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Agedi-aie

2 Comentarios
 
Agedi-aie
30/06/2006 10:28
Hola, tengo una duda respecto al organo conjunto de Recaudación de Artistas y productores C.B (AGEDI-AIE).
Un familiar, regenta un pub. Todos los meses paga la correspondiente factura a la " Sociedad de Autores y Editores", por poner musica. Logicamente pasó en su día un agente y se realizó el correspondiente contrato.
Ahora, le reclama otra compañía (AGEDI-AIE), el mismo pago que realiza a la " Sociedad de Autores y Editores", ya que según explican ellos, por ley cualquier persona que en su establecimiento ponga musica tienen que pagar los derechos de autor. El problema es que con esta última compañía no se ha firmado ningún tipo de contrato.
Está obligado ha realizar el pago durante todos los meses del importe solicitado por AGEDI-AIE?.

Gracias por su ayuda.
Sayo
30/06/2006 21:37
Este asunto genera muchos conflictos y malentendidos. Trataré de explicarlo:

Los autores de obras musicales no son los únicos titulares de derechos de autor y propiedad intelectual, sino que existen otros sujetos que también tienen derecho a una gestión colectiva obligatoria y reclamar de quien explota las obras sobre la que ejercen una titularidad. Así, además del autor, se encuentran los productores de fonogramas, los artistas intérpretes y los ejecutantes.
Cada uno de estos titulares tiene una entidad dedicada a la gestión de los derechos que las leyes le confieren, entre los que se encuentra la gestión obligatoria de la comunicación pública en locales comerciales abiertos al público (como puede ser tu pub). De este modo, el autor y el editor de la música están represetados por la famosa SGAE (Sociedad General de Autores y Editores de España), los productores por AGEDI (Asociación de Gestión de Derchos Intelectuales) y los Artistas Intérpretes por AIE (Asociación de Intérpretes y Ejecutantes).

En conclusión, que cada entidad gestiona los derechos de sujetos diferentes, por lo que, por ley, es necesario resarcir siempre que alguien explote con afan lucrativo las obras musicales sobre la que ostentan derechos, como es el caso de tu pub.

Saludos
25/08/2006 17:09
tienen derecho a cobrar sin haber hecho acto de presencia ni informar al cliente de este deber.personandose en dicho local para verificar la autenticidad de lo que cobran o lo hacen de oidas como los grupos de los setenta entre los que me encuentro
Agedi-aie | PorticoLegal
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Agedi-aie
30/06/2006 10:28
Hola, tengo una duda respecto al organo conjunto de Recaudación de Artistas y productores C.B (AGEDI-AIE).
Un familiar, regenta un pub. Todos los meses paga la correspondiente factura a la " Sociedad de Autores y Editores", por poner musica. Logicamente pasó en su día un agente y se realizó el correspondiente contrato.
Ahora, le reclama otra compañía (AGEDI-AIE), el mismo pago que realiza a la " Sociedad de Autores y Editores", ya que según explican ellos, por ley cualquier persona que en su establecimiento ponga musica tienen que pagar los derechos de autor. El problema es que con esta última compañía no se ha firmado ningún tipo de contrato.
Está obligado ha realizar el pago durante todos los meses del importe solicitado por AGEDI-AIE?.

Gracias por su ayuda.
Sayo
30/06/2006 21:37
Este asunto genera muchos conflictos y malentendidos. Trataré de explicarlo:

Los autores de obras musicales no son los únicos titulares de derechos de autor y propiedad intelectual, sino que existen otros sujetos que también tienen derecho a una gestión colectiva obligatoria y reclamar de quien explota las obras sobre la que ejercen una titularidad. Así, además del autor, se encuentran los productores de fonogramas, los artistas intérpretes y los ejecutantes.
Cada uno de estos titulares tiene una entidad dedicada a la gestión de los derechos que las leyes le confieren, entre los que se encuentra la gestión obligatoria de la comunicación pública en locales comerciales abiertos al público (como puede ser tu pub). De este modo, el autor y el editor de la música están represetados por la famosa SGAE (Sociedad General de Autores y Editores de España), los productores por AGEDI (Asociación de Gestión de Derchos Intelectuales) y los Artistas Intérpretes por AIE (Asociación de Intérpretes y Ejecutantes).

En conclusión, que cada entidad gestiona los derechos de sujetos diferentes, por lo que, por ley, es necesario resarcir siempre que alguien explote con afan lucrativo las obras musicales sobre la que ostentan derechos, como es el caso de tu pub.

Saludos
25/08/2006 17:09
tienen derecho a cobrar sin haber hecho acto de presencia ni informar al cliente de este deber.personandose en dicho local para verificar la autenticidad de lo que cobran o lo hacen de oidas como los grupos de los setenta entre los que me encuentro