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Amenazas de muerte en chat

2 Comentarios
 
Amenazas de muerte en chat
23/04/2004 11:00
Una menor de 15 años amenazada por sus compañeros de clase fuera del centro educativo es ahora insultada y amenazada de muerte a través de un chat. La menor lo ha comunicado a su madre y tienen las "conversaciones" grabadas.
La duda es ¿se puede denunciar al menor que le amenza? de ser asi ¿cómo y donde hay que denunciar? El menor en cuestion dentro del chat está identificado por el nick que utiliza de forma habitual.
Gracias.
27/04/2004 09:36
Si, se puede enjuiciar al menor y se haría por el procedimiento específico para menores previsto en la ley de menores del 2000,( instruye el fiscal,etc...). La querella se presentaría en el Juzgado de 1ª Instancia siempre que no existiera una sala de menores, que suele haberlas en las capitales de provincia.Aquí además no hay problema ya que si son compañeros de clase supongo que la amenaza se ha dirigido desde la misma población a la que se ha recibido.
En cuanto a la identificación, con el nick es suficiente ya que así lo prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal al decir que se podrá identificar por su nombre o por el apodo con el que se conozca,( la literalidad del precepto no es esa pero esa es su esencia).
27/04/2004 13:21
Aunque me pierdo en la terminologia legal y desconozco los juzgados te agradezco la información, jose.
Amenazas de muerte en chat | PorticoLegal
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Amenazas de muerte en chat
23/04/2004 11:00
Una menor de 15 años amenazada por sus compañeros de clase fuera del centro educativo es ahora insultada y amenazada de muerte a través de un chat. La menor lo ha comunicado a su madre y tienen las "conversaciones" grabadas.
La duda es ¿se puede denunciar al menor que le amenza? de ser asi ¿cómo y donde hay que denunciar? El menor en cuestion dentro del chat está identificado por el nick que utiliza de forma habitual.
Gracias.
27/04/2004 09:36
Si, se puede enjuiciar al menor y se haría por el procedimiento específico para menores previsto en la ley de menores del 2000,( instruye el fiscal,etc...). La querella se presentaría en el Juzgado de 1ª Instancia siempre que no existiera una sala de menores, que suele haberlas en las capitales de provincia.Aquí además no hay problema ya que si son compañeros de clase supongo que la amenaza se ha dirigido desde la misma población a la que se ha recibido.
En cuanto a la identificación, con el nick es suficiente ya que así lo prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal al decir que se podrá identificar por su nombre o por el apodo con el que se conozca,( la literalidad del precepto no es esa pero esa es su esencia).
27/04/2004 13:21
Aunque me pierdo en la terminologia legal y desconozco los juzgados te agradezco la información, jose.