 15:11
Perfecto, esa era mi duda. De todas formas tratare de traer la luz de una zona mas cercana con el asesoramiento de un electricista de la zona para que no me cueste mas el entierro que la abuela, como se suele decir. Muy agradecido por tu ayuda y por la rapidez, un saludo!
24/03/2014 18:23
Hola a todos,
Tengo un terreno de 2.500 M2 en Zaragoza. El terreno esta partido en dos, con dos propietarios. Yo quiero registrar el pozo que hay que es de los dos. El vecino no firma los papeles para registrar lo. La confederacion requiere que firman los dos propietarios. Hay algo que puedo hacer?
24/03/2014 20:56
trata de convencerlo, porque la firma es casi lo único a lo que no se puede obligar ... aunque algunas veces las coacciones son insoportables
24/03/2014 21:00
Hemos tratado. No hay manera