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Alquilar piso

2 Comentarios
 
28/04/2004 15:53
Muchas gracias por su respuesta. Me ha esclarecido todas mis dudas, muy amable.
27/04/2004 19:29
Hola Belma. Efectivamente, el artículo 9.3 de la LAU pemrite esa opción al arrendador cuando dice: "No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de 5 años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Si transcurridos tres meses a contar de la extincióndel contrato, no hubiera el arrendador procedido a ocupar la vivienda por sí, deberá reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta 5 años con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación o indemnizarle, a elección del arrendatario, con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedaren hasta completar cinco".
Imagino que esa es una estrategia adoptada por la persona que pretende arrendarte la vivienda para así curarse en salud y asegurarse que no te perpetúes en la vivienda, pues ademas sabe lo poco probable del hecho de que una vez salgas de la vivienda te preocupes de si se ha ido a vivir a la misma o no.
Saludos y espero haberte ayudado.

aunque firmes un contrato por un período de tiempo de 2 años, la Ley siempre te va a permitir que permanezcas en él 5 años, a no ser que efctivamente el arrendatario demuestre que
Alquilar piso
27/04/2004 18:17
Pretendo alquilar un piso pero el propietario me obliga a firmarlo por dos años solamente porque dice que para entonces vendrá el al piso a vivir.

Yo quisiera estar los cinco años. La pregunta es. Si yo firmo en el contrato la duracion de 2 años ¿no me otorga la ley el derecho a los 5 o si? Muchas gracias