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aire acondicionados

2 Comentarios
 
Aire acondicionados
11/11/2004 11:58
Vivo en un recinto privado formado por 7 bloques, hay una comunidad gral. Y aparte hay algunos bloques como el nº 5 donde yo vivo, que tiene su propia comunidad. Este verano pedi permiso al portal 5 para instalar un aire acondicionado , y este se dio, sin embargo la cdad. Gral me dice que el permiso tendria que darmelo ellos y que tengo que retirar dicho aparato, mi duda es la siguiente , reconozco que he modificado la fachada exterior del edificio, sin embargo tambien creo que la estan modificando aquellos vecinos que sin permiso de ninguna comunidad, han cerrado ventanas exteriores (por medio de ladrillos) o terrazas con estructuras de maderas que ningun otro vecino tiene. Puedo ampararme en que la modificacion del exterior del edificio nos afecta por igual a ese vecino que tapio su ventana, tanto como a mi por colocar un aire acondici0onado?.Y que si yo debo retiralo, el debe dejar la estructura original del edificio?
por otro lado quisiera saber que si la comunidad general me puede obligar a quitar el aparato, tambien son ellos los que con las cuotas mensuales de todos los vecinos, tendrian que arreglar las impermeabilizaciones de las a zoteas asi como las obras pertinentes que mi portal y otros debemos realizar en los voladizos de las terrazas, ya que segun ellos, ese tipo de obras debemos de pagarlos mnosotros como asi estamos haciendo, y yo me pregunto si ellos me pueden obluigar a quitar el aire acondicionado tambien deberian estar obligados a reparar todos los desperfectos que cada portal presente, a medida que pasa el tiempo.
Atentamente un saludo
11/11/2004 13:25
Mi consejo es que te informes, si en tu ciudad hay algun tipo de reglamento urbanistico al respecto. (En Sevilla es la Gerencia de urbanismo del Ayuntamiento) Quizás hubieras tenido que solicitar una licencia de obras menores, siempre y cuando este tipo de instalaciones esten permitidas. En cuanto a tu comunidad, a lo mejor en tu bloque existe o debiera existir unos estatutos. Puede que en éstos, se recoja la prohibición o no de estos aparatos. Así como las obras que se pueden realizar en elementos comunes.
Un saludo.
11/11/2004 13:34
Da igual lo que digan los estatutos, porque los estatutos no pueden contravenir la ley de propiedad horizontal. Y en ella se prohibe que un propietario realice obras que afecten a elementos comunes sin el consentimiento del resto de los propietarios.
La unica posibilidad es entender que como es una obra exterior que se ve con facilidad, que la comunidad la haya consentido tacitamente al igual que las de las ventanas.
La fachada suele ser elemento comun del edificio. Mira los estatutos del edificio para verificarlo, porque lo mas seguro es que sea así y en ese caso de nada vale el permiso que te de tu comunidad porque lo que importa es que te de permiso la comunidad que abarca todo el edificio.
respecto a las obras en las azoteas: la comunidad está obligada a realizar todas las obras necesarias que son aquellas pertinentes para mantener el edificio en buen estado estructural, de habitabilidad y estanqueidad, tal como recoge la LPH en su art 10.