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Alegaciones no tramitadas por la Admon.

5 Comentarios
 
alegaciones no tramitadas por la admon.
25/02/2013 11:53
Buenos días,

Querría solicitar ayuda ya que he recibido carta de la administración respecto a una multa por incumplimiento de la ley 1/1992, en la cual no se tiene en cuenta las alegaciones que presenté, por lo que resuelven al pago de la multa.

¿Podrías recomendarme qué incluir en el recurso de reposición?

Por otro lado,
¿Qué plazo tiene la admón para resolver?

Gracias, un saludo.
25/02/2013 11:59
Estimado Usuario:

Aconsejar sin poder ver la infracción cometida es, como Vd. puede comprender, francamente difícil.

Vd. dispone de un mes para interponer el recurso y de la administración de otro para resolverlo, siendo el silencio desestimatorio.

Esperando haberle sido de ayuda.

edilocalabogados@gmail.com
www.edilocalabogados.com
25/02/2013 12:03
Muchísimas gracias por su pronta respuesta.

La infracción cometida es desobediencia a la autoridad.
La cuestión es que se enviaron las alegaciones pertinentes (ya que la infracción había prescrito), cuento con las alegaciones planteadas y con el acuse de recibo.
Pero la carta recibida por el Ayto. en lugar de ser una resolución a las alegaciones, es una confirmación de dicha multa al no haber alegado en el plazo pertinente.

Gracias, un saludo.
25/02/2013 12:04
Quiero confirmar que mis alegaciones fueron dentro del plazo.
25/02/2013 12:07
Estimado Usuario.

Si como Vd. manifiesta, alegó y tiene las pruebas documentales de que lo hizo en forma y tiempo, recurra esa resolución de la administración indicándole estos extremos, así como aquellos otros que fueran aplicables a su caso.

Exprese también sobre la irregularidad del procedimiento al albur de lo establecido en la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo, indicando la nulidad/anulabilidad del expediente.

En general, esto es lo que le puedo aconsejar.

Esperando haberle sido de ayuda

edilocalabogados@gmail.com
www.edilocalabogados.com

25/02/2013 12:56
Muchas gracias de nuevo,

Por último, han tardado más de 3 meses en resolver y es una falta leve.
¿Implica que el procedimiento tiene que ser archivado?
Entiendo que debe incluirse en el recurso de reposición...

Un saludo.
Alegaciones no tramitadas por la Admon. | PorticoLegal
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alegaciones no tramitadas por la admon.
25/02/2013 11:53
Buenos días,

Querría solicitar ayuda ya que he recibido carta de la administración respecto a una multa por incumplimiento de la ley 1/1992, en la cual no se tiene en cuenta las alegaciones que presenté, por lo que resuelven al pago de la multa.

¿Podrías recomendarme qué incluir en el recurso de reposición?

Por otro lado,
¿Qué plazo tiene la admón para resolver?

Gracias, un saludo.
25/02/2013 11:59
Estimado Usuario:

Aconsejar sin poder ver la infracción cometida es, como Vd. puede comprender, francamente difícil.

Vd. dispone de un mes para interponer el recurso y de la administración de otro para resolverlo, siendo el silencio desestimatorio.

Esperando haberle sido de ayuda.

edilocalabogados@gmail.com
www.edilocalabogados.com
25/02/2013 12:03
Muchísimas gracias por su pronta respuesta.

La infracción cometida es desobediencia a la autoridad.
La cuestión es que se enviaron las alegaciones pertinentes (ya que la infracción había prescrito), cuento con las alegaciones planteadas y con el acuse de recibo.
Pero la carta recibida por el Ayto. en lugar de ser una resolución a las alegaciones, es una confirmación de dicha multa al no haber alegado en el plazo pertinente.

Gracias, un saludo.
25/02/2013 12:04
Quiero confirmar que mis alegaciones fueron dentro del plazo.
25/02/2013 12:07
Estimado Usuario.

Si como Vd. manifiesta, alegó y tiene las pruebas documentales de que lo hizo en forma y tiempo, recurra esa resolución de la administración indicándole estos extremos, así como aquellos otros que fueran aplicables a su caso.

Exprese también sobre la irregularidad del procedimiento al albur de lo establecido en la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo, indicando la nulidad/anulabilidad del expediente.

En general, esto es lo que le puedo aconsejar.

Esperando haberle sido de ayuda

edilocalabogados@gmail.com
www.edilocalabogados.com

25/02/2013 12:56
Muchas gracias de nuevo,

Por último, han tardado más de 3 meses en resolver y es una falta leve.
¿Implica que el procedimiento tiene que ser archivado?
Entiendo que debe incluirse en el recurso de reposición...

Un saludo.