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alquiler local comercial

3 Comentarios
 
Alquiler local comercial
19/10/2011 19:59
tenia una consulta que hacer,resulta que unos conocidos tienen un local comercial que ha cesado en su actividad. entonces habia surgido la posibilidad de alquilarlo ,anteriormente se dedicaba a la venta de muebles , y la gente interesada en alquilarlo queria montar un negocio distinto (venta de objetos decoracion,joyeria,bisuteria...) es decir,como si fuera un bazar.sin embargo desde el ayuntamiento no permiten que el local se dedique a este negocio,solo permitirían que se pudiera seguir vendiendo muebles. ¿puede el ayuntamiento hacer esto? o mis conocidos están en su derecho de alquilarlo para q se monte el negocio que se quiera,siempre que sea venta al por menor,como era antes??? mil gracias,saludos.
19/10/2011 23:00
El uso que pueda darse al local dependerá de las ordenanzas del municipio. Sería conveniente que solicitaran copia en el Ayuntamiento.

Lo lógico es pensar que si la venta de muebles estaba autorizada, también esté la venta de productos de decoración, obviamente solicitando una nueva licencia de actividad.

Marina Huertas
20/10/2011 08:58
Quizá la actividad de venta de muebles cesó por un período superior a seis meses, que es el habitual, para considerar caducada la antigua licencia de venta de muebles.

Quizá lo que el ayuntamiento no permite una actividad distinta a la autorizada en la licencia de actividad concedida.

Quizá si permita el ayuntamiento la actividad que ahora pretende desarrollarse, tramitando la solicitud de una nueva licencia de actividad.

Creo que son esas particularidades las que hay que estudiar. Naturalmente, también las ordenanzas.
23/10/2011 18:00
Si el local estaba dedicado a un uso comercial, lo normal es que se pueda destinar a un uso comercial diferente, si bien no es posible hacerlo mediante cambio de titularidad y su mera comunicación a la Administración, ya que se trata de una actividad comercial sí pero distinta. Debes informarte si, de acuerdo a la ley autonómica, un bazar es establecimiento sujeto a licencia, ya que en principio, según las leyes estatales, está sujeto a comunicación previa o declaración responsable, no a licencia municipal previa, aunque puedan estarlo elementos que puedan reusltar molestos o que se instalen en vía o vuelo público (por ejemplo, aparatos de aire acondocionado y sus compresores,los primeros a partir de cierta potencia). Puede que lo que te quieren decir en el Ayuntamiento es que necesitas un nuevo expediente para la apertura, sea de licencia, comunicación previa o declaración responsable, ya que no puedes servirte de la licencia anterior