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Amenaza de despiso por encubrir a un compañero al cual descubrí fumando en el almacén

3 Comentarios
 
Amenaza de despiso por encubrir a un compañero al cual descubrí fumando en el almacén
12/11/2016 21:30
Saludos y felicitaciones por este foro.

La cuestión es que ayer me llamó el jefe de personal de mi empresa y me amenazó con despedirme. Motivo: encubrir a un compañero al cual descubrí fumando en el almacén, lo cual está totalmente prohibido.

Este compañero es encargado general de la empresa, mientras yo soy un simple peón. Como prueba me muestra un vídeo con cámara oculta donde salgo yo pasando de largo por delante de este compañero que está fumando. En ningún momento le digo nada ni le miro. Paso por delante como si no existiera (como suelo hacer cuando lo veo fumar). Pero por otra parte sería casi imposible no verlo. No tenemos sindicato.

El lunes se lo comunicarán al gerente de la empresa para que tome las medidas oportunas. Y cuando me citen a su despacho no tengo claro qué decir.

Por otro lado, puede que finalmente se quede en una reprimenda sin llegar al despido, aunque ante el acoso y la presión que estoy sufriendo sin motivo, preferiría un despido improcedente con la correspondiente indemnización.

Muchas gracias de antemano.
13/11/2016 07:04
Tomi77
Hoy en día existe la prohibición de fumar en los centros de trabajo pero bueno de ahí al despido hay un mundo, eso si depende D lo serio que sea fumar en su centro de trabajo, pongamos por caso que trabaja en una Gasolinera, la cosa seria mucho mas seria.
Bueno, entiendo que no seria el caso por lo que en primer lugar me dedicare al infractor, este trabajador si no ha sido sancionado o amonestado anteriormente por esta causa proceder a su despido directamente seria una autentica burrada, a.en de que el trabajador puede alegar dependencia y para la que hay tratamientos, en ese caso seria la empresa quien de seria procurar facilitarle el tratamiento para desengancharse. En cuanto a usted, no se en que trabaja pero no se de ninguna profesión en la que un trabajador deba ejercer de chivato de sus compañeros asi que cualquier tipo de sanción aunque solo sea una mera amonestación, yo la recurriría.
Por otro lado, y respecto a la obtención de esas imágenes, hoy en día los medios técnicos están permitidos para el control por parte de la empresa sobre sus trabajadores, no obstante la instalación de estas deben estar visibles y notificado a los trabajadores de forma individual y por escrito y si ademas su negocio es cara al publico debe estar señalizado a la entrada en el recinto, por tanto di se han utilizado grabaciones con cámara oculta a parte de que la obtención de esas pruebas no serian validad ante el juzgado, serian ustedes quienes podrían denunciar ante inspección de trabajo e incluso interponer demanda por vulneración al dcho a la intimidad.
Dicho esto, no cabe ningún tipo de sanción para ninguno de los trabajadores y lo que usted desea de un despido improcedente en sanciones disciplinarias si la empresa demuestra la comisión de la falta y que esta se ajustase a la sanción disciplinaria pertinente est seria siempre procedente por lo que un despido disciplinario no conllevaría nunca una indemnización.
SMO
13/11/2016 20:48
Tomi77
ojo con las cámaras ocultas,que,en condiciónes muy concretas,las han avalado el TSJ de Navarra 263/10 y TSJ de Cataluña1443/2011.
Repecto a tomar medidas contra usted por no denunciar al otro trabajador,en román paladino,ni de coña.
13/11/2016 21:10
Tomi77
Nunca te acostarás sin saber una cosa mas, me he quedado de piedra.
Vamos si ya había pocos requisitos a la utilización de cámaras encima esto