Sí, puede considerarse alzamiento de bienes, porque es previsible que está dificultando el pago de sus obligaciones. Es más probable que le impongan prisión o multa, porque la justicia es lenta como para impedir una venta. Puede leer el art 257 del Código Penal en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444
Buenas Tardes. No sé si este post, está en esta categoría. He estado buscando y creo que así es. Si no, por favor indicadme dónde debe ir.
Hace alrededor de dos años, mi pareja me "cedió" su coche pero no formalizamos el traspaso, ya que yo tengo una deuda con hacienda (multas a mi anterior pareja, pero al ser yo la titular del coche han venido a mi nombre y por supuesto soy la responsable. Esto de que el desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento). La cuestión es que le ha llegado una carta de inicio de proceso monitorio y mi pregunta es: ¿Si él traspasa el coche a otra persona, esto se considera alzamiento de bienes? ¿O tiene que haber una fecha de pago, un tiempo desde que se inician los procesos legales?
Por otra parte, en caso que se considere alzamiento de bienes, es posible que lleguen a embargar el coche o sólo que se imposibilite su venta?.