He estado observando que, a menudo, una marca se opone al registro de otra que pretende ocupar una clase diferente a la de la marca oponente o que está registrada en un país diferente.
Según ello, la primera marca tiene derecho a oponerse aunque la otra no sea de la misma clase ni del mismo país.
¿Hasta qué punto protege más un registro nacional que uno europeo o uno de muchas clases si luego puedo legalmente oponerme a cualquier marca similar a la mía en otro país o en otra clase?