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Administrador obstruccionista

7 Comentarios
 
Administrador obstruccionista
10/02/2008 13:13
El Presidente de una Comunidad quiere convocar una Junta Extraordinaria.
La relación con el Administrador se ha ido deteriorando.
Una vez que el Presidente ha confeccionado el Orden del Dia y decidido la fecha de la Junta Extraordinaria, le pasa los datos al Administrador para que este proceda a realizar la Convocatoria.
pero el Administrador pone obstaculos para no hacerla.
El Presidente decide hacer la convocatoria por su cuenta directamente a los propietarios, pero se encuentra con el siguiente problema:
1º) El Administrador no le facilita la base de datos de los propietarios con los domcilios para efectuar la convocatoria.
2º) El Administrador no facilita la relación de morosos para acompañarla a la convocatoria.
¿Cual sería la solución para el Presidente, teniendo en cuenta que no puede formalizar la convocatoria a falta de estos dos datos?.

10/02/2008 17:01
Juntas Extraordinarias.

Para la realización de esta junta la ley exige que llegue a conocimiento de todos los interesados. Este requisito impide que con rigor legal se pueda hacer una convocatoria extraordinaria en cuestión de horas, pues si bien a los que residen en la finca se les puede entregar directamente, no será fácil, seguramente imposible, citar a los que tienen otro domicilio designado, y aún más, cuando se desconocen por el presidente el cual quiere convocar esa reunión y el administrador que es el que posee toda la documentación de la comunidad le pone todas las trabas posibles.

Ante este caso, la comunicación de esa junta por parte del presidente, se debe hacer de acuerdo con el artº 9 regla h) dejando colocado el anuncio de citación y su motivo más de tres días. (yo lo dejaría una semana 7 días, salvo que no fuera una cuestión urgente)

Ni que decir tengo que, en esa convocatoria también se debe incluir el cese del administrador por dejación de sus funciones y obstaculizar el buen funcionamiento de la comunidad a la que se debe y le paga.
11/02/2008 11:15
Gracias Fontanero, lo del tablón de anuncios podría ser una solución, pero ¿que ocurre con la RELACION DE MOROSOS?.
18/02/2008 16:44
Por favor Fontanero, necesito una respuesta al tema de como acompañar la RELACION DE MOROSOS a la convocatoria de Junta Extraordinaria, si el Administrador no la facilita.
18/02/2008 17:27
Entiendo que se deberían de hacer dos reuniones o juntas.
La primera para el cese del administrador, pidiendo a los copropietarios el poder de iniciar acciones judiciales contra el administrador en el caso de no entregar toda la documentación por secuestro o retención documental. Esto requiere de abogado y procurador.
Para ello se debe convocar debidamente a los copropietarios como ya le he expuesto anteriormente mediante el tablón de anuncios y con el orden del día:

1º Cese del administrador por dejación de funciones.

2º Poder al presidente de iniciar acciones judiciales contra el administrador en caso de retención documental.

3º Debido a la falta de documentación, se hace necesario para la votación, la acreditación de estar al corriente de pago presentando el recibo correspondiente.

Comprendo que puede ser laborioso pero no le veo otra solución.

De todas formas, cuando ustedes busquen un abogado y este le mande una carta a ese administrador, amenazante de iniciar acciones judiciales si no entrega la documentación, doy por seguro que el problema habrá terminado. Pero para llegar a este proceso se necesita la autorización de la junta de propietarios.
02/03/2008 11:20
De acuerdo contigo Fontanero, pero incluso para la primera Junta, con el tema cese del Administrador, es necesario incluir la lista de morosos con la convocatoria. Si el Administrador no la facilita, ¿como se puede convocar esa Junta?.
Aclarame como podría convocarse esa Junta, sin incurrir en esa irregularidad.
¿Podría enviarse la convocatoria sin la lista de morosos, acompañada de una carta del Presidente donde se explique a los propietarios los motivos?.
Gracias, es urgente.
02/03/2008 12:17
Como poder, se podría hacer, alegando los motivos sabidos. De todas formas, no creo que el número de morosos sea superior a los no morosos para alcanzar la mayoría. Ten presente que los ausentes se consideran favorables a la mayoría, a no ser que los morosos acudan todos a votar y los "legales" no acudan.

De todas formas reitero que, cuando este individuo reciba carta de un abogado en tono amenazante de iniciar acciones judiciales, no seguirá adelante. Sería el primero que yo conociera. Un pleito cuesta dinero, y estos personajes no están por la labor de soltar un duro cuando todo está en su contra.
02/03/2008 15:40
Hola Acriton, la solución al tema de morosos, es simple ¿Está el presidente acreditado ante el Banco con tal?(presidente)
Si es asi, se va a la sucursal donde esta la cuenta, y se habla con el director de dicha sucursal, y le pide un extracto de la cuenta, desde la fecha que el sospecha que hay morosos, aunque se la pida de un año o mas , el banco esta obligado a darla, eso si van a cobrar calculo unos 10 E por la de un año de extracto. (digo director por si algun empleado se pone tonto y amarga el dia).
Esto lo digo bajo mi experiencia de presidenta de Comunidad.Respecto a hacer la junta, estoy de acuerdo con fontanero,pero aparte de ponerlo en el tablón de anuncios, yo iria piso a piso, y indagaria si saben los nombres de algunos propietarios, y telefono, luego lo pueden recibir la citacion via fax para algunos o correo electronico.
que yo sepa el administrador esta para cuando la comunidad lo necesita, pero el que tiene el poder es el Presidente, pero yo haria otra cosa, un burofax al administrador para que quede constancia del pedido del presidente. pues las cosas habladas dicen (las palabras se las lleva el viento).Espero que te ayude en algo esto.
Un saludo de
jlesrezna