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acusacion de estafa

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
21/03/2011 16:54
O estais muy adelantados en Bilbo, o mucho me temo que no has participado jamás en una rueda de reconocimiento. Confundes, creo, rueda de reconocimiento (efectuado conforme al 369 Lecr), con diligencia de reconocimiento fotográfico, que se hace en dependencias policiales. Aquí no se fotografía a los que intervienen en las ruedas, y dudo que se haga en ningún lado. Piensa que muchas veces los que las componen son gente de la calle, o incluso agentes de policía si hace falta. En la diligencia de reconocimiento fotográfico, si está bien hecha, le enseñan docenas de fotos, sin orden específico, y sólo unen al atestado la página en la que se encuentra la persona a la que reconoce (por eso tienen características distintas). En las "mal hechas" le enseñan directamente la página de la persona que creen que ha sido mientras la señalan, disimuladamente o no, con el dedo.

Las estadísticas obviamente me las invento. No creo que haya estadísticas de esto; pero he participado unos cuantos años en el SOJP, y me he entrevistado con muchos presos. Recuerdo pocos que admitieran ser culpables, y aun estos creían que su condena hubiera sido menor si su abogado se hubiera aplicado más.

Creo que el mensaje de los jueces y fiscales no lo has pillado. Otro día te lo explico.

En lo que sí estoy de acuerdo es en que el conformista consigue menos, pero eso es aplicable a cualquier orden de la vida. La experiencia lo que te permite es no malgastar tus esfuerzos en peleas perdidas de antemano.

Un saludo.
21/03/2011 19:41
dexter lo que pasa que el denunciante queria el material y no le importaba esperar y sabia en todo momento que tenía el material o el dinero. Lo que pasa que el del dia a la mañana presenta denuncia y con emails que nada tiene que ver con el preacuerdo. no por ser el denunciante y ahora testigo por su retirada va a tener razón el tiene que demostrarlo y no tiene pruebas alguna.
22/03/2011 12:21

Efectivamente, si que he estado en alguna rueda, ya se a lo que te refieres, se hace en el juzgado, en los sotanos, , con la mampara de cristal. Ademas suelen estar cerca de los propios calabozos del juzgado. Tienes razon, es asi. Y efectivamente no son lo mismo, lo que se hace en comisaria con las fotos que la rueda en el juzgado, aunque la finalidad es la misma.

un saludo


22/03/2011 13:48

Por cierto, compañero Dexter, no he pillado el chiste ese, no entiendo ese tipo de humor. Yo hubiera recurrido la sentencia, si un juez me condena sin pruebas. En Bilbao había un juez al que siempre le recurrian todas las sentencias, porque sabian que la audiencia opinaba lo contrario y siempre le daban detras de las orejas, pero el tio parece que no aprendia.

un saludo
24/03/2011 19:27
mira dexter, aquí tienes una noticia de un caso de estafa que lo absuelven porque no hay pruebas absolutas, luego he de pensar que el que tenía razón era azkorra y seguro que en el caso mio de la chica es libre absolucion. Este que comento es de zaragoza, aunque hay un alto porcentaje que sea culpable el zaragozano el juez decide absolverlo porque no lo sabe al 100%, al igual que el caso que yo comenté.

http://www.heraldo.es/noticias/el_acusado_del_timo_del_pariente_absuelto_por_falta_pruebas.html

El acusado del timo del pariente es absuelto por falta de pruebas
M. G. C. ZARAGOZA 25/09/2010 a las 06:00 .Ningún testigo lo vio con la anciana a la que supuestamente le hizo sacar 1.100 euros del banco.

Juan Ramón Rubio Sanjuán, a quien se acusaba de un delito continuado de estafa con la agravante de reincidencia, ha sido absuelto por la juez al considerar que no existen pruebas de que en octubre de 2009 engañara a una mujer de 85 años, con incipiente demencia senil, para que sacara del banco 1.100 euros y se los diera.

Juan Ramón Rubio, especialista en el conocido como 'timo del pariente' y con antecedentes por estafas similares, se enfrentaba a tres años de prisión. La titular del Juzgado de lo Penal número 1 lo absuelve, sin embargo, ya que entiende que de lo único que hay prueba es de que el acusado llamó al portero automático de la vivienda de la anciana, puesto que una sobrina de la víctima bajó a la calle y le preguntó qué quería. El dijo que su madre era amiga de su tía y que no quería nada.

Para la juez, no consta la relación que unía a la anciana con Juan Ramón Rubio y este negó en el juicio que la conociera. "Lo que induce a pensar que quizá había un interés ilícito en el intento de contactar con ella, pero este indicio, que no pasa de ser una mera sospecha, es claramente insuficiente para determinar que el acusado estuviera engañando a la mujer e intentando obtener dinero de ella", dice el fallo.

La magistrada recuerda que los testimonios de las sobrinas -puesto que la anciana no recordaba nada- no son más que "meras referencias de terceros" y que a los testigos que pudieron ver algo no se les llevó al juicio. Por lo tanto, no queda acreditado qué intervención tuvo el acusado para que la mujer sacara 1.100 euros en un día -algo inusual- ni lo que hizo con ellos, como defendió su letrada, Carmen Sánchez.

24/03/2011 19:47
otra sentencia en la que absuelven y lo primero es la presuncion de inocencia:

Un profesor de pilates, absuelto de una estafa
El tribunal reconoce que carece de pruebas suficientes para incriminarle.

03/02/2008 F. V.



Un profesor de pilates de nacionalidad colombiana al que se acusaba de haber estafado más de 67.000 euros a una agencia de viajes de Zaragoza ha sido absuelto por la Sección Tercera de la Audiencia de la capital aragonesa al no haber alcanzado "el convencimiento pleno" de que el procesado fue el autor de los hechos.

La sentencia establece que existen pruebas que apuntan a la culpabilidad de Iván A. M., pero los magistrados consideran que no tienen fuerza suficiente para destruir la presunción de inocencia.

El fiscal y el representante de la acusación particular, el abogado José María Lumbreras, solicitaron en la vista oral, el pasado mes de diciembre, una condena de cuatro años de cárcel para el acusado. En su opinión, Iván A. M. es la persona que, entre noviembre del 2005 y febrero del 2006, adquirió por correo electrónico una serie de billetes de avión a una agencia de viajes radicada en Zaragoza y posteriormente, sin haberlos abonado, los vendió a distintas personas.

Lumbreras señaló durante el juicio que el procesado actuó desde distintos cibercafés de Tenerife, donde reside habitualmente, y que para engañar a los empleados de la agencia se hizo pasar por un hombre de negocios italiano llamado Alberto Di Piccoli. Sin embargo, el acusado manifestó durante el juicio, de forma insistente, que él no tenía nada que ver con la estafa.



24/03/2011 20:26
y esta ultima sentencia tiene que ver con el correo electrónico y dexter:

esta claro que tiene que tener un " convencimiento pleno" es decir estar al 100% seguros y por lo tanto gana fuerza las afirmaciones de azkorra y según el caso de la chica estamos en la misma circunstancia y no existe 100% para culpar, aunque ella nunca lo hizo.
24/03/2011 20:29
conclusión dexter:

" para destruir la presunción de inocencia el juez debe estar con convencimiento pleno, es decir, al 100% y si no lo está, entonces será libre absolución"

azkorra se tona que dominas el tema y tienes experiencia en ello.
24/03/2011 21:06

Estimado Filgis2008:

Ciertamente he visto algun que otro tema de estafa por internet, se suelen ver en el turno de oficio también, no es nada extraño.

En una ocasión además el juez le preguntó directamente al imputado si había alguna posibilidad de que otra persona hubiera podido utilizar su ordenador.

Salvo que se halla utilizado la firma digital, como bien dices, siempre existe la duda de que halla sido otra persona. Y los jueces suelen ser conservadores con las nuevas tecnologias, no ven clara la autoria y en caso de duda, libre absolución.

Le deseo mucha suerte a tu amiga, de todo corazón.

un abrazo


24/03/2011 21:27
gracias azkorra por todo y por tus consejos profesionales
25/03/2011 00:25
Vamos a ver, filgis... yo no he dicho en ningún momento que vayan a condenar a tu amiga, ni tengo ningún interés en ello.

Sentencias absolutorias claro que encontrarás, faltaría más. Y condenatorias, si buscas también. Y errores judiciales que envían a la gente a la cárcel, también.

Lo único que yo digo es que la declaración de la víctima puede ser suficiente para condenar. Los dos ejemplos que pones, no tienen nada que ver. En ninguno parece acreditado que el acusado recibiera el dinero (tu amiga sí), en el primero (por muy habitual que fuera), la víctima no recuerda nada y la única prueba es la nieta que ve al acusado llamar al portero automático, si no he entendido mal. En el segundo, no sabemos por que se dirigen contra el acusado. No acreditan ninguna relación entre las víctimas y el acusado (tu amiga sí las tenía con el denunciante).

Pero ello no significa que vayan a condenar a tu amiga. Es perfectamente posible que la absuelvan.Incluso deseable, desde mi punto de vista, si hay dudas de cualquier tipo. Pero elementos para condenarla, también, si no ha explicado satisfactoriamente por que no cumplió su parte del trato.

Estadísticamente, cuando el fiscal acusa, hay condena en más de un ochenta por ciento de los juicios (conformidades aparte). ¿Realmente crees que en todos esas condenas no hay ningún tipo de duda? ¿Crees que en todos ellos hay pruebas irrefutables? Te aseguro que no.

Azkorra, eres muy nuevo en el foro. Busca mensajes de unos meses atrás de un tal indignado, en relación a temas de pornografía infantil. Aun desde un punto de vista muy controvertido, hizo alguna que otra disertación interesante en relación a la escasa consistencia de varias condenas por descarga de archivos pornográficos en sistemas de p2p.
25/03/2011 12:25

Como bien dice Dexter, el derecho no es una ciencia exacta, esto no son matematicas, no es una ciencia exacta. Y al final cada juez hace de su capa un sayo.

Yo por ejemplo he presentado emails impresos y con copias para todas las partes tambien y no me lo aceptó la jueza de turno porque no se fiaba de que precisamente su contenido no fuera manipulado o que alguien usurpara su identidad, formulé protesto para ulteriror recurso, pero afortunadamente absolvieron a mi cliente sin esos emails, asi que no le dí importancia ninguna.

Otro dato positivo es que el retira la acusación y va como testigo nada mas. Eso es que quizas su abogado tampoco lo ha visto muy claro.

Dexter simplemente muestra sus dudas al respecto y sus razones son muy validas desde luego.
Creo que tanto Dexter como yo deseamos que tu amiga salga absuelta y es probable que así sea y ojala sea asi.

un fuerte saludo y te deseo mucha suerte

nota: Le echare un vistazo a lo que dices dexter, gracias.

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acusacion de estafa

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21/03/2011 16:54
O estais muy adelantados en Bilbo, o mucho me temo que no has participado jamás en una rueda de reconocimiento. Confundes, creo, rueda de reconocimiento (efectuado conforme al 369 Lecr), con diligencia de reconocimiento fotográfico, que se hace en dependencias policiales. Aquí no se fotografía a los que intervienen en las ruedas, y dudo que se haga en ningún lado. Piensa que muchas veces los que las componen son gente de la calle, o incluso agentes de policía si hace falta. En la diligencia de reconocimiento fotográfico, si está bien hecha, le enseñan docenas de fotos, sin orden específico, y sólo unen al atestado la página en la que se encuentra la persona a la que reconoce (por eso tienen características distintas). En las "mal hechas" le enseñan directamente la página de la persona que creen que ha sido mientras la señalan, disimuladamente o no, con el dedo.

Las estadísticas obviamente me las invento. No creo que haya estadísticas de esto; pero he participado unos cuantos años en el SOJP, y me he entrevistado con muchos presos. Recuerdo pocos que admitieran ser culpables, y aun estos creían que su condena hubiera sido menor si su abogado se hubiera aplicado más.

Creo que el mensaje de los jueces y fiscales no lo has pillado. Otro día te lo explico.

En lo que sí estoy de acuerdo es en que el conformista consigue menos, pero eso es aplicable a cualquier orden de la vida. La experiencia lo que te permite es no malgastar tus esfuerzos en peleas perdidas de antemano.

Un saludo.
21/03/2011 19:41
dexter lo que pasa que el denunciante queria el material y no le importaba esperar y sabia en todo momento que tenía el material o el dinero. Lo que pasa que el del dia a la mañana presenta denuncia y con emails que nada tiene que ver con el preacuerdo. no por ser el denunciante y ahora testigo por su retirada va a tener razón el tiene que demostrarlo y no tiene pruebas alguna.
22/03/2011 12:21

Efectivamente, si que he estado en alguna rueda, ya se a lo que te refieres, se hace en el juzgado, en los sotanos, , con la mampara de cristal. Ademas suelen estar cerca de los propios calabozos del juzgado. Tienes razon, es asi. Y efectivamente no son lo mismo, lo que se hace en comisaria con las fotos que la rueda en el juzgado, aunque la finalidad es la misma.

un saludo


22/03/2011 13:48

Por cierto, compañero Dexter, no he pillado el chiste ese, no entiendo ese tipo de humor. Yo hubiera recurrido la sentencia, si un juez me condena sin pruebas. En Bilbao había un juez al que siempre le recurrian todas las sentencias, porque sabian que la audiencia opinaba lo contrario y siempre le daban detras de las orejas, pero el tio parece que no aprendia.

un saludo
24/03/2011 19:27
mira dexter, aquí tienes una noticia de un caso de estafa que lo absuelven porque no hay pruebas absolutas, luego he de pensar que el que tenía razón era azkorra y seguro que en el caso mio de la chica es libre absolucion. Este que comento es de zaragoza, aunque hay un alto porcentaje que sea culpable el zaragozano el juez decide absolverlo porque no lo sabe al 100%, al igual que el caso que yo comenté.

http://www.heraldo.es/noticias/el_acusado_del_timo_del_pariente_absuelto_por_falta_pruebas.html

El acusado del timo del pariente es absuelto por falta de pruebas
M. G. C. ZARAGOZA 25/09/2010 a las 06:00 .Ningún testigo lo vio con la anciana a la que supuestamente le hizo sacar 1.100 euros del banco.

Juan Ramón Rubio Sanjuán, a quien se acusaba de un delito continuado de estafa con la agravante de reincidencia, ha sido absuelto por la juez al considerar que no existen pruebas de que en octubre de 2009 engañara a una mujer de 85 años, con incipiente demencia senil, para que sacara del banco 1.100 euros y se los diera.

Juan Ramón Rubio, especialista en el conocido como 'timo del pariente' y con antecedentes por estafas similares, se enfrentaba a tres años de prisión. La titular del Juzgado de lo Penal número 1 lo absuelve, sin embargo, ya que entiende que de lo único que hay prueba es de que el acusado llamó al portero automático de la vivienda de la anciana, puesto que una sobrina de la víctima bajó a la calle y le preguntó qué quería. El dijo que su madre era amiga de su tía y que no quería nada.

Para la juez, no consta la relación que unía a la anciana con Juan Ramón Rubio y este negó en el juicio que la conociera. "Lo que induce a pensar que quizá había un interés ilícito en el intento de contactar con ella, pero este indicio, que no pasa de ser una mera sospecha, es claramente insuficiente para determinar que el acusado estuviera engañando a la mujer e intentando obtener dinero de ella", dice el fallo.

La magistrada recuerda que los testimonios de las sobrinas -puesto que la anciana no recordaba nada- no son más que "meras referencias de terceros" y que a los testigos que pudieron ver algo no se les llevó al juicio. Por lo tanto, no queda acreditado qué intervención tuvo el acusado para que la mujer sacara 1.100 euros en un día -algo inusual- ni lo que hizo con ellos, como defendió su letrada, Carmen Sánchez.

24/03/2011 19:47
otra sentencia en la que absuelven y lo primero es la presuncion de inocencia:

Un profesor de pilates, absuelto de una estafa
El tribunal reconoce que carece de pruebas suficientes para incriminarle.

03/02/2008 F. V.



Un profesor de pilates de nacionalidad colombiana al que se acusaba de haber estafado más de 67.000 euros a una agencia de viajes de Zaragoza ha sido absuelto por la Sección Tercera de la Audiencia de la capital aragonesa al no haber alcanzado "el convencimiento pleno" de que el procesado fue el autor de los hechos.

La sentencia establece que existen pruebas que apuntan a la culpabilidad de Iván A. M., pero los magistrados consideran que no tienen fuerza suficiente para destruir la presunción de inocencia.

El fiscal y el representante de la acusación particular, el abogado José María Lumbreras, solicitaron en la vista oral, el pasado mes de diciembre, una condena de cuatro años de cárcel para el acusado. En su opinión, Iván A. M. es la persona que, entre noviembre del 2005 y febrero del 2006, adquirió por correo electrónico una serie de billetes de avión a una agencia de viajes radicada en Zaragoza y posteriormente, sin haberlos abonado, los vendió a distintas personas.

Lumbreras señaló durante el juicio que el procesado actuó desde distintos cibercafés de Tenerife, donde reside habitualmente, y que para engañar a los empleados de la agencia se hizo pasar por un hombre de negocios italiano llamado Alberto Di Piccoli. Sin embargo, el acusado manifestó durante el juicio, de forma insistente, que él no tenía nada que ver con la estafa.



24/03/2011 20:26
y esta ultima sentencia tiene que ver con el correo electrónico y dexter:

esta claro que tiene que tener un " convencimiento pleno" es decir estar al 100% seguros y por lo tanto gana fuerza las afirmaciones de azkorra y según el caso de la chica estamos en la misma circunstancia y no existe 100% para culpar, aunque ella nunca lo hizo.
24/03/2011 20:29
conclusión dexter:

" para destruir la presunción de inocencia el juez debe estar con convencimiento pleno, es decir, al 100% y si no lo está, entonces será libre absolución"

azkorra se tona que dominas el tema y tienes experiencia en ello.
24/03/2011 21:06

Estimado Filgis2008:

Ciertamente he visto algun que otro tema de estafa por internet, se suelen ver en el turno de oficio también, no es nada extraño.

En una ocasión además el juez le preguntó directamente al imputado si había alguna posibilidad de que otra persona hubiera podido utilizar su ordenador.

Salvo que se halla utilizado la firma digital, como bien dices, siempre existe la duda de que halla sido otra persona. Y los jueces suelen ser conservadores con las nuevas tecnologias, no ven clara la autoria y en caso de duda, libre absolución.

Le deseo mucha suerte a tu amiga, de todo corazón.

un abrazo


24/03/2011 21:27
gracias azkorra por todo y por tus consejos profesionales
25/03/2011 00:25
Vamos a ver, filgis... yo no he dicho en ningún momento que vayan a condenar a tu amiga, ni tengo ningún interés en ello.

Sentencias absolutorias claro que encontrarás, faltaría más. Y condenatorias, si buscas también. Y errores judiciales que envían a la gente a la cárcel, también.

Lo único que yo digo es que la declaración de la víctima puede ser suficiente para condenar. Los dos ejemplos que pones, no tienen nada que ver. En ninguno parece acreditado que el acusado recibiera el dinero (tu amiga sí), en el primero (por muy habitual que fuera), la víctima no recuerda nada y la única prueba es la nieta que ve al acusado llamar al portero automático, si no he entendido mal. En el segundo, no sabemos por que se dirigen contra el acusado. No acreditan ninguna relación entre las víctimas y el acusado (tu amiga sí las tenía con el denunciante).

Pero ello no significa que vayan a condenar a tu amiga. Es perfectamente posible que la absuelvan.Incluso deseable, desde mi punto de vista, si hay dudas de cualquier tipo. Pero elementos para condenarla, también, si no ha explicado satisfactoriamente por que no cumplió su parte del trato.

Estadísticamente, cuando el fiscal acusa, hay condena en más de un ochenta por ciento de los juicios (conformidades aparte). ¿Realmente crees que en todos esas condenas no hay ningún tipo de duda? ¿Crees que en todos ellos hay pruebas irrefutables? Te aseguro que no.

Azkorra, eres muy nuevo en el foro. Busca mensajes de unos meses atrás de un tal indignado, en relación a temas de pornografía infantil. Aun desde un punto de vista muy controvertido, hizo alguna que otra disertación interesante en relación a la escasa consistencia de varias condenas por descarga de archivos pornográficos en sistemas de p2p.
25/03/2011 12:25

Como bien dice Dexter, el derecho no es una ciencia exacta, esto no son matematicas, no es una ciencia exacta. Y al final cada juez hace de su capa un sayo.

Yo por ejemplo he presentado emails impresos y con copias para todas las partes tambien y no me lo aceptó la jueza de turno porque no se fiaba de que precisamente su contenido no fuera manipulado o que alguien usurpara su identidad, formulé protesto para ulteriror recurso, pero afortunadamente absolvieron a mi cliente sin esos emails, asi que no le dí importancia ninguna.

Otro dato positivo es que el retira la acusación y va como testigo nada mas. Eso es que quizas su abogado tampoco lo ha visto muy claro.

Dexter simplemente muestra sus dudas al respecto y sus razones son muy validas desde luego.
Creo que tanto Dexter como yo deseamos que tu amiga salga absuelta y es probable que así sea y ojala sea asi.

un fuerte saludo y te deseo mucha suerte

nota: Le echare un vistazo a lo que dices dexter, gracias.