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Alta en seguridad social con tarjeta comunitaria vencida y en renovación

1 Comentarios
 
Alta en seguridad social con tarjeta comunitaria vencida y en renovación
27/02/2020 09:45
Buen dia. Mi tarjeta comunitaria de residencia venció en el 2019 y desde esa fecha está en renovación, me la han denegado dos veces pero se han interpuesto recursos de apelación y aún está en trámite; tengo el resguardo que así lo acredita. Mi pregunta es puede un empleador darme de alta en la seguridad social en mi situación actual? GRACIAS
03/03/2020 17:40
Ivon31
Hola:

Si se la han denegado, pero usted sigue cumpliendo con los requisitos sustantivos necesarios para la concesión ( es decir, sigue siendo familiar de ciudadano de la Unión), puede ser dado de alta en la Seguridad Social. La tenencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no constituye, ni puede constituir, condición necesaria para el ejercicio de derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión.

En cambio, si dejó de ser familiar de ciudadano de la Unión y no conservó el derecho de residencia en régimen comunitario o lo conservó, pero no continuó cumpliendo con las condiciones necesarias para su conservación ( por ejemplo, no estuvo trabajando por cuenta ajena o propia, no fue estudiante o no contó con recursos económicos propios suficientes), entonces la denegación podría haber sido correcta.

Un cordial saludo.
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Alta en seguridad social con tarjeta comunitaria vencida y en renovación
27/02/2020 09:45
Buen dia. Mi tarjeta comunitaria de residencia venció en el 2019 y desde esa fecha está en renovación, me la han denegado dos veces pero se han interpuesto recursos de apelación y aún está en trámite; tengo el resguardo que así lo acredita. Mi pregunta es puede un empleador darme de alta en la seguridad social en mi situación actual? GRACIAS
03/03/2020 17:40
Ivon31
Hola:

Si se la han denegado, pero usted sigue cumpliendo con los requisitos sustantivos necesarios para la concesión ( es decir, sigue siendo familiar de ciudadano de la Unión), puede ser dado de alta en la Seguridad Social. La tenencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no constituye, ni puede constituir, condición necesaria para el ejercicio de derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión.

En cambio, si dejó de ser familiar de ciudadano de la Unión y no conservó el derecho de residencia en régimen comunitario o lo conservó, pero no continuó cumpliendo con las condiciones necesarias para su conservación ( por ejemplo, no estuvo trabajando por cuenta ajena o propia, no fue estudiante o no contó con recursos económicos propios suficientes), entonces la denegación podría haber sido correcta.

Un cordial saludo.