Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alquiler de local de negocio de hace 20 años

2 Comentarios
 
Alquiler de local de negocio de hace 20 años
23/07/2006 19:07
buenas tardes necesito que alguien que sepa me ayude os explico:
Mi padre con un socio tienen alquilado un local-bar desde hace 20 años (son una sociedad anonima limitada) el contrato que firmaron en su dia dice que el tiempo del contrato son 25 años prorrogables en cinco, en cinco asi sucesivamente.
Ahora mi padre que tiene 59 años y el socio algo mas mayor quieren traspasar el negocio (bueno creo que en realidad es vender las acciones), peo le han comentado que ha salido una nueva ley por la cual cuando pasen esos 25 años puede la dueña no renovar el contrato y dejarles con una mano delante y otra atras ¿Es esto verdad? En su dia hace 20 años le dieron a la dueña 8 millones y luego mes a mes el respectivo alquiler. ¿Puede ser verdad lo que le han comentado a mi padre? ¿Como le dejarian sin nada si en realidad el negocio es de la sociedad de mi padre?. Y luego otra pregunta si mi padre vende las acciones a un tercero para que siga con la sociedad nadie se las compraria si en realidad la dueña no renovase el contrato pasados los 25 años ¿Puede pasar esto?. Os agradeceria vuestra ayuda ya que lo necesitamos urgentemente. Gracias anticipadamente.
23/07/2006 22:33
Según dice el contrato es aproximadamente de 1.986, posterior al conocido como Decreto Boyer por lo que es válida la limitación temporal del contrato. Habría que ver si está autorizada la transmisión de acciones o participaciones según sea limitada o anónima la sociedad, no lo deja Vd. claro, sin que se repute traspaso o cesión. También convendría conocer más en detalle lo referente a las prórrogas pues si fuera de aplicación la LAU del 94 (supongo que es ésa la nueva ley que Vd. menciona) cabría acogerse a la indemnización del art. 34 (no lo transcribo pues es un poco extenso pero puede encontrarlo fácilmente por internet). Sin embargo he de precisarle que a mí me parece que tiene una puesta en práctica bastante complicada aunque no la aparente en su lectura. En todo caso tiene un efecto de fuerza para renovar el contrato aunque, eso sí, por una "renta de mercado"... que habrá que determinar.
Conviene que acuda a un abogado tanto para asesorarse como para tratar la renovación del contrato pero eso ya les correspondería a los hipotéticos adquirientes que comprarían el negocio con esa incertidumbre. Seguramente lo más prudente sería tratar el asunto previamente con la propiedad.
24/07/2006 11:24
¿Por que concepto, entregaron 8 millones?.
¿Hay recibo de esa entrega, o se menciona en el propio contrato de arrendamiento?.
Ver en la actual LAU, lo que dice respecto a finalizacion de contrato de arrenadamiento de local de negocio y continuacion de la actividad por el arrendador o posterior arrendatario.