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Acuerdo de conciliación de juicio

4 Comentarios
 
Acuerdo de conciliación de juicio
24/02/2020 03:33
Es una pregunta por curiosidad mas bien...
Tengo un amigo, al cual la empresa le dejo de pagar un plus, este plus fue un acuerdo entre los trabajadores y el Comite que en su momento se dio, no estando establecido en convenio.

Dicho plus se dejo de pagar y este amigo lo denuncio, llego a conciliación de juicio y la empresa lo reconoció, le abono las mensualidades atrasadas y fin de la historia.

Pero... Este amigo fue subrogado por otra empresa, esta empresa respeto todo los pluses tanto los acordados por el Comite, como los que vienen por defecto en el Convenio, a todos menos a él. Así que volvió a denunciar, y cuando llegaron a conciliación judicial, le dijeron que el acuerdo que había tenido con la anterior empresa era un acuerdo simple y llanamente entre la empresa y él, por tanto no le corrrespondia el plus, porque este no era de su derecho. Finalmente no se metieron a juicio, lo cual también es bastante extraño.

Hablando con mi amigo de lo sucedido, me extraño, porque entiendo que el acuerdo en conciliación tiene el mismo valor de cosa juzgada. De tal forma que si la empresa reconoce lo que es del trabajador sería absurdo entrar a juicio.

El problema según su abogado, el abogado de mi amigo, es que en la conciliación con la anterior empresa esta no reconoció la cuantía entera que le adeudaban.

De esto hace ya varios años, pero quisiera vuestras opiniones, porque según mi opinión le correspondia y debía haberse metido a la sala.
25/02/2020 18:36
Luisconrad
Buenas tardes, respecto de la situación que describes decirte que no la entiendo en absoluto. El tema de las subrogaciones es muy farragoso y jurisprudencialmente contradictorio, pero hay unos pocos puntos claros:
- el primero y fundamental es que del minuto final en una empresa y el minuto inicial en la otra no hay diferencia, se pasa exactamente con las condiciones de la inicial. Otra cosa es que si hay un nuevo convenio se mantienen hasta la revisión, etc...
Y en este caso nos enocontramos con un reconocimiento expreso por parte de la empresa anterior de una condición de trabajo. No me explico cómo la empresa posterior puede negarse a ello y cómo el letrado de su amigo asume en conciliación que no existe esa condición
26/02/2020 13:31
jrusulon
En efecto, yo tampoco lo entiendo, muchas gracias por tan pronta respuesta. De esto ya pasaron varios años, y me picaba mucho la curiosidad, de saber cual podría ser la base de tal incongruencia. Un saludo y gracias otra vez
26/02/2020 14:28
Luisconrad
Me resulta muy extraño sobre todo la respuesta del abogado de su amigo, decir que no le abonaron la cuantía correcta.
Como yo lo veo, en el acuerdo se concilio sobre una cantidad y no sobre el echo al cobro de ese plus, es decir la primera empresa reconoció que debía un dinero al trabajador pero no el concepto del porque, (esto es bastante habitual en las empresas porque saben que si llegan a juicio van a perder y entonces con una sentencia consolidan al resto de compañeros), de esta forma reconocen una deuda que pagan al trabajador pero no consolidan nada y al subrogar la nueva empresa se aprovechó para no abonar ese concepto.
Entiendo que el cambio de empresa fue entre medias de la conciliación porque de no ser así, una vez reconocido en conciliación el abono de ese plus debería haber empezado a cobrarlo a los meses siguientes, a parte de cobrar los atrasos, y entonces al subrogar ya no podía esta nueva empresa haberlo suprimido ya que se trataba de una subrogación.
Lo que está claro es que ya no tiene nada que hacer, tu amigo me refiero, porque dices que han pasado varios años de esto.
Smo
11/04/2020 07:31
Jamgrrhh28
Pues según indague más a fondo... pues que solo reclamo la cantidad pero no el derecho