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amenazas y acoso

6 Comentarios
 
Amenazas y acoso
20/02/2004 18:49
Desde hace meses sufro el acoso de una persona con la que tuve una corta relación hace más de año y medio.

Recibo mensajes de correo electrónico con todo tipo de insultos, sms de contenido sexual...y últimamente, me ha escrito amenazándome físicamente.

Por miedo,mandé ese mensaje a mi círculo íntimo de amigos, y ahora también amenaza con denunciarme por ¿¿"difundir mensajes privados"?? y por ¿"calumnia pública"?

No se si es una broma pero querría que me informara de cómo puedo enterarme si ha llevado a cabo esa querella, y de que es lo que yo puedo hacer.

Un saludo y muchas gracias por cualquier ayuda que pueda ofrecerme.Agradezco cualquier información.
20/02/2004 20:43
En principio, podrias denunciar a esta persona, por un delito de amenazas dependiendo del tipo de amenaza que te hubiere hecho, sería necesarío que no borraras el mensaje para poder aportarlo como prueba.
El Artículo 169 del CP dispone.
El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.

Tu puedes perfectamente comentar con tus amigos todo aquello que te venga en gana, sería delito si tú hubieras obtenido una información de forma ilicita y luego la comentases con otras personas o la publicas. También tienes que tener en cuenta que si con tus comentarios involucras a otras personas podría darse el delito de calumnia o injurias, si lo que tu dices no es verdad.

Cualquier abogado, al que acudiera esta persona le diría que la denuncia por este hecho no tiene sentido, teniendo en cuenta lo que tu comentas en tu exposición.

Con respecto a lo de la calumnia, el CP en su Artículo 205 dispone.
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
y en su Artículo 207.
El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado

Quiere decir esto, que si tu has comentado con tus amigos que alguien te ha amenazado, y este hecho es veridico, tu no has cometido ningun delito.

En relación al delito de violación de secretos que se encuentra tipificado en el Artículo 197 del CP y dispone.
1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Como puedes observar dice "sin su consentimiento, se apodere". Tu no te has apoderado de nada ya que te ha sido enviado, y el mensaje iba dirijido a ti, así que no es ilicito.
21/02/2004 13:53
Gracias, muchisimas gracias...
No sabe cuánto me ha podido ayudar, no tenía ni idea de nada de lo que me ha dicho, me ha quitado un enorme peso de encima.
Cuánto se lo agradezco.

23/02/2004 10:42
Mas te digo Angela, yo creo que según tu exposición si interpones una denuncia ante la Policía, esto esta dentro del articulo del codigo penal sobre " DE LAS TORTURAS Y OTROS DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL".
Artículo 173.2 dice textualmente " 2. El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de dos a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos o faltas en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica".
Si tienes alguna duda hay una oficina en los juzgados de ayuda a las victimas de malos tratos, te recuerdo tanto fisicos como psicologicos. Espero haberte ayudado.
23/02/2004 12:59
Esa es la version que da esta señora, pero habria que oir la de su ex no? con la cantidad de denuncias falsas que hay....
Angela:

El hecho de que el tipo aquél formule una denuncia en contra de usted, se vendría constituyendo como una confesión de su propio delito, pues tendría que admitir, de manera expresa y espontánea, que él le ha enviado mensajes, así que en caso de que el tío formulare su denuncia, se le volteará la tortilla muy fácilmente, por lo que usted no debe preocuparse en absoluto.

No obstante lo antes anotado, aconsejo que sea usted quien lo denuncie por las amenazas que te ha hecho, ya que si él formula denuncia, la defensa sería alegar temor fundado que le llevó a usted a dar a conocer los mensajes para que sus amigos le asesoraran y/o protegieran en contra del cumplimiento de tales amenazas.

Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
Alejandro.
23/02/2004 20:46
En relación a "berebere", sólo decirle que no es ninguna denuncia falsa. Ojalá nunca tenga que pasar por una situación parecida en su vida,no tiene ni idea del daño que hace...Volvería loco a cualquiera.

Gracias a los demás por su ayuda. No sé que haré, pero si sé que estoy totalmente tranquila.