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Aire acondicionado y climatización

1 Comentarios
 
Aire acondicionado y climatización
20/05/2006 19:10
Soy arrendatario de un piso en Zaragoza desde hace 25 años. Quisiera poner en mi domicilio un aparato de aire acondicionado del tipo "split", para lo que no se requiere realizar obra, tan solo la intervención de un instalador (o hasta a lo mejor me atrevería a instalarlo yo mismo). ¿puedo hacerlo? ¿necesito autorización del arrendador? ¿en que normativa legal se contempla todo esto? He consultado la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero no especifica tanto. Muchas gracias.
perfil Jan
22/05/2006 17:12
Hola. Lo primeo que hay que analizar es si la instalación del aire acondicionado afecta a la configuración del inmueble( si la vivienda está integrada en un edificio en régimen de propiedad horizontal). En caso afirmativo, necesitaría aprobación de la Comunidad de Propietarios.

Si sólo afectase a la vivienda, se trataría de una obra de mejora. Usted NO necesitará consentimiento de su Arrendador si:

1) La obra no afecta a la naturaleza o resistencia de los materiales( aunque modifique la configuración)

2) Sí la cuantía de las obras no excede de 3 mensualidades de renta.

3) Si antes de la realización de la obra entrega o pone a disposición del Arrendador, la cantidad necesaria para volver la vivienda a su primitivo estado.

De todas maneras, creo que lo más conveniente es que explicara a su Arrendador la naturaleza y alcance de las obras.

Salvo mejor criterio. Un saludo.