Un trabajador lleva contratado en una subcontrata desde el 10/10/2016, finalizando su relación laboral el 20/08/2019.
Al día siguiente, 21/08/2018, es contratado por la Contrata siendo despedido por causas objetivas el 20/03/2019.
En la demanda de despido nos reclama la antigüedad de la subcontrata (10/10/2016), a los efectos de la indemnización por despido. ¿Entendéis que debe prosperar judicialmente su petición? ¿La empresa contratista está obligada a asumir la antigüedad de la subcontrata?
No sé si será de interés pero en el contrato de arrendamiento de obra y prestación de servicio, firmado entre la contrata y la subcontrata, hay una clausula que dice: "Entre el personal a las ordenes del subcontratista y el contratista no existe ningún tipo de relación laboral de ninguna naturaleza, sin perjuicio del cumplimiento frente a terceros de las obligaciones establecidas"