Totalmente correcto lo que señala el compañero jamgpreve. Sólo apuntar que, para el caso de que le vuelvan a hacer estas "ampliaciones", si no está de acuerdo, debe actuar, pues lo contrario supone conformidad. ¿Cómo actuar? Pues bien impugnando la modificación, bien extinguiendo el contrato a razón de 20 días por año de servicio con un tope de 9 mensualidades. Esta actuación es conveniente que la lleve a cabo por medio de abogado, ya que es una actuación sencilla, pero que un error le puede vincular negativamente y hacerle perder dinero. En ningún caso actúe por medio de documentos a rellenar ofrecidos por la empresa ni por la gestoría o asesoría de ésta.
Para vararle la jornada debe usted estar de acuerdo, si lo hacen sin su consentmiento estamos ante una modif. sustancial del arts 41 ET, a lo que usted puede reaccionar con el 41.3 ET, lo que ocurre es que al variar le la jornada y usted en los 20 días ss no hacer nada se entiende que existe acuerdo tácito.
Miren, tengo un contrato indefinido a 10h semanales desde hará 3 años. Pues bien, llevare 2 años seguidos a base de ampliaciones de (20 22 25 30 y ahora de 40h semanales) y cuando me toca el disfrute de mis vacaciones me lo vuelven a bajar a 10h para no pagarmelas, eso se puede hacer? Deberian de aumentarme las horas semanales del contrato?