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acumulación de recursos de amparo

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Acumulación de recursos de amparo
12/05/2023 20:52
Sentencia del TSJ Contencioso-Administrativo llevada a Casación ante el TS por desoír infracción administrativa potencialmente incursa en delito penal y por falta de jurisprudencia. No obstante se inadmite por Providencia (que salvo MANIFIESTA improcedencia debió ser AUTO), se impugna en incidente excepcional de nulidad (IENA )por la carencia de jurisprudencia, la proyección general y la doctrina dañosa, se inadmite.

Se vuelve contra la sentencia de instancia que tenia suspendido el IENA en su sede mientras se pronunciaba el Tribunal Supremo. Inadmitido el IENA del TS, se comunica a la Sala TSJ e inadmite también el incidente, con 15 días de diferencia, con lo que los plazos para presentarlos difieren.

Tenemos dos resoluciones distintas por causas distintas. ¿procede un solo recurso de amparo, con las recientes modificaciones, extensión de la demanda y formulario, común para ambas resoluciones siendo que son causas distintas aunque tienen un origen común, o sería preferible presentar dos recursos y pedir la acumulación del artículo 83 LOTC?.

Ya conocemos la dificultad de admisión del amparo y la inseguridad que comporta, podrían determinar alargamiento indebido. ¿Qué pensáis? Muchas gracias.
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Acumulación de recursos de amparo
12/05/2023 20:52
Sentencia del TSJ Contencioso-Administrativo llevada a Casación ante el TS por desoír infracción administrativa potencialmente incursa en delito penal y por falta de jurisprudencia. No obstante se inadmite por Providencia (que salvo MANIFIESTA improcedencia debió ser AUTO), se impugna en incidente excepcional de nulidad (IENA )por la carencia de jurisprudencia, la proyección general y la doctrina dañosa, se inadmite.

Se vuelve contra la sentencia de instancia que tenia suspendido el IENA en su sede mientras se pronunciaba el Tribunal Supremo. Inadmitido el IENA del TS, se comunica a la Sala TSJ e inadmite también el incidente, con 15 días de diferencia, con lo que los plazos para presentarlos difieren.

Tenemos dos resoluciones distintas por causas distintas. ¿procede un solo recurso de amparo, con las recientes modificaciones, extensión de la demanda y formulario, común para ambas resoluciones siendo que son causas distintas aunque tienen un origen común, o sería preferible presentar dos recursos y pedir la acumulación del artículo 83 LOTC?.

Ya conocemos la dificultad de admisión del amparo y la inseguridad que comporta, podrían determinar alargamiento indebido. ¿Qué pensáis? Muchas gracias.